
La “Fe de vida” fue oficialmente eliminada por ley y a partir de ahora las entidades bancarias tendrán libertad para elegir la modalidad de verificar la supervivencia de los beneficiarios, pero “en ningún caso podrán requerir trámites adicionales a cargo del jubilado y/o apoderado de la prestación, más allá de las verificaciones realizadas al momento del cobro presencial que eventualmente se realice”.
La nueva normativa, que fue aprobada casi por unanimidad en la Cámara de Diputados y modifica la ley 26.704, determina la eliminación del trámite de actualización de “Fe de Vida” que deben presentar jubilados y pensionados que integran el Sistema Integrado Previsional Argentino y de Pensiones No Contributivas para el cobro de sus haberes mensuales.
El proyecto había recibido media sanción por parte del Senado el pasado 13 de abril, pero la semana pasada fue convertido en ley por Diputados.
Qué dice la nueva reglamentación
La fe de vida era un trámite que los jubilados debían realizar periódicamente para que Anses certificara su supervivencia. De los aproximadamente 7,3 millones de pasivos del sistema previsional, más de 3,2 millones ya estaban exentos de realizar el trámite debido a acuerdos realizados entre el Estado y algunas entidades bancarias, en su mayoría, del sector público.
En el marco de la pandemia de Covid-19, el trámite había sido suspendido para todo el universo de beneficiarios. La medida fue prorrogada por varios meses, hasta el 17 de febrero de 2022. En septiembre de 2020, el Gobierno Nacional puso a modo de prueba la plataforma federal del Certificado Digital de Hechos Vitales (CDHV) para que los jubilados no debieran movilizarse más para obtener la Fe de Vida, y que los recién nacidos obtuvieran sus certificados de nacimiento de manera simplificada.
Luego, con el correr de los meses, los bancos fueron adoptando diferentes mecanismos alternativos para verificar la supervivencia de los jubilados y simplificar los trámites, tal como lo sugirieron desde Anses y desde el Banco Central. Esas metodologías son las que permanecerán vigentes a partir de ahora.
Entre las formas más comunes de confirmar la supervivencia, se encuentra la posibilidad de realizar una compra mensual con tarjeta de débito o crédito del jubilado o pensionado con aplicaciones móviles. En el caso de que el jubilado o pensionado lo desee, también puede hacerlo en forma presencial.
Según detalla la Anses, las formas más utilizadas para los residentes en Argentina en la actualidad son:
- Hacer una compra con la tarjeta de débito o crédito asociada a la cuenta bancaria de la seguridad social.
- Realizar trámites en cajeros automáticos usando huella digital.
- Poner la huella digital en los tótems de Anses que están en las sucursales bancarias.
- A través de una Terminal de Autoconsulta biométrica ubicada en las Oficinas de Anses, en caso de que el beneficiario tenga que concurrir para realizar otro trámite.
Cuándo cobran los jubilados
Los jubilados y pensionados que perciben un haber mínimo cobrarán sus jubilaciones de julio a partir del próximo lunes. Como todos los meses, los pagos se realizarán en diferentes fechas dependiendo la terminación del DNI. En este caso, las fechas determinadas por Anses son las siguientes:
- DNI terminados en 0: 10 de julio
- DNI terminados en 1: 11 de julio
- DNI terminados en 2: 12 de julio
- DNI terminados en 3: 13 de julio
- DNI terminados en 4: 14 de julio
- DNI terminados en 5: 17 de julio
- DNI terminados en 6: 18 de julio
- DNI terminados en 7: 19 de julio
- DNI terminados en 8: 20 de julio
- DNI terminados en 9: 21 de junio
Por su parte, las jubilaciones y pensiones que superen un haber mínimo se cobrarán de la siguiente manera:
- DNI terminados en 0 y 1: 24 de julio
- DNI terminados en 2 y 3: 25 de julio
- DNI terminados en 4 y 5: 26 de julio
- DNI terminados en 6 y 7: 27 de julio
- DNI terminados en 8 y 9: 28 de julio
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