
Ante consultas ciudadanas y eventuales denuncias sobre la presencia de personas inescrupulosas que buscan ganar beneficios económicos a costa de las personas afectadas por el terremoto del 10 de agosto de 2026, el Gobierno nacional emitió un comunicado para aclarar que los trámites antes las autoridades son gratuitos y se pueden diligenciar de manera directa.
En particular, las indemnizaciones por muertes, gastos funerarios o incapacidad permanente, son procedimientos que deben ser gestionados sin ningún tipo de intermediario, pago de abogados, tramitadores ni otros agentes ajenos a los funcionarios de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres).
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A través de una notificación oficial, la entidad indicó que los procesos son gratuitos y alertó que solo son válidas las comunicaciones emitidas a través de sus canales oficiales o por el Gobierno nacional.
Desde la institución administradora se anunció además que están en el camino algunas medidas para facilitar los trámites relacionados con las indemnizaciones de las víctimas de la emergencia, ante las dificultades que ocasionan la búsqueda de intermediarios que hagan más sencillo los distintos procesos.
Por ende, las consultas pueden realizarse en la línea de Bogotá 6014322760, en las extensiones 1005 y 1727, o mediante el correo mesaderelacionamiento@adres.gov.co. También está disponible el portal www.adres.gov.co.
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Quiénes puedes reclamar indemnizaciones
Los afectados por el terremoto de magnitud 7,4 podrán solicitar indemnizaciones por fallecimiento, incapacidad permanente y gastos funerarios, además de coberturas para la atención médica de los heridos.
De acuerdo con la información de la Adres, los recursos se activarían tras la declaratoria de emergencia nacional por el sismo de magnitud 7,4. Allí se estableció que la entidad también reconocería pagos asociados a urgencias, intervenciones quirúrgicas, hospitalización, rehabilitación y traslado de pacientes, aunque aclaró que no cubren daños materiales en viviendas ni en infraestructura.
Familiares de las víctimas mortales tendrían prioridad para reclamar
Las indemnizaciones por fallecimiento podrán ser solicitadas por los beneficiarios definidos en la normativa. La prioridad corresponde al cónyuge o compañero permanente de la víctima, que recibiría la mitad del monto, mientras que los hijos tendrían derecho a la otra mitad en partes iguales.
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Si la persona fallecida no tenía hijos, el cónyuge o compañero permanente podría recibir el total de la indemnización. En ausencia de ambos, la reclamación pasaría a los padres y, posteriormente, a los hermanos.

Para iniciar el trámite, los solicitantes deberán acreditar que la muerte fue consecuencia directa del evento catastrófico y presentar la certificación expedida por las autoridades de gestión del riesgo en el lugar donde ocurrió el hecho.
Las personas con incapacidad permanente también podrán presentar solicitudes
Quienes sufran una incapacidad permanente a causa del terremoto podrán reclamar el reconocimiento económico a título personal. Para ello, deberán contar con una calificación de pérdida de capacidad laboral emitida por la autoridad competente.
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La información entregada indica que la solicitud exige demostrar el vínculo directo entre las lesiones y el sismo. También se deberán aportar los formularios y soportes documentales establecidos para este tipo de reclamaciones. Entre los documentos requeridos figura la certificación del Consejo Municipal o Distrital de Gestión del Riesgo de Desastres. Ese respaldo será necesario para validar que la persona estuvo afectada por la emergencia.
La cobertura de la atención de salud no se entregará de forma directa a los pacientes. Las Instituciones Prestadoras de Salud (IPS) deberán presentar ante la Adres los recobros correspondientes por los servicios brindados a las víctimas.
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El mecanismo contempla gastos por atención de urgencias, cirugías, medicamentos, hospitalización, rehabilitación y transporte hacia centros asistenciales. La Adres revisará la pertinencia médica, jurídica y financiera de cada solicitud antes de autorizar los giros.
La entidad mantendría habilitados sus canales de atención mientras las autoridades consolidan el censo de afectados y expiden las certificaciones para las víctimas y sus familiares.
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