Juzgado de Bogotá mantiene en firme la suspensión de bombardeos en zonas con presencia de menores reclutados: esta fue la decisión

La determinación no constituye todavía una sentencia definitiva sobre la legalidad de los bombardeos; se trata de una medida cautelar que permanecerá mientras avanza el proceso judicial

En 2025, cuando se esperaba que la verdad tuviera garantías, una mujer que se atrevió a hablar de los abusos sufridos durante su infancia en la guerra recibe amenazas por contar lo que vivió - crédito imagen Ilustrativa Infobae
La Presidencia y la cúpula militar habían presentado recursos contra la medida cautelar. Sin embargo, el juzgado determinó que las restricciones deben mantenerse de manera temporal - crédito imagen Ilustrativa Infobae
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El Juzgado 34 de Familia de Bogotá ratificó de manera categórica la medida cautelar que ordena suspender temporalmente los bombardeos aéreos militares en zonas del territorio nacional donde exista información cierta sobre la presencia de menores de edad reclutados forzosamente por grupos armados ilícitos.

La determinación fue adoptada por la jueza Marggy Viviana Arciniegas, que rechazó de plano las impugnaciones y recursos presentados por la Presidencia de la República y la cúpula de las Fuerzas Militares de Colombia.

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Dentro de las consideraciones del auto judicial proferido el 7 de septiembre de 2026, el despacho judicial declaró improcedente la impugnación interpuesta por las autoridades accionadas, manteniendo intactas las restricciones operativas impuestas a los bombardeos hasta que se dicte una sentencia de fondo en el marco de la acción de tutela instaurada en favor de la niñez víctima del conflicto armado.

“En consecuencia, efectuado nuevamente el juicio cautelar, el Despacho encuentra que subsisten elementos suficientes de apariencia de buen derecho, peligro en la demora, necesidad y proporcionalidad, además de la naturaleza de los derechos comprometidos”, se lee en el documento judicial.

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