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Por fin retomarán el estudio de la reforma pensional de Petro en la Corte Constitucional: le pusieron la fecha para hacerlo y definir su futuro

Deliberaciones internas y trámites institucionales generaron un ambiente de incertidumbre legal y demoraron la implementación de cambios para millones de personas que esperan novedades en el sistema de jubilación

La Corte Constitucional actúa como tribunal colegiado con independencia de los demás organismos del Estado - crédito Corte Constitucional.
La Corte Constitucional estudia hace dos años vicios en el trámite de la reforma pensional de Gustavo Petro - crédito Corte Constitucional.
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La reforma pensional del ya expresidente Gustavo Petro por fin será discutida en la Corte Constitucional. Esto, una semana después de la despedida del mandatario. Está incluida en el primer punto del orden del día del 13 de agosto de 2026 de la Sala Plena del alto tribunal. Como se recordará, la ley sigue en pausa mientras los magistrados deciden si la Cámara de Representantes corrigió o no el vicio de trámite que la corporación detectó en su aprobación.

Así las cosas, el expediente regresa a discusión porque la Sala Plena ya programó su estudio. El punto pendiente es si el Congreso subsanó la falla procesal advertida por el tribunal, que mantiene suspendida la Ley 2381 hasta un día después de esa decisión.

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Como se recordará, el último movimiento para estudiar la nueva ley ocurrió el 4 de agosto, cuando la magistrada Paola Meneses radicó un proyecto de auto tres días antes de la posesión de Abelardo de la Espriella. Ese mismo martes, la secretaría de la Corte envió tres oficios a 17 correos, entre ellos los de los congresistas Juan Carlos Losada y Catherine Juvinao, además del de la exrepresentante Lina Garrido.

Meneses firmó esos documentos y dejó por escrito que al tribunal “no le corresponde emitir conceptos sobre la interpretación, la aplicación o los efectos de la providencia, ni determinar las actuaciones que deban adelantar otras autoridades o entidades”. Uno de esos oficios quedó fechado el 31 de julio, cuando la reforma aún no aparecía en la agenda.

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El origen del limbo jurídico de la reforma

La revisión de la reforma empezó por una demanda que la exsenadora Paloma Valencia presentó contra toda la Ley 2381 por aparentes vicios de trámite. La Corte analiza ese expediente desde el 13 de agosto de 2024. El punto crítico surgió cuando la Cámara acogió el 14 de junio una proposición para aprobar el mismo articulado avalado por el Senado sin debatir de más. La Corte concluyó que esa falta de discusión era un vicio subsanable y le dio a la Cámara la opción de repetir el trámite.

Esa nueva votación llegó el 28 de junio de 2025, en sesiones extraordinarias, con el mismo articulado del Senado. La diferencia fue que hubo deliberación sobre otras proposiciones y que la sesión se extendió durante cinco horas.

Aun así, la ley quedó suspendida desde el 17 de junio del año pasado, nueve días antes de la segunda discusión en la plenaria de la Cámara. La medida cubre la reforma hasta un día después de que la Corte defina si el Congreso corrigió la falla detectada.

El presidente Gustavo Petro cuestionó fuertemente a la Corte Constitucional tras un empate en la Sala Plena que suspendió el futuro de la reforma pensional - crédito Andrea Puentes/Presidencia
Gustavo Petro firmó la sanción presidencial de la reforma pensional en junio de 2024 y la ley debía entrar en vigor en junio de 2025 - crédito Andrea Puentes/Presidencia

Movimientos internos que aplazaron el fallo

La decisión de fondo se retrasó por cambios dentro de la propia Corte Constitucional. El expediente pasó por relevo de magistrado ponente, impedimentos, recusaciones y un empate 4-4 que obligó a nombrar a un conjuez.

El auto 841 de 2025, citado por La FM, fue de autoría del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, entonces expresidente de la corporación. Ibáñez salió del debate el 13 de febrero de este año, cuando presentó un impedimento basado en una entrevista que también lo apartó de la deliberación sobre la emergencia económica de diciembre de 2025.

Ibáñez dijo que “desde junio de 2025 advertimos que la ley de pensiones tenía un vicio de trámite subsanable, pero no se subsanó”. También agregó: “Y en vista de que en la votación acerca de su exequibilidad la Sala quedó dividida 4-4, se escogió un conjuez”.

