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Formularon pliego de cargos contra docente en Ibagué por presunto acoso sexual a estudiantes a través de medios electrónicos

La Procuraduría General de la Nación señaló que el profesor habría utilizado medios electrónicos y su posición de autoridad para enviar mensajes de contenido sexual a tres estudiantes

Una persona sentada con la cabeza gacha sostiene un teléfono móvil, mientras un ordenador portátil muestra iconos de notificaciones, mensajes y alertas.
El órgano disciplinario acusó a un maestro de la Institución San Isidro tras identificar mensajes y comunicaciones sexuales enviados a menores durante 2023 y 2024 en ejercicio de su rol educativo - crédito Imagen Ilustrativa Infobae
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La Procuraduría General de la Nación anunció la formulación de pliego de cargos contra Sergio Arango Franco, docente de la Institución Educativa San Isidro de Ibagué.

El ente de control lo investiga por presuntos actos de acoso sexual cometidos contra estudiantes menores de edad a través de medios electrónicos durante su labor como educador.

“La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra Sergio Arango Franco, docente de la Institución Educativa San Isidro de Ibagué (Tolima),por presuntos actos de acoso sexual contra estudiantes menores de edad, ocurridos en desarrollo de sus funciones como educador”, indicó el Ministerio Público.

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Bogotá. 6 de Febrero del 2020. Sede de la Procuraduría General de la Nación. (Crédito: Colprensa / Sergio Acero)
La Procuraduría General de la Nación anunció la formulación de pliego de cargos contra Sergio Arango Franco, docente de la Institución Educativa San Isidro de Ibagué - crédito Sergio Acero/Colprensa

De acuerdo con la Procuraduría Provincial de Instrucción de Ibagué, el docente habría enviado a tres alumnas expresiones verbales, mensajes y comunicaciones con contenido sexual. Los hechos investigados ocurrieron entre 2023 y 2024 y, según la autoridad, el docente se habría aprovechado de la relación de autoridad que mantiene con las estudiantes.

La investigación sostiene que este tipo de conductas afectan la dignidad humana, la libertad y la integridad sexual de las menores. Además, se considera que vulneran el derecho de las estudiantes a un ambiente educativo seguro y libre de violencia.

“Según la investigación de la Procuraduría Provincial de Instrucción de Ibagué, el docente presuntamente dirigió a tres estudiantes expresiones verbales, mensajes y comunicaciones de contenido sexual a través de medios electrónicos, aprovechando la relación de autoridad propia del vínculo docente-estudiante. Para el ente de control, estas conductas, presuntamente ocurridas durante 2023 y 2024, habrían vulnerado la dignidad humana, la libertad e integridad sexual de las menores, así como su derecho a un entorno educativo seguro y libre de violencias”, señaló la Procuraduría.

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El Ministerio Público calificó provisionalmente la conducta imputada como falta gravísima cometida con dolo. El proceso disciplinario continuará su curso para determinar la responsabilidad y las eventuales sanciones que correspondan a Sergio Arango Franco.

Comunicado Procuraduría - crédito Procuraduría
La Procuraduría calificó provisionalmente la conducta imputada como falta gravísima cometida con dolo - crédito Procuraduría

“El ente de control calificó provisionalmente la conducta atribuida al docente como falta gravísima cometida con dolo, dentro del proceso disciplinario que adelanta por estos hechos”, aseveró la Procuraduría.

En Colombia, el acoso sexual a menores está tipificado como delito y puede acarrear penas de prisión severas. El Código Penal colombiano establece que actos sexuales abusivos con menores de 14 años se castigan con penas que van desde 9 hasta 20 años de prisión. Si existen agravantes, como la relación de autoridad o confianza, la pena puede incrementarse considerablemente.

Para los delitos de acceso carnal violento o actos sexuales violentos contra menores, las sanciones van de 12 a 30 años de prisión. Cuando el responsable es un docente, familiar o cualquier persona en posición de poder sobre la víctima, la justicia suele imponer las penas más altas previstas en la ley.

Además de la privación de la libertad, los condenados pueden recibir inhabilitación para ejercer funciones públicas por periodos que pueden llegar a 20 años. Esta medida busca evitar que la persona vuelva a tener contacto o responsabilidad sobre menores.

En casos donde concurren varios delitos, como pornografía infantil o abuso continuado, los jueces pueden sumar las condenas, lo que conduce a penas aún mayores. La reincidencia también se considera un agravante y afecta el cálculo final de la sentencia.

Manos de una persona esposadas por la espalda, con las palmas abiertas, usando una sudadera gris y pantalón oscuro.
El Código Penal colombiano establece que actos sexuales abusivos con menores de 14 años se castigan con penas que van desde 9 hasta 20 años de prisión - crédito Imagen Ilustrativa Infobae

El proceso penal incluye medidas para proteger a las víctimas y garantizar que reciban acompañamiento psicológico y legal a lo largo de la investigación y el juicio.

El proceso penal contempla medidas de protección para las víctimas, incluyendo acompañamiento psicológico y asesoría jurídica, con el objetivo de garantizar sus derechos durante la investigación y el juicio.

La normativa colombiana prioriza la protección y el bienestar de los menores y establece condenas que pueden superar los 30 años de cárcel en los casos más graves, reflejando la gravedad de estas conductas y el compromiso estatal con la erradicación de la violencia sexual contra la niñez.

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