Corte habría confirmado la prohibición de las corridas de toros, corralejas, coleo y peleas de gallos en Colombia, según senadora del Pacto Histórico: “El fin de la tortura”

Esmeralda Hernández, senadora del Pacto Histórico, afirmó que la decisión incorpora el concepto de Constitución viviente y reconoce que el entretenimiento no justifica el sufrimiento de los animales

“El fin de la tortura como espectáculo”: Esmeralda Hernández tras decisión de la Corte - crédito @EsmeHernandezSi/X

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La prohibición de las corridas de toros en Colombia comenzará el 22 de julio de 2027, mientras que las corralejas, el coleo y las peleas de gallos quedarán vetados desde el 4 de septiembre de 2028, de acuerdo con los alcances de la sentencia C-374 de 2025, divulgados por la senadora Esmeralda Hernández.

La congresista del Pacto Histórico, quien promovió la Ley 2385 de 2024 o Ley No Más Olé, celebró la publicación oficial de la decisión de la Corte Constitucional de Colombia.

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A través de su cuenta en X, sostuvo que el fallo respalda la constitucionalidad de la norma y amplía sus efectos a prácticas que inicialmente habían quedado por fuera del texto legislativo.

“El fin de la tortura como espectáculo es un hecho”, afirmó Hernández. La senadora aseguró que el pronunciamiento reconoce un cambio en la comprensión jurídica y social sobre el trato hacia los animales usados en actividades de entretenimiento.

Esmeralda Hernández celebró el fallo que ratificó la Ley No Más Olé en Colombia - crédito @EsmeHernandezSi/X
Esmeralda Hernández celebró el fallo que ratificó la Ley No Más Olé en Colombia - crédito @EsmeHernandezSi/X

Las corridas de toros tendrán una transición hasta julio de 2027

El primer plazo definido por la sentencia corresponde a los espectáculos taurinos. Desde el 22 de julio de 2027 no podrán realizarse corridas de toros en el territorio colombiano, fecha que marca el cierre del período de transición previsto en la Ley No Más Olé.

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Hernández señaló que la medida no elimina todas las referencias culturales vinculadas a la tauromaquia. El fallo conserva manifestaciones que no involucren animales ni impliquen maltrato, como el uso de indumentaria tradicional, la música, el toreo de salón y las representaciones escénicas.

“Mantiene las expresiones artísticas sobre la tauromaquia que no impliquen maltrato”, indicó la senadora. Bajo ese criterio, podrán mantenerse actividades de carácter simbólico o cultural, siempre que no sometan a un animal a lesiones, dolor o muerte.

La determinación busca separar los elementos artísticos de las prácticas que incluyen confrontaciones físicas, heridas o sacrificio. Para la Corte, de acuerdo con la explicación difundida por Hernández, la protección animal debe prevalecer cuando una actividad recreativa causa sufrimiento de forma deliberada.

La congresista del Pacto Histórico Esmeralda Hernández informó que las corridas de toros quedarán prohibidas desde el 22 de julio de 2027 - crédito Colprensa/Jesué Áviles - Infobae Colombia - @EsmeHernandezSi/X
La congresista del Pacto Histórico Esmeralda Hernández informó que las corridas de toros quedarán prohibidas desde el 22 de julio de 2027 - crédito Colprensa/Jesué Áviles - Infobae Colombia - @EsmeHernandezSi/X

Corralejas, coleo y peleas de gallos serán prohibidos en 2028

La prohibición para las corralejas, las competencias de coleo y las peleas de gallos tendrá una entrada en vigencia posterior. Esas prácticas podrán realizarse hasta el 4 de septiembre de 2028, cuando comenzará a aplicarse el veto total.

La diferencia de fechas responde a la necesidad de implementar medidas de transición para los sectores relacionados con estos espectáculos. La congresista afirmó que la Corte consideró necesario incluir las cuatro prácticas para evitar contradicciones con el propósito de transformación cultural que persigue la ley.

“Excluirlas sería incoherente con el objetivo de transformación cultural”, señaló Hernández. Según su interpretación del fallo, la corporación aplicó una integración normativa que equiparó las actividades en las que existe maltrato animal asociado a la diversión pública.

La medida incluye la transformación de plazas, recintos y otros escenarios utilizados para corridas, corralejas, coleo o peleas de gallos. La intención es que esos lugares tengan nuevos usos y dejen de ser espacios destinados a espectáculos con animales.

La congresisita Esmeralda Hernández presenta proyecto de ley para prohibir el uso de jaulas en la industria avícola de Colombia - crédito Esmeralda Hernánez
La senadora Esmeralda Hernández pidió reconversión laboral tras el aval a la Ley No Más Olé - crédito Esmeralda Hernánez

El fallo apeló a la Constitución viviente y al valor de los animales

Hernández destacó que la sentencia aplica el concepto de Constitución viviente, una interpretación que toma en cuenta las transformaciones éticas y sociales ocurridas con el paso del tiempo. En ese proceso, la Corte habría reconocido el valor propio de los animales y la necesidad de reforzar su protección.

La senadora sostuvo que existe un consenso ético contra la imposición de dolor, sufrimiento o muerte a un animal por entretenimiento. “No se puede causar dolor deliberadamente por placer o diversión”, expresó al resumir uno de los fundamentos atribuidos a la decisión judicial.

El fallo, añadió, también relaciona la prohibición con una cultura de paz que incluya la convivencia con otras especies. Esa visión respalda la eliminación gradual de espectáculos arraigados en algunas regiones y defendidos como tradiciones culturales.

La legisladora agradeció las 248 intervenciones presentadas durante el estudio del expediente. Según indicó, universidades, organizaciones nacionales e internacionales, entidades estatales, actores privados y ciudadanos solicitaron que la Corte declarara exequible la Ley No Más Olé.

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