La reforma de la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina (BCRA) es una de las prioridades del Gobierno en el Congreso. En el discurso oficial, se presenta que la iniciativa que impedirá al BCRA financiar al Tesoro Nacional, una práctica señalada como la principal causa de la inflación en períodos anteriores. Sin embargo, un informe privado alertó que el articulado de la iniciativa plantea la posibilidad de utilizar las reservas internacionales como garantías para endeudarse.
El reporte de la consultora PxQ sostiene que el Gobierno introduce cambios legales que permitirían al Central emplear sus reservas como garantía para tomar deuda en el mercado internacional, incluso si el fisco no accede por sí mismo a ese financiamiento. Una posibilidad que resulta interesante ante la suba que tuvo el riesgo país que en las últimas horas superó los 500 puntos básicos.
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Ante un indicador que dejó de caer en las últimas semanas, impactado por el acercamiento de las elecciones, la caída en la imagen del oficialismo y factores de inestabilidad externa, el análisis citado anticipó que el Gobierno probablemente no contará con las condiciones necesarias para acceder al mercado internacional en los próximos meses.
A la vez, el informe señaló que la reforma de la Carta Orgánica de la autoridad monetaria cuenta con un “Caballo de Troya”. En concreto, señaló que el proyecto incluye un mecanismo que habilita al organismo presidido por Santiago Bausili a buscar dólares en mercados internacionales utilizando las reservas brutas como respaldo.
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Según PxQ, el BCRA ya recurrió a mecanismos similares: en primer lugar, a través de los BOPREALes, los bonos para regularizar la deuda comercial con importadores, y luego usando reservas de oro para garantizar parte de los REPOs, préstamos financieros en los que se presenta un título como garantía a cambio de fondos frescos.
Reservas como garantías
“Los bienes que integran las reservas son inembargables. El Banco podrá mantener una parte de sus activos externos en depósitos u otras operaciones a interés, en instituciones bancarias del exterior, en oro, en activos financieros líquidos, o en papeles de reconocida solvencia y liquidez pagaderos en oro o en moneda extranjera, pudiendo utilizarlos como garantía en operaciones propias de banca central”, definieron en el articulo 12 del proyecto en reemplazo del 33 de la carta orgánica.
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PxQ señaló que la declaración de inembargabilidad de las reservas en una ley local resulta llamativa, ya que los intentos de embargo siempre ocurrieron en jurisdicciones extranjeras. El informe interpretó que la disposición podría estar destinada a brindar cobertura legal a operaciones que requieran emplear reservas como garantías en instrumentos de crédito, como REPOs o swaps de monedas, de acuerdo a antecedentes recientes que involucraron la movilización del oro.
Ante la consulta de Infobae tanto a fuentes oficiales del Ministerio de Economía como del Banco Central respecto a los fines de este artículo de la reforma no realizaron ningún tipo de comentario al cierre de esta nota.
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En el equipo económico plantean la salida al mercado internacional como un opción y no una obligación. En el programa financiero 2026-2027 que presentó el ministro de Economía, Luis Caputo, no se contempló el ingreso de dólares por esta vía para cubrir los vencimientos en moneda extranjera, pero en el mercado persisten dudas entre los analistas sobre las fuentes señaladas, especialmente en lo que respecta a los USD 5.000 millones que el Gobierno planea obtener en el mercado de capitales local durante el próximo año electoral.

Beneficios a cambio
Por otra parte, los economistas de PxQ también resaltaron la modificación que introduce el artículo 16 del proyecto de reforma del estatuto del BCRA, que sustituye el artículo 41. El nuevo texto exime a las utilidades del Central del Impuesto a las Ganancias y otorga a sus bienes y operaciones el mismo tratamiento impositivo que los del Gobierno nacional. Además, excluye a la autoridad monetaria del alcance del artículo 5° de la Ley 22.016 en cuanto a contratos financieros internacionales.
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Dicha normativa prohíbe que los entes estatales asuman impuestos de la contraparte en contratos, práctica conocida como grossing up. Esa restricción impide, por ejemplo, que el Tesoro Nacional incluya en el precio de una licitación pública el importe de los impuestos nacionales que deba pagar una compañía contratada. Trasladado al BCRA, y los fines de poner un caso práctico, la exclusión de esta restricción podría facilitar la importación de billetes en línea con el objetivo de cerrar la Casa de Moneda, permitiendo compensar a exportadores de billetes por impuestos o aranceles aduaneros.
Más allá de ese caso puntual, PxQ enfatizó que las cláusulas de grossing-up resultan habituales en contratos de REPOs o swaps, instrumentos que la entidad monetaria utilizó desde el inicio del actual gobierno. Con la nueva disposición, el BCRA podría garantizar a los bancos que financian los REPOs que, si el fisco introduce un impuesto sobre una transacción financiera, compensará al acreedor externo por ese mayor costo fiscal.
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El proyecto de reforma incluye un cambio adicional en el anteúltimo artículo, que deroga el artículo 61 de la Ley 24.156. Este obligaba al Banco Central a emitir opinión sobre el impacto en la balanza de pagos de cualquier operación de crédito público que origine deuda externa. La derogación exime al Central de esa obligación, incluyendo las emisiones de deuda pública externa propias.
En PxQ sostuvieron que la combinación de estos cambios legales configura un esquema que permite al BCRA apalancarse en los mercados internacionales y reforzar su liquidez externa, incluso si el Gobierno sigue sin acceso a los mercados internacionales.
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