Cuál es el impuesto a pagar por vender productos online que irrita tanto a usuarios como al dueño de Mercado Libre

Los vendedores no habituales de productos usados están alcanzados por la regulación de la AFIP, lo que motivó al fundador de la plataforma digital a cuestionar la legalidad de la aplicación de la norma

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Las compras online seguras facilitan las transacciones de los usuarios y empresas.
Controversia en Twitter debido al IVA sobre la venta de bienes usados

Un posteo en la red social Twitter de un usuario de Mercado Libre que se volvió viral, en parte debido a la respuesta que recibió por parte del propio fundador de la plataforma de compraventa, Marcos Galperín, contribuyó a alertar a toda la “comunidad digital” sobre los impuestos que deben pagar individuos que deciden vender productos personales, incluso usados, a través de la herramienta.

La advertencia llega tras la sumatoria de regulaciones que alcanzan al comercio electrónico bajo el argumento de equiparar las condiciones con los comercios de venta de física, dada la penetración creciente de la modalidad digital de comercialización.

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En este caso, se trata del denominado “percepción IVA Usados”, que fue reglamentada por la Resolución General de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) número 3411/2912, que puede representar entre el 1% y el 21% del precio de venta, dependiendo de la situación fiscal del vendedor.

Pero lo cierto es que la imposición de impuestos a la venta de productos usados (por un único dueño) irrita tanto a los usuarios como a la empresa que actúa de agente de retención y, por supuesto, a su dueño Marcos Galperín.

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El reconocido empresario respondió a la queja por la retención de $23.400 en concepto de “IVA Bienes Usados” luego de concretar la venta de una bicicleta por $130.000 a través del portal online de compra y venta.

Capturas MELI
El detalle que compartió un usuario en donde se ve que le cobrarían más de $23.000 por la venta de una bici usada. (Twitter)

¿Cuál fue el tuit que hizo responder a Galperín? El usuario que se quejó en Twitter es Ignacio Carballo, un economista experto en fintech, que publicó en Mercado Libre una bicicleta de la cual quería desprenderse sin saber que el Estado le cobraría un impuesto a los bienes usados.

“Jajajajajja quiero vender una Bici Vairo XR 4.0, modelo viejito y demás, rematada por Mercado Libre. Valor de Mercado $180k: digo ‘La pongo barata para que la compren rápido’, resulta que me sacan $23.400 de impuestos ”, dijo Carballo en su tuit y concluyó: “Que locura... por vender un objeto usado. Inviable”.

Capturas MELI
El tuit que generó la respuesta de Galperín

El tuit ganó repercusión luego de que el propio Galperín le responda diciendo que “la única plataforma que es obligada a retener este impuesto es Mercado Libre, cuando hay ventas de productos usados en plataformas sociales nadie retiene nada”.

Y luego se preguntó: “A todo esto, es legal cobrar un impuesto a un vendedor no habitual de un producto usado?”.

Consultadas por Infobae, fuentes de Mercado Libre dijeron que “hoy la norma 3411/2012 obliga a MELI como agente de percepción a cobrar IVA por la venta de bienes usados no registrables, a través de plataformas virtuales. Las alícuotas van del 1% al 21% sobre el precio publicado, dependiendo la condición fiscal del usuario vendedor”.

Capturas MELI
La respuesta de Marcos Galperín. (Twitter)

¿Cómo saber cuánto habrá que pagar en condición de IVA Usados?

El mismo usuario que compartió su historia en la red social del pajarito, detalló que existe una herramienta en Mercado Libre llamada “Simulador de costos”, que sirve para calcular los valores de cada publicación para conocer el estimado de cuánto se recibirá por determinada venta.

“Una herramienta muy buena que te permite calcular esos impuestos”, dijo Carballo y detalló que en su caso, el único impuesto que le figuraba fue el del Régimen Especial IVA Usados, por un 18% del total del precio de venta.

¿Qué dice la normativa?

La norma establece que quienes tienen que pagar este impuesto IVA para bienes usados son:

1. Monotributistas: siempre que excedan los parámetros del monotributo (monto por precio unitario de $85.627 y/o monto total anual facturado de 8.040.721 pesos.

2. Consumidores finales/personas no categorizadas

3. Responsables inscriptos: para todas las operaciones.

Vale la pena recordar que a partir del 1º de abril, la Resolución General 5319/2023 incorporará nuevos agentes de percepción además de Mercado Libre, haciendo que las condiciones sean más equitativas para todas las plataformas de e-commerce.

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