
La justicia platense avaló este miércoles la multa que el Gobierno bonaerense le aplicó a la empresa de delivery Rappi por más de $16 millones, por tener relaciones laborales encubiertas e irregularidades en la contratación de su personal, al rechazar un recurso interpuesto por la multinacional de origen colombiana, según informó una fuente judicial. La medida fue adoptada por el Tribunal de Trabajo Nº 2 del Departamento Judicial La Plata que integran los jueces Juan Ignacio Orsini, Julio César Elorriaga y Carlos Mariano Núñez.
Según las actas labradas el año pasado por la cartera de Trabajo, la empresa incumplió diversas normas laborales en la relación de empleo con sus repartidores, entre las que se encontraban la no exhibición de recibos de pagos de haberes y de afiliación a la ART.
En el fallo, los jueces desestimaron el planteo de incompetencia territorial introducido por la empresa y rechazaron la petición tendiente a declarar la inconstitucionalidad de la norma que impone el pago previo de la multa aplicada.

La respuesta de la empresa
Rappi Argentina emitió hoy un comunicado en el que afirmó haber tomado conocimiento de la resolución de la Justicia platense y en el que remarcó: “Desde Rappi rechazamos y recurriremos la resolución ante las autoridades correspondientes”.
En ese marco, la firma alegó que la Ley de Contrato de Trabajo 20.744, que data de 1974, “no contempla las particularidades de las nuevas actividades económicas que en la gran mayoría de los países a nivel mundial hoy son posibles y funcionan gracias a la tecnología”.
Agregó que “todos los repartidores que se conectan a través de la aplicación realizan su actividad de forma independiente y como tal, eligen con total libertad en qué momento conectarse, donde hacerlo y la cantidad de pedidos que desean entregar”.
Asimismo, indicó que “el 86% de los repartidores cuentan con una fuente de ingresos adicional y/o utiliza Rappi como una actividad temporaria, y en promedio un repartidor se conecta 20 horas o menos por semana a la aplicación”.
Según la empresa, al ser independientes, pueden aceptar o rechazar pedidos sin ningún tipo de restricción o sanción y, al conectarse, cuentan automáticamente con un seguro gratuito, que les ofrece cobertura en caso de tener un accidente.
Por último, destacó: “Como desde el inicio de nuestras operaciones en Argentina, estamos abiertos al diálogo y a disposición de las autoridades para trabajar mancomunadamente. Destacamos la necesidad de avanzar en regulaciones modernas que contemplen la actividad para no limitar la libertad de las personas que generan ingresos extras en su tiempo libre, el cual en contextos delicados como los que atraviesa el país se vuelven fundamentales para el sostenimiento de la economía de más de 23.000 de familias argentinas”.
El caso de la empresa Glovo
Una decisión similar a la que afecta a Rappi adoptó a principio de mes el Tribunal del Trabajo N°4 de La Plata que confirmó la multa de $6.318.000 contra la empresa Glovo por infracciones cometidas en 2020 y constatadas por el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires. La sanciones, habían sido labradas en diversos procedimientos llevados a cabo en las ciudades de La Plata, Quilmes, Martínez, Vicente López, San Isidro, Avellaneda, Lanús, Ramos Mejía, Lomas de Zamora y Banfield.
Según las actas de la cartera laboral, avaladas por la justicia, Kadabra SAS, bajo el nombre de fantasía o marca Glovo y mediante el uso de una plataforma digital “resulta ser empleadora, en el marco de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), de trabajadores respecto de los cuales no cumple con la normativa específica”.
Cuando fue sancionada Glovo, empresa que abandonó su actividad en el país en septiembre de 2020, la ministra de Trabajo bonaerense, Mara Ruiz Malec explicó que “se descubrió que las personas no tienen libertad de hacer o no los pedidos, si no los hacen tienen consecuencias en la asignación de nuevos pedidos. Hay una relación de dependencia, entonces deben estar registrados”.
La funcionaria dijo en esa oportunidad que detectaron desde la cartera que “el 90% trabaja más de siete horas y la mitad, más de nueve horas y, además, la mayoría trabaja los siete días de la semana”.
Con información de Telam
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