
El exfiscal General de la Nación Francisco Barbosa respaldó el lunes 31 de agosto la propuesta de restituir al Consejo de Estado el trámite de las tutelas contra la figura del presidente de la República; una postura planteada por Carlos Suárez, estratega del hoy mandatario Abelardo de la Espriella, y que generó una especie de revuelo en las plataformas digitales, a juzgar por los comentarios que han surgido sobre el particular.
En su mensaje, el extitular del órgano acusador sostuvo que el cambio de reglas aplicado durante el gobierno de Gustavo Petro alteró al juez natural que debía conocer esas acciones constitucionales.
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La discusión se dio después de un fallo de primera instancia relacionado con la ceremonia ecuménica en el acto de posesión, el 7 de agosto. Barbosa, fiscal entre 2020 y 2024, diferenció entre la obligación de acatar la decisión y la posibilidad de cuestionar sus fundamentos, en particular, si la sentencia interpreta la neutralidad religiosa estatal como una restricción absoluta a las manifestaciones de fe del jefe de Estado.

Esta discusión está enfocada en dos vías: la primera, la competencia judicial para tramitar tutelas contra el presidente y la segunda, el alcance de la laicidad en Colombia frente a la libertad religiosa y de expresión del que ocupa la Presidencia.
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Francisco Barbosa pidió recuperar la competencia del Consejo de Estado
En ese orden de ideas, el exfiscal afirmó que las tutelas dirigidas contra el presidente deben volver al Consejo de Estado, máximo tribunal de la jurisdicción contencioso-administrativa. Según planteó, la modificación de las reglas de reparto durante la actual administración trasladó esos expedientes a jueces del circuito, lo que en su parecer va en contravía del ordenamiento jurídico relacionado con la investidura.
“La competencia para conocer las tutelas contra el presidente de la República debe volver al Consejo de Estado. Durante el gobierno Petro se modificaron por decreto las reglas de reparto y se desplazó al máximo tribunal de la jurisdicción contencioso-administrativa del conocimiento de estas acciones”, expresó el exfiscal en su publicación en la red social X, en la que ha respaldado algunas de las iniciativas de De la Espriella.
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Con ello, sostuvo que no se trata de una discusión administrativa, pues a su juicio, el reparto de los procesos constituye una garantía para las partes y para el funcionamiento de las instituciones. “No era un asunto menor: las reglas de reparto también son una garantía institucional y no pueden utilizarse para alterar el juez llamado a controlar las actuaciones del jefe del Estado”, agregó Barbosa en su mensaje en la plataforma.
Para el exfiscal, la restitución de la competencia debe cumplirse en atención a la decisión judicial que ordenó ese ajuste. “Cumplir la decisión judicial y restablecer esa competencia significa recuperar el equilibrio institucional y el respeto por la Constitución”, señaló el exfiscal frente a esta postura jurídica, que derivó del acatamiento hecho por De la Espriella de la decisión del Juzgado Quinto Laboral de Bogotá.
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Así cuestionó el alcance de la decisión de primera instancia contra De la Espriella
En su análisis, el exfiscal separó el debate sobre la competencia judicial de la controversia de fondo que motivó la tutela. Consideró que los fallos deben ejecutarse mientras las partes utilizan los recursos previstos en el ordenamiento jurídico, aunque advirtió que ello no impide cuestionar la argumentación de los jueces que, en el caso del presidente, le dieron la razón al demandante por lo sucedido en la transmisión de mando.

“Una decisión judicial puede y debe cumplirse mientras se controvierte, pero también puede ser criticada”, afirmó el exfiscal, que dijo que discrepa de una interpretación que, según su lectura, limitaría cualquier expresión religiosa en un acto presidencial.
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Así pues, acotó que “el contenido del fallo de primera instancia” le parece “jurídicamente equivocado si pretende convertir el principio de neutralidad religiosa del Estado en una prohibición de toda expresión religiosa en un acto presidencial”, expresó Barbosa. Y añadió que esa tesis desconocería otros principios protegidos por la Constitución Política, entre ellos el pluralismo y la libertad religiosa.
De esta manera, también mencionó la jurisprudencia constitucional sobre laicidad como un elemento que deberá ser considerado en las instancias posteriores del proceso.
Estratega del presidente anticipó impugnación al fallo que lo obligó a disculparse por acto religioso en su posesión
En medio de la controversia por el supuesto enfoque religioso, Carlos Suárez, estratega de De la Espriella, coincidió con Barbosa en que la competencia para conocer las tutelas contra el presidente debe regresar al Consejo de Estado. En su declaración, atribuyó el cambio al gobierno de Gustavo e insistió en que los casos habían pasado de ese tribunal a togados locales, lo que desde su perspectiva no es lo correcto.
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“Hay que devolver las cosas a su lugar: Petro cambió la competencia para conocer tutelas en contra del presidente y pasó el conocimiento del Consejo de Estado a los jueces del circuito”, expresó Suárez, en relación a lo que se consideraría el debilitamiento de los altos tribunales. Con ello, señaló que el fallo puede ser impugnado y planteó la posibilidad de que la Corte Constitucional seleccione el expediente para revisión.
La intervención de ese tribunal, dijo, podría fijar un criterio sobre las facultades y límites del presidente cuando expresa convicciones religiosas. “Más allá de eso, vendrá la impugnación del fallo y ojalá haya revisión del mismo en la Corte Constitucional. Ideal que el juez constitucional se pronuncie sobre el ejercicio de los derechos de libertad religiosa y de expresión del presidente de la República”, sostuvo el abogado.
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“Mientras tanto: ¡Que viva Cristo Rey!”, puntualizó Suárez.
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