Luego del análisis de los organismos internacionales, la ANAC —Administración Nacional de Aviación Civil— realizó una serie de modificaciones en las regulaciones de aviación para alinearse con los estándares establecidos a nivel mundial.
De esta manera, los cambio se hicieron efectivos mediante la Resolución 46/2025, en la que se establecen diversas enmiendas en las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC) con el fin de cumplir con los requisitos establecidos por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).
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Esta decisión se da luego de que el Gobierno publicara en octubre pasado una serie de modificaciones al Código Aeronáutico para evitar descender de categoría en materia de seguridad aérea, motivo por el cual Cordero había sudo designada interventora. En 2022, la OACI había realizado una auditoria para evaluar el nivel de cumplimiento efectivo del Estado Argentino de las normas y procedimientos establecidos por ese organismo internacional. En ese entonces, los resultados habían arrojado un 60,7% de cumplimiento por parte de la ANAC, “cuando el promedio regional es mucho mayor”.
El texto recientemente publicado establece plazos y procedimientos específicos para la adecuación de aeronaves y operadores a los nuevos requisitos técnicos y operativos.
Entre las principales modificaciones se encuentra la incorporación de las enmiendas 49, 41 y 25 al Anexo 6 del Convenio de Chicago, relacionadas con las definiciones generales, las reglas de operación y los requerimientos técnicos. Estas enmiendas impactan directamente en las operaciones regulares e irregulares, tanto internas como internacionales, reguladas en las Partes 91, 121 y 135 de las RAAC. Además, se adecuarán las normas locales sobre equipamiento mínimo, reglas de vuelo sobre altamar, cantidad de tripulantes mínimos exigidos y los sistemas de alerta de tránsito y colisión (TCAS/ACAS), garantizando un mayor nivel de conectividad y eficiencia en el sector.
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La resolución destaca la necesidad de implementar la versión 7.1 del TCAS/ACAS, una actualización largamente postergada que debía haberse adoptado desde 2017 para cumplir con los estándares internacionales. Actualmente, las aeronaves que operan bajo normativa argentina utilizan la versión 7.0, basada en tecnología de más de 20 años de antigüedad.
Durante la visita de la Administración Federal de Aviación de los Estados Unidos (FAA), señalaron que la última inspección realizada en el mes de abril del 2024, había “identificando ‘82 hallazgos’ a corregir, principalmente en lo referente a aeronavegabilidad, operaciones y licencias”.
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En este sentido, la ANAC otorgó un plazo de 60 días hábiles para que las empresas presenten un plan de implementación progresivo, detallando el cronograma y las medidas operativas para actualizar sus sistemas al estándar requerido. Las compañías que incumplan con esta disposición enfrentarán medidas disciplinarias, incluyendo la desafectación de aeronaves que no cumplan con la normativa.
La resolución también establece modificaciones en los ensayos de validación y demostración en vuelo para aeronaves de transporte aéreo no regular. Estas flexibilizaciones buscan reducir las horas de vuelo exigidas en casos de bajo riesgo operativo, con el objetivo de no penalizar a los operadores y fomentar el desarrollo de la industria aerocomercial.
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Por otro lado, se aprobaron cambios en los requisitos sobre equipamiento prolongado sobre agua, que buscan garantizar la seguridad en operaciones internacionales y al mismo tiempo evitar exenciones innecesarias que puedan generar inequidades entre los explotadores nacionales.
Otro de los aspectos clave es la implementación de la Lista de Equipo Mínimo (MEL) para los explotadores aéreos, con el fin de garantizar que las aeronaves cuenten con el equipamiento básico necesario para operar con seguridad.
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En cuanto a las operaciones regulares, se introdujeron ajustes en los requisitos sobre la cantidad mínima de tripulantes de cabina, buscando garantizar un equilibrio entre las necesidades operativas y la seguridad de los pasajeros. Estos cambios también están en línea con los Reglamentos Aeronáuticos Latinoamericanos (LAR), promoviendo una mayor armonización normativa en la región.
La resolución abarca tanto a las empresas certificadas como a aquellas en proceso de certificación.

Dentro del paquete de reformas que implementó en las últimas horas el Gobierno en materia de aviación, se estableció que la Dirección de Licencias al Personal (DLP) de la ANAC utilice plataformas digitales alternativas al programa “TCexam” para evaluar a los postulantes a Certificados de Idoneidad Aeronáutica, siempre que cumplan con los estándares tecnológicos actuales y demuestren eficiencia en la evaluación teórica.
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Para esto, los Departamentos de Control Educativo (DCE) y Registro de Licencias (DRL) deberán gestionar la implementación de los nuevos sistemas y notificar a los aspirantes sobre los procedimientos.
Por su parte, el Departamento Normativa Aeronáutica deberá garantizar la inclusión de esta resolución en los registros normativos y su difusión a través de medios institucionales.
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Dicha resolución, bajo el N° 44/2025, busca modernizar los procesos de evaluación aeronáutica, garantizando mayor eficacia y adaptabilidad tecnológica.
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