
El Gobierno nacional expidió el Decreto 1488 de 2026, mediante el cual detalla y hace operativa la incorporación de $624.656 millones al Presupuesto General de la Nación (PGN) para la vigencia de 2026.
De acuerdo con el documento que contiene el decreto, firmado este martes, 6 de octubre de 2026, la norma liquida los recursos que previamente habían sido adicionados mediante el Decreto 1412 del 17 de septiembre de 2026, expedido en el contexto de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada “por grave calamidad pública en parte del territorio nacional”.
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De acuerdo con el texto, la totalidad de los recursos provendrá de crédito externo. Es decir, se trata de financiamiento obtenido mediante endeudamiento con fuentes internacionales, y no de recaudo tributario u otros ingresos corrientes de la Nación.
A dónde se destinarán los recursos
El decreto explica que se incorporarán los $624.656 millones al presupuesto de funcionamiento del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, específicamente en la unidad de Gestión General. En el anexo presupuestal, el dinero aparecerá clasificado como una transferencia corriente a otras entidades del Gobierno General, con destino al Fondo Milagro.
Es decir, que su función principal es presupuestal: dejar detallada la fuente de financiación y la apropiación para que los recursos puedan ser ejecutados.
Una liquidación presupuestal, no una nueva adición
Por su parte, el decreto precisa que su propósito es “liquidar” la adición presupuestal ya autorizada por el Decreto 1412. En términos prácticos, esto significa que organiza y especifica cómo quedan registrados los ingresos y gastos dentro del presupuesto nacional.
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El Gobierno cita el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, que le atribuye la facultad de expedir decretos de liquidación del Presupuesto General de la Nación.
También retoma jurisprudencia de la Corte Constitucional según la cual esta etapa no equivale a crear una nueva ley de presupuesto ni a modificar por sí sola las decisiones legislativas, sino a detallar los recursos aprobados o adicionados para permitir su ejecución.
Según el decreto, incluso durante un Estado de Emergencia, la adición de recursos y la liquidación presupuestal son procedimientos diferentes: la primera incorpora o modifica partidas, mientras la segunda define su clasificación y destino administrativo.
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“Por lo tanto, el decreto de liquidación del presupuesto no es un acto de naturaleza legal. De hecho, en tiempos de normalidad institucional, no puede interferir en el trabajo del Legislador para modificar la ley anual de presupuesto, pues se trata de ”(...) una operación destinada a clarificar los resultados del debate legislativo y especificar el gasto (...)”. El decreto de liquidación pretende crear las condiciones adecuadas para ejecutar de mejor manera el presupuesto aprobado por las Cámaras", se lee en el documento.
El Decreto 1488 de 2026 entrará en vigencia al día siguiente de su publicación oficial, es decir, el 7 de octubre de 2026. Con ello, el Ministerio de Hacienda podrá avanzar en la ejecución de los recursos destinados al Fondo Milagro, de acuerdo con las normas presupuestales y las autorizaciones aplicables.
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El Fondo Milagro ya está en marcha, confirmó Abelardo de la Espriella
El presidente Abelardo de la Espriella aseguró que el Fondo Milagro, creado para canalizar recursos hacia las zonas afectadas por el terremoto de magnitud 7,4 del 10 de agosto de 2026, quedó listo para entrar en operación.

El mandatario hizo el anuncio desde Pereira, una de las ciudades golpeadas por el sismo. Indicó que el mecanismo será presentado formalmente este martes ante el Consejo de Ministros.
“Ya quedó ayer listo el Fondo Milagro”, afirmó De la Espriella, que atribuyó parte de las demoras a dificultades administrativas y a la falta de reportes completos sobre los daños en algunos municipios.
El fondo fue creado mediante el Decreto 1379 del 9 de septiembre del año en curso como un patrimonio autónomo destinado a financiar acciones de asistencia, recuperación, rehabilitación, reconstrucción y reactivación económica en los territorios afectados.
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