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Indemnización por el terremoto: quién puede reclamar hasta $43 millones y qué documentos necesita

La ayuda estatal contempla recursos para familiares de personas fallecidas y ciudadanos que resultaron lesionados durante la emergencia. El trámite tiene requisitos específicos, un plazo de tres años y un certificado que resulta indispensable para avanzar

El terremoto del 10 de agosto dejó cientos de víctimas y miles de familias afectadas en distintas zonas del país -crédito Xinhua News/Colprensa/ Europa Press
El terremoto del 10 de agosto dejó cientos de víctimas y miles de familias afectadas en distintas zonas del país -crédito Xinhua News/Colprensa/ Europa Press
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El terremoto del 10 de agosto de 2026, que tuvo una magnitud de 7,4 y cuyo epicentro estuvo en San José del Palmar, Chocó, deja un saldo parcial de 273 fallecidos, 407.530 familias afectadas y 97.515 personas damnificadas, según la Ungrd.

La emergencia también provocó la destrucción de 12.584 viviendas, averías en otras 74.873 y el colapso de 172 edificios. Para las víctimas y sus familias existe una indemnización estatal que puede solicitarse bajo determinadas condiciones.

Andrés Vanegas, director ejecutivo en Ulises Canosa Abogados, explicó a través de un hilo en su cuenta de X cuáles son los recursos disponibles, quiénes pueden acceder a ellos y qué documentos deben presentar para iniciar el proceso. “Si alguien que usted conoce perdió a un familiar en el terremoto, dígale esto. Hay una indemnización del Estado que casi nadie reclama. Existe desde 1993. Y no cubre solo la muerte: también la atención de los heridos”.

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La indemnización estatal contempla pagos por muerte, gastos funerarios y atención médica de personas lesionadas -crédito @avcanosa/X
La indemnización estatal contempla pagos por muerte, gastos funerarios y atención médica de personas lesionadas -crédito @avcanosa/X

El mecanismo tiene como base el artículo 167 de la Ley 100 de 1993, que contempla una cobertura para las víctimas de “catástrofes naturales”. La norma establece el reconocimiento de “indemnización por incapacidad permanente y por muerte, gastos funerarios y gastos de transporte al centro asistencial”.

El dinero es reconocido por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres), con cargo a la subcuenta de riesgos catastróficos. El 10 de agosto, la entidad anunció que realizaría estos pagos para las personas afectadas por el terremoto.

Para 2026, los valores informados por la Adres establecen un máximo de $43.773.000 por muerte y gastos funerarios. En los casos de personas lesionadas, la atención médica puede alcanzar hasta $46.690.800. Ahora bien, no cualquier familiar puede presentar la solicitud. La norma establece un orden: primero aparece el cónyuge o compañero permanente, después los hijos, los padres y, finalmente, los hermanos. El plazo para hacer la reclamación es de tres años contados desde la ocurrencia del hecho.

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El siguiente paso consiste en reunir los documentos que permitan demostrar la situación de la víctima y, cuando corresponda, el parentesco con quien reclama. Para los casos de fallecimiento se requiere el certificado de defunción, los registros civiles que acrediten el vínculo familiar y las cédulas de los interesados.

Dinero - Colombia
Los familiares deben acreditar el parentesco y presentar los documentos exigidos para iniciar la reclamación- crédito Colprensa

Si la reclamación corresponde a una persona que resultó lesionada y recibió atención médica, debe incluirse la epicrisis. También es necesario diligenciar el Furpen, Formulario Único de Reclamación de Indemnizaciones por Personas Naturales, cuya radicación se realiza en línea desde abril de 2026. Hay, además, un certificado que resulta fundamental para que la solicitud pueda avanzar. Se trata del documento expedido por el consejo municipal o distrital de gestión del riesgo, en el que debe constar que la persona fue víctima del terremoto.

Este certificado se solicita mediante un derecho de petición ante la alcaldía correspondiente. El trámite es gratuito y no requiere abogado. La administración cuenta con 15 días hábiles para responder y esos términos no están suspendidos por la emergencia causada por el sismo. Con los documentos reunidos, el solicitante puede continuar el proceso ante la Adres. La documentación permite acreditar las circunstancias de cada caso y establecer si corresponde el reconocimiento por muerte, incapacidad, gastos funerarios o atención médica.

El certificado del consejo municipal o distrital de gestión del riesgo es uno de los documentos necesarios para avanzar con el trámite -crédito 
Martin Steven Angel/Europa Press
El certificado del consejo municipal o distrital de gestión del riesgo es uno de los documentos necesarios para avanzar con el trámite -crédito Martin Steven Angel/Europa Press

Vanegas hizo una precisión importante sobre el alcance de esta ayuda. Los recursos están destinados a cubrir muerte, lesiones y atención en salud, por lo que no corresponden a los daños materiales que el terremoto haya causado en viviendas, muebles o vehículos. “Si conoce a una familia que perdió a alguien, hágale llegar esto. Son más de cuarenta millones de pesos que se dejan de reclamar, casi siempre por no saber que existen”, finalizó Vanegas.

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