
Pese a que el proceso electoral en Colombia terminó en el mes de junio con la elección de Abelardo de la Espriella como nuevo presidente de la nación, en el Congreso llegó nuevamente una propuesta que podría cambiar las reglas para los siguientes procesos electorales del país.
Se trata de dos propuestas que pretenderían implementar el voto obligatorio en Colombia. Las iniciativas fueron impulsadas por el partido de oposición Pacto Histórico, junto con miembros de otras colectividades, y otra promovida por el partido Alianza Social Independiente (ASI), de acuerdo con información revelada por El Espectador.
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Ambas propuestas plantean que una ley posterior defina sanciones, excepciones e incentivos para quienes acudan o no a las urnas, y buscan que votar deje de ser solo un derecho y un deber ciudadano.
De acuerdo con datos de la Registraduría Nacional del Estado Civil, más de 26 millones de colombianos se acercaron a las urnas en la segunda vuelta presidencial del 21 de junio de 2026. Aunque el organismo sostuvo que la jornada alcanzó una participación récord del 63,59% del censo electoral, más de 15 millones de personas no participaron en los comicios.
Esa población, según los promotores de la iniciativa al diario citado, pudo ser vital para la jornada electoral, al considerar que entre el ganador y el perdedor de la contienda presidencial solo hubo una diferencia de más de 250.000 votos.
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En ese sentido, las iniciativas prevén que el sufragio sea exigible en elecciones y en mecanismos de participación ciudadana de carácter decisorio, mientras una ley estatutaria posterior fijaría sanciones por incumplimiento injustificado, causales de exención y estímulos para los votantes.
Detalles de las iniciativas
El proyecto promovido por la bancada de oposición del Pacto Histórico quedó descrito en la radicación como un acto legislativo para modificar los artículos 95 y 258 de la Constitución Política de Colombia.
El texto revelado por el diario citado señala que la propuesta busca establecer el carácter obligatorio del voto y reforzar la participación y la estabilidad democrática y electoral.
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La iniciativa parte de una premisa concreta. Los ciudadanos tendrían que acudir a las urnas y depositar su voto, sin que eso altere la libertad de escoger candidato o candidata. La propuesta aplicaría en elecciones nacionales y territoriales, pero excluiría las consultas internas o interpartidistas.
“El sufragio será obligatorio para todos los ciudadanos en las elecciones de que trata el artículo 260 de la Constitución Política y en los mecanismos de participación ciudadana de carácter decisorio en los que sea convocado el pueblo, con excepción de las consultas internas, populares e interpartidistas de los partidos y movimientos políticos”, se lee en el articulado.
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Ese mismo texto precisa el alcance del deber ciudadano. “El deber consiste únicamente en concurrir a la respectiva mesa y depositar la tarjeta electoral; en ningún caso podrá derivarse consecuencia alguna del sentido del voto, que es libre y secreto e incluye la opción del voto en blanco”.
La propuesta del partido ASI también prevé el voto obligatorio para la elección de autoridades y corporaciones públicas. Sin embargo, contempla excepciones para quienes no puedan sufragar por fuerza mayor, caso fortuito u otras circunstancias ajenas a su voluntad.
Las dos propuestas remiten a una ley estatutaria posterior para fijar las consecuencias por no votar sin justificación. “La Ley estatutaria fijará las sanciones que se aplicarán por el incumplimiento injustificado de este deber, las causales de exención, los estímulos a los sufragantes y el procedimiento para su determinación”, destaca el proyecto del partido de Gobierno.
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Añadieron que esto operaría “sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 219 de la Constitución respecto de los miembros de la Fuerza Pública en servicio activo”.
Uno de los proyectos fija además un calendario específico. El Gobierno tendría seis meses para presentar esa ley y la medida empezaría a regir, como máximo, en las elecciones al Congreso de 2030.
Esto dice la Constitución
Según lo estipulado en la Constitución Política de 1991, el voto es definido como un derecho y un deber ciudadano garantizado por el Estado. También establece que debe ejercerse sin coacción y de forma secreta, en cubículos individuales instalados en cada mesa de votación, sin perjuicio del uso de medios electrónicos o informáticos.
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En el artículo 258 de la Carta Magna, se regulan las tarjetas electorales y los instrumentos que debe suministrar la organización electoral. Ese mismo artículo no consagra de manera explícita la obligatoriedad de ejercer el voto.
Por su parte, el artículo 259 dispone que quienes eligen gobernadores y alcaldes imponen por mandato al elegido el programa que presentó al inscribirse como candidato. A la vez, el artículo 260 enumera los cargos que los ciudadanos eligen de forma directa, entre ellos presidente y vicepresidente, senadores, representantes, gobernadores, diputados, alcaldes, concejales y miembros de juntas administradoras locales.
No obstante, en ningún apartado del documento oficial se hace mención sobre la obligatoriedad del sufragio o de sanciones por no ejercer su derecho ciudadano.
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