
El Gobierno prevé reglamentar en las próximas horas los cambios en el impuesto a las Ganancias y habilitar así la devolución de los montos cobrados desde enero a empleados que quedarán ahora excluidos de ese tributo. En ese contexto, y según afirmó el presidente Alberto Fernández, devolverán lo retenido a cerca de 1.270.000 de trabajadores y jubilados en cinco cuotas a partir de julio a quienes cobran menos de 150.000 pesos brutos.
“La reducción del impuesto a las ganancias para las y los trabajadores del sistema privado registrado, hará que cerca de 1.270.000 de trabajadores y jubilados dejen de pagar este impuesto con retroactividad a enero. La devolución de los importes retenidos se hará en cinco cuotas a partir del mes de julio. Esto equivale a un esfuerzo fiscal de más de $40.000 millones”, afirmó el mandatario.
Cabe recordar que la letra chica de las modificaciones en Ganancias estaban pendientes desde el 8 de abril cuando la ley fue sancionada en el Congreso nacional, lo que impedía la implementación de ese medida.
El decreto está en la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia y, entre otros, el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa -quien impulsó el cambio legislativo- está tratando de que se publique cuanto antes. A fines de abril el Gobierno ya había confirmado que ese mecanismo de devolución de las sumas percibidas a sueldos inferiores a los $150.000 no podría implementarse con el pago del sueldo de abril que se cobró en mayo y de esa manera ya había quedado descartada esa posibilidad al menos hasta el salario de mayo a cobrar en junio.
La medida, por la cual un universo estimado de 1.267.000 personas se verá beneficiado, había sido aprobada en el Congreso de la Nación el 8 de abril. De esta forma, los empleados que cobren hasta $150.000 dejarán de pagar Ganancias, y por su parte quienes estén en el rango del mencionado monto y los $173.000 pesos tendrán un alivio fiscal en el cual será la AFIP la que incremente las deducciones para que no existan diferencias sustanciales entre los que deben pagar el impuesto y los que no.
La ley establece que para que un jubilado quede exento de pagar el tributo debe ganar menos de 8 haberes mínimos (equivalentes a $165.000), y no puede tener otros ingresos distintos a los de la jubilación. En ese sentido, si por ejemplo el beneficiario tiene intereses de un plazo fijo, pierde el beneficio.
Asimismo, determinó que la actualización del piso para estar exento de Ganancias se ajustará por el RIPTE (promedio de variación salarial que elabora la de Secretaría de Seguridad Social). En ese sentido, se descartó el reclamo de la oposición para ajustar por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que elabora el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec).
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