
La empresa Agua y Saneamientos Argentinos (AYSA) inició un plan de acción que incluye la restricción o el corte del suministro de agua para usuarios que registran atrasos en el pago de sus facturas. Según datos proporcionados por la compañía, la medida afecta a 700.000 usuarios en mora, entre los cuales se incluyen hogares, industrias y comercios.
Estas acciones se enmarcan dentro de la normativa vigente, que hasta la gestión anterior no se aplicaba de manera rigurosa, y forman parte del objetivo de “normalizar” el funcionamiento de la empresa bajo criterios de gestión empresarial similares a los de una compañía privada.
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Desde AYSA explicaron que la morosidad actual se encuentra en un 16%. Para mitigar la situación, se han implementado programas de regularización de deudas con opciones de pago en cuotas e indultos en intereses acumulados, junto a un aumento tarifario que cuadruplicó el costo del servicio durante el año.
Notificaciones previas y contexto económico
Los usuarios con facturas impagas reciben notificaciones por correo postal y electrónico antes de que se apliquen medidas de restricción o corte. En el caso de usuarios residenciales, el servicio no puede interrumpirse completamente, pero se utiliza un precinto que limita el consumo al mínimo permitido, lo que se conoce como restricción. Para usuarios no residenciales, como comercios e industrias, puede procederse al corte total del suministro.
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El aumento acumulado de las tarifas de agua potable en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) alcanzó un 305% interanual, según un informe del Observatorio de Tarifas y Subsidios de la UBA y el Conicet. Este incremento complicó el acceso al servicio básico, especialmente en un contexto donde una familia tipo necesitó en noviembre $134.173 para cubrir servicios esenciales sin subsidios.

A pesar de las dificultades económicas, la gestión actual de AYSA optó por endurecer las políticas de cobro. Desde la empresa señalaron que, hasta el cambio de directiva, no se implementaban acciones de restricción o corte previstas en la normativa.
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Fundamentos legales para la restricción y el corte del servicio
La Ley 26.221, en su artículo 81, establece que la concesionaria del servicio está facultada para proceder a la restricción o el corte de los servicios por atrasos en el pago, siempre que se cumplan ciertos requisitos.
En el caso de usuarios residenciales, la restricción se aplica luego de dos períodos consecutivos de facturación impagos, y tras el envío de una intimación de pago con al menos 15 días de anticipación. La medida consiste en garantizar un caudal mínimo de agua según lo determine la autoridad reguladora, empleando la tecnología que la concesionaria considere adecuada.
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Por otro lado, los usuarios no residenciales pueden enfrentar el corte total del suministro si también incumplen con el pago de dos períodos consecutivos. En este caso, la empresa debe emitir una intimación con al menos 10 días de anticipación.
Tanto la restricción como el corte se anulan una vez que el usuario regulariza su situación, incluyendo el pago de montos adeudados, costos de notificación y cargos por reconexión, en un plazo que no debe exceder las 48 horas.
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Si bien la normativa permite estas acciones, incluye salvaguardas específicas para instituciones sensibles, como hospitales, sanatorios y cárceles. En estos casos, AYSA no puede proceder a la restricción ni al corte del servicio sin antes agotar instancias alternativas de cobro y obtener autorización del ente regulador.
Además, la concesionaria no puede aplicar estas medidas si existe un acuerdo vigente sobre el pago de la deuda entre el usuario y la empresa o si se emite una orden contraria por parte de las autoridades.
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Desde AYSA destacaron que estas acciones de cobranza se aplican como último recurso, luego de agotar todos los mecanismos previos para regularizar la deuda.
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