
La Fiscalía quedó habilitada para pedir que Alexander Díaz Mendoza, alias Calarcá, sea juzgado como persona ausente después de que un juez validó en segunda instancia el edicto emplazatorio por sus reiteradas inasistencias al proceso. La decisión despeja el camino para reanudar el 4 de agosto de 2026 las audiencias en las que se busca avanzar en la imputación por concierto para delinquir agravado y homicidio agravado.
El dato que aceleró ese trámite quedó consignado el 17 de julio de 2026 en el Juzgado 104 Penal Municipal con función de control de garantías ambulante de Villavicencio: la Fiscalía entregó las constancias de publicación del edicto en la plataforma web de la entidad, en El Nuevo Siglo, en el periódico Extra y en la emisora Radio Auténtica. Con esa verificación, la juez Luisa Fernanda Rodríguez Quintero fijó los días 4, 5 y 6 de agosto a las 9:00 a. m. para continuar las audiencias.
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El expediente señala que, una vez cumplido el término legal de cinco días hábiles del emplazamiento, el juez competente declarará persona ausente al indiciado y el defensor designado lo representará en todas las actuaciones. Ese punto convierte las ausencias de Calarcá en un hecho con efecto procesal directo: el caso podrá seguir sin su presencia física.

La actuación judicial se produjo después del ultimátum público del presidente electo, Abelardo De La Espriella, contra Calarcá y otros cabecillas de las disidencias de las Farc. En paralelo, el proceso penal ya había tomado su propio curso en los despachos de Villavicencio.
El juzgado validó el edicto y programó tres nuevas audiencias
La orden inicial de emplazamiento fue proferida en audiencia del 28 de mayo de 2026 dentro del proceso radicado por concierto para delinquir agravado y homicidio agravado. El texto judicial indicó que Alexander Díaz Mendoza, alias Calarcá, era requerido para ser vinculado formalmente a la investigación.
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El edicto se fijó en Villavicencio el 11 de junio de 2026 a las 7:30 a. m. y se desfijó el 18 de junio de 2026 a las 5:00 p. m. El documento precisó que, concluido ese término, la autoridad judicial quedaba facultada para declararlo persona ausente y seguir notificando a través del abogado que le fuera designado.

La constancia secretarial incorporada al despacho el 17 de julio informó que la Fiscalía 113 Seccional remitió prueba de la publicación del edicto en medios escritos y radiales. A partir de esa revisión, el juzgado dispuso la continuación de las audiencias para los tres primeros días hábiles de agosto ya señalados.
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La difusión del emplazamiento cubrió Meta, Huila, Caquetá y Guaviare
La providencia judicial detalló que el edicto fue publicado en la plataforma web de la Fiscalía General de la Nación y en la sección de clasificados de El Nuevo Siglo el 07 de julio de 2026. También apareció en la edición del periódico Extra que circula en el departamento del Meta y en la que se distribuye en Huila y Caquetá, ambas con fecha 05 de julio de 2026.
A eso se sumó la divulgación en Radio Auténtica, una emisora con cobertura en Huila, Meta, Caquetá y Guaviare, durante los días 5 y 7 de julio de 2026. Esa secuencia de publicaciones fue la base documental que el juzgado dio por verificada antes de reactivar el calendario del proceso.
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Alias Calarcá enfrenta una investigación impulsada por la Fiscalía 113 Especializada DECOC, la Fiscalía 14 Unidad Especial de Investigación y la Fiscalía 75 Especializada DECOC de Medellín. Los delitos atribuidos son concierto para delinquir agravado y homicidio agravado por hechos violentos que, según el proceso, se adjudican a la estructura bajo su mando.
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