Además, el magistrado precisó que la transcripción publicada “fue editada” y dijo que no tenía el audio original, por lo que existía duda sobre el tenor literal de su manifestación. Sus compañeros aprobaron por unanimidad el impedimento y el asunto pasó a Meneses.

La secretaria general, Andrea Liliana Romero, dejó constancia de esa notificación en estrados solo el 21 de abril, dos meses después del relevo entre despachos. Antes de eso, una ponencia de Ibáñez que proponía tumbar la reforma por completo se había frenado en noviembre por el empate, lo que llevó al nombramiento del conjuez Carlos Pablo Márquez.

El presidente de la Corte Constitucional advierte sobre el riesgo de autócratas que usan la democracia para socavar las instituciones - crédito @FenalcoNacional/X
Jorge Enrique Ibáñez recibió fuertes críticas por las demoras en el trámite de la reforma pensional - crédito @FenalcoNacional/X

Ibáñez fue además el segundo magistrado en apartarse de ese expediente, después de Héctor Carvajal. En ese proceso, el tribunal decretó pruebas para revisar en qué condiciones el Gobierno pidió sesiones extraordinarias y cómo respondió la Cámara.

Indagación sobre la demora de la Corte

Al mismo tiempo, la Comisión de Investigación y Acusación recibió documentos del expediente por medio del investigador José Manuel Sánchez Franco. La Corte respondió ese requerimiento para “facilitar el acceso a la información requerida para el cumplimiento de sus funciones de policía judicial”, según una comunicación firmada por Romero y conocida por La FM.

Dentro de los documentos remitidos figuran el auto de suspensión y varias aclaraciones de voto de magistrados como Ibáñez, Juan Carlos Cortés, Vladimir Fernández y el exmagistrado José Fernando Reyes. La aclaración de Ibáñez tuvo 128 páginas, de acuerdo con la fuente.

El alcance de la actuación todavía no equivale a una acusación o a una sanción. Diego Gutiérrez, exfuncionario de la Fiscalía, interpretó que la Comisión busca “determinar si los magistrados de la Corte Constitucional, de forma dolosa, actuaron para demorar el trámite de la ley pensional”.

La penalista Sharon Castillo, en diálogo con La FM, puso un límite a esa lectura: “Que la Comisión de Acusación abra una indagación, pida documentos y trate de establecer qué ha ocurrido con el expediente es completamente viable. Que esa actuación termine en una acusación o sanción es complejo. El solo paso del tiempo no permite concluir, automáticamente, que existe una falta o un delito”.

El proceso además enfrenta un factor adicional por la transición legislativa dentro de la Comisión. Los expedientes deben repartirse de nuevo bajo la conducción de Carlos Cuenca.

Colpensiones recibiía 21 millones de trabajadores y se convertiría en el principal fondo de ahorros de Colombia  con la entrada en vigor de la reforma pensional - crédito Luis Jaime Acosta/Reuters
Colpensiones recibiía 21 millones de trabajadores y se convertiría en el principal fondo de ahorros de Colombia con la entrada en vigor de la reforma pensional - crédito Luis Jaime Acosta/Reuters

Consecuencias prácticas de una ley suspendida

El freno judicial mantiene suspendidos 93 de 95 artículos de la reforma pensional. Solo siguen vigentes dos disposiciones para reglamentar la ventana pensional, el traslado de regímenes para quienes estén a menos de diez años de pensionarse y el régimen de transición.

Dicho escenario dejó en incertidumbre a cerca de 120.000 personas trasladadas a Colpensiones cuyos ahorros siguen administrados por fondos privados. El Gobierno había preparado una logística para esa población, pero la implementación quedó detenida.

También quedó frenada una transferencia de $25 billones, después de que el Consejo de Estado suspendiera esa reglamentación al considerar que el Ejecutivo se extralimitó en sus facultades. A la vez, el fondo especial que debía administrar el Banco de la República ni siquiera tiene cuenta, porque el artículo que lo crea sigue sin efecto.

La incertidumbre alcanza a más de 33 millones de afiliados al sistema pensional, con unos siete millones en Colpensiones y otros 26 millones en fondos privados. En el Palacio de Justicia conviven dos miradas: una sostiene que el estudio de la reforma “está en los tiempos” y otra admite que el momento político posterior a Gustavo Petro pesa sobre el expediente.

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