A través de la publicación de la Resolución 6/2025 en el Boletín Oficial, la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social oficializó la convocatoria a una nueva sesión plenaria del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil para el próximo 26 de noviembre.
Desde el organismo establecieron que la reunión se realizará de manera virtual a partir de las 12:30 horas, con una segunda convocatoria prevista para las 14:00 horas del mismo día.
Este órgano tripartito se encarga de fijar el salario mínimo, vital y móvil en la Argentina, así como de determinar los montos de las prestaciones por desempleo. Su integración contempla 16 representantes de los empleadores y 16 de los trabajadores, todos designados ad honorem por el Poder Ejecutivo, además de un presidente designado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, actualmente absorbido por el Ministerio de Capital Humano.
La resolución detalla que la sesión plenaria tendrá como orden del día la designación de dos consejeros presentes de cada sector para la suscripción del acta y la consideración de los temas elevados por la Comisión del Salario Mínimo, Vital y Móvil y Prestaciones por Desempleo.
Esta comisión, a su vez, fue convocada a reunirse el mismo 26 de noviembre a las 10:00 horas, también de manera virtual, con el objetivo de abordar dos puntos centrales: la determinación del salario mínimo, vital y móvil, y la fijación de los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo.
La importancia de la convocatoria radica en que el Consejo es el ámbito institucional donde se negocia y define el piso salarial legal para todos los trabajadores registrados del país, así como los parámetros de las prestaciones por desempleo. Las decisiones que surgen de estas sesiones impactan de manera directa en millones de trabajadores y en la dinámica de las negociaciones colectivas.
El procedimiento establecido prevé que, en caso de no lograrse quórum en la primera convocatoria, la sesión podrá realizarse en segunda convocatoria a las 14:00 horas del mismo día.
Desde el mes de agosto, el monto mensual permanece en $322.200 para quienes cumplen una jornada completa de 48 horas semanales, mientras que el valor por hora para trabajadores jornalizados es de $1.610.
El SMVM no solo determina el ingreso mínimo de los trabajadores formales, sino que también constituye la referencia fundamental para el cálculo de diversas prestaciones sociales y universales gestionadas por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
Además, este martes se publicó la Resolución 2/2025 en el Boletín Oficial, donde se comunicó que la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares convocó a sus integrantes a una sesión plenaria ordinaria que se celebrará el 7 de noviembre a las 10:30 en la sede de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social del Ministerio de Capital Humano.
El eje central de la reunión será el análisis de la evolución de las remuneraciones mínimas para los trabajadores de casas particulares comprendidos en el régimen especial establecido por la Ley 26.844, que regula las condiciones laborales del personal doméstico en la Argentina y otorga a la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares la facultad de fijar los salarios mínimos del sector.
Se contempla la posibilidad de que la sesión se desarrolle de manera virtual si así lo requieren las circunstancias o lo solicitan los participantes.
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