
El ministro de Economía, Luis Caputo, confía que el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL) ayudará a impulsar la reactivación y dar paso a “los mejores 18 meses” para la economía. El esquema ofrece a las empresas la posibilidad de sumar trabajadores con un ahorro significativo en los aportes patronales, lo que representa un incentivo financiero directo. Sin embargo, especialistas advierten que la selección del personal bajo este régimen exige un cumplimiento riguroso de los requisitos establecidos. En caso de no respetar estas condiciones, las empresas pueden quedar excluidas del beneficio y enfrentar duras penalidades.
“Cuando vos entrás en un periodo bueno, esa bonanza se empieza a retroalimentar. Inocencia fiscal empieza a prender más, la ley de modernización laboral empieza a prender más, los empresarios se animan a contratar gente porque ahora saben cuánto les sale un despido, porque además en vez de pagar 18 puntos de carga pagan solo dos, porque además van a tener un fondo que les permita pagar eventualmente algún despido”, expresó Caputo en una entrevista con LN+.
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El Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL) establece una reducción de hasta el 75% en las contribuciones patronales para nuevos puestos de trabajo creados bajo sus condiciones. Esta medida, detallada en el informe del estudio PMP - Contabilidad & Consultoría, apunta a modificar la estructura de costos fijos de las empresas, ofreciendo un mecanismo optativo que permite incorporar personal con una exención de cargas sociales durante 48 meses.
El esquema define que las empresas que se sumen pueden acceder a un piso fijo del 2% en las alícuotas de contribuciones patronales, en comparación con los porcentajes tradicionales. Así, una Pequeña y Mediana Empresa (PyME) reduce su aporte del 18% al 5% nominal, mientras que una empresa de mayor tamaño baja del 20,4% al 5%. Estos porcentajes representan un alivio del 72,2% para PyMEs y de 75,5% para grandes empresas, según el análisis de PMP - Contabilidad & Consultoría. Para los sectores que demandan mano de obra intensiva, esta diferencia se traduce en una mejora competitiva relevante.
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El informe de PMP - Contabilidad & Consultoría calcula que, para un salario bruto promedio de $2.000.000 —valor estimado sobre convenios de Comercio y la Unión Obrera Metalúrgica (UOM)—, la implementación del beneficio significa para una PyME un ahorro mensual de $260.000 por cada nuevo trabajador. A lo largo de un año, la economía de costos asciende a $3.380.000 por empleado. En una proyección de diez incorporaciones, el ahorro anual ronda los $34 millones. Si la empresa sostiene este esquema durante los cuatro años de vigencia máxima del beneficio, la suma proyectada puede alcanzar los $135,2 millones para PyMEs y $160 millones en el caso de grandes empresas.
El CEO de PMP - Contabilidad & Consultoría, Juan Pablo Perojo, señaló que el régimen solo permite las altas nuevas que se concreten hasta el 30 de abril de 2027. Esta limitación temporal obliga a las empresas interesadas a planificar sus contrataciones con especial atención al plazo estipulado por la norma.
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El peligro de las condiciones
Hay que tener ciertas precauciones porque para que un trabajador sea considerado empleable bajo el RIFL, debe cumplir al menos una de las siguientes condiciones: no registrar relaciones laborales declaradas al 10 de diciembre de 2025, acreditar desempleo total durante los seis meses previos a la contratación, provenir de empleo en el sector público —nacional, provincial o municipal—, o estar inscripto en el Monotributo bajo parámetros específicos.

En ese sentido, el especialista explica que el proceso de verificación de estos requisitos todavía genera dudas en la reglamentación. Perojo recomienda a los empleadores constatar la situación del postulante a través del CUIL y solicitar una Declaración Jurada al momento de la incorporación. “Es más que necesaria esta aclaración puesto que hay un riesgo oculto que muchos ignoran”, advirtió el CEO de la consultora. “Ante incumplimiento, o en caso de que el trabajador haya omitido información, el perjuicio lo tendrá el empleador y el costo puede ser muy alto puesto que deberá abonar contribuciones adeudadas con más intereses y multas”.
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El informe de PMP - Contabilidad & Consultoría enumera, además, una serie de restricciones. Queda prohibida la sustitución de personal activo por beneficiarios del régimen, así como la reincorporación de trabajadores despedidos por la misma empresa dentro de los doce meses previos. Para nuevos empleadores que inicien actividades después del 10 de diciembre de 2025, el régimen establece que solo podrán afectar hasta el 80% de su nómina total bajo el esquema de incentivos. También quedan excluidas del beneficio las empresas que figuren en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).
La promoción que hace Caputo a que los empresarios hagan uso del RIFL se da en medio de un estabilización del desempleo, pero con un crecimiento de la informalidad. La semana pasada, el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) dio a conocer que en el primer semestre del año, el desempleo se ubicó en 7,8% (caída de 0,1 puntos porcentuales respecto 2025), pero con un crecimiento de la informalidad del 42% a 44,2% en el último año.
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Es que el modelo del ministro de recorte de gasto público para lograr el superávit fiscal, ya encontró su limite en palabras del propio Caputo. Y para poder seguir manteniéndolo necesita mayores ingresos vía formalización laboral -con herramientas como el RIFL- como de ahorros que se encuentran fuera del sistema -con la Ley de Inocencia Fiscal-.
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