
El Sindicato de Camioneros y las cámaras empresarias del sector sellaron días atrás un nuevo acuerdo paritario que definió los salarios vigentes a partir de junio de 2025. La actualización salarial se convirtió en un dato clave para entender el impacto real en los ingresos de los trabajadores, en un contexto marcado por la desaceleración inflacionaria y la presión del gobierno por contener demandas sectoriales.
El entendimiento entre el gremio liderado por Pablo Moyano y las entidades empresariales del transporte se firmó el 17 de junio. El convenio contempla un incremento de 1% mensual más una suma fija de $45.000 no remunerativa en junio, que en julio se hacen remunerativos $39.594. Eso da un aumento acumulado entre mayo y agosto del 8,5%, según cálculos del sector empresario. Como sucedió en otros acuerdos, el aumento final está lejos de ser el pretendido por el Gobierno.
Según detalla el acta de acuerdo, el salario de un trabajador del rubro camionero en junio varía en función de la categoría laboral en la que se encuentra registrado. El convenio colectivo 40/89, que regula la actividad, establece más de veinte categorías con remuneraciones diferenciadas.
Cuánto cobrará este mes cada trabajador, según categoría
De acuerdo con las planillas que envió el sector empresario a la cartera laboral, los sueldos netos medios -descontadas ya las cargas sociales- de las distintas categorías serán las siguientes:
- Chofer de la 1° categoría trabajo local: de un salario en mano que en mayo era de $1.453.521,32, este mes (que se cobrará los primeros días de julio) pasará a ser de $1.513.056,53. El aumento, en este caso, es de 4%. Se incluye el 1% del mes más los $45.000 fijos no remunerativos. En julio, el sueldo neto subirá a $1.561.455,73 (3% de aumento sobre el mes anterior, ya que es acumulativo) y en agosto se irá a $1.577.070,79 (1%). El monto fijo en julio baja a $39.594 al hacerse remunerativo.
- Chofer de la 1° categoría trabajo larga distancia: de un salario en mano que en mayo era de $2.630.460,20, en junio se irá a $2.764.656,87; en julio, a $2.825.791,37, y en agosto, a $2.854.049,34.
- Chofer de la 1° categoría trabajo local mercancías peligrosas: de un sueldo neto en mayo de $1.478.157,27, en junio subirá a $1.537.938,84; en julio, $1.587921,08, y en agosto, $1.603.800,81.
- Peón reparto: Es un ayudante del chofer cuando se realizan tareas de reparto. De un salario en mano en mayo de $1.345.564,32, en junio subirá a $1.404.019,96; en julio, a $1.445.482,37; y en agosto, a $1.459.937,70.

Estos cálculos fueron hechos por el sector empresario sobre los sueldos medios vigentes de cada categoría. El salario se compone de un básico, que en el caso de un chofer de 1° categoría trabajo local en mayo era, en términos brutos, de $731.097,15, y de muchos adicionales. El convenio contempla pagos específicos por antigüedad, presentismo y asistencia, horas extras y viáticos, que varían según el tipo de tarea y la distancia recorrida. La mayor parte del salario del sector del transporte se compone de adicionales, que varían de acuerdo a la categoría.
En junio, el total de trabajadores comprendidos en el convenio 40/89 superó los 200.000 empleados. Este universo incluye no solo a choferes, sino también a personal de logística, carga, descarga, mantenimiento y funciones administrativas específicas del sector transporte.
Resistencia empresaria
En cuanto a las empresas, las cámaras que participaron de las negociaciones aceptaron el acuerdo, pero advierten que algunas pequeñas firmas podrían enfrentar dificultades para cumplir con los nuevos valores salariales si persisten las condiciones de baja actividad.
“Las empresas no están pudiendo pagar ese 8%. Hay mucho malestar entre los empresarios porque no lo están pudiendo pagar; hay muchos rubros bajos de actividad y en una empresa de transporte, el costo laboral es 30% del costo total”, dijo una fuente del sector.
El acuerdo no incorporó cláusulas de revisión automática, aunque se acordó volver a discutir los salarios en agosto de 2025. Esta revisión buscará adecuar los montos vigentes a la evolución de la inflación acumulada en el tercer trimestre del año.
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