
Dos proyectos de ley del Centro Democrático fueron radicados en la Cámara de Representantes de Colombia para institucionalizar el Día sin IVA y desmontar de forma gradual el Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF), conocido como impuesto del 4x1.000. Las iniciativas son de autoría del senador Christian Garcés y cuentan con apoyo de los comercios populares.
Los proyectos proponen facultar al Gobierno nacional para decretar hasta tres días sin IVA por año sobre bienes específicos y reducir el 4x1.000 en tramos de 0,5x1.000 desde 2028 hasta llevarlo a 0x1.000 en 2035. Las iniciativas fueron radicadas para trámite en 2026 en la Cámara de Representantes y, según el texto, buscan aliviar la carga tributaria, fortalecer el poder adquisitivo de los hogares, dinamizar la economía, promover la inversión y mejorar la competitividad.
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Garcés dijo que ambas propuestas son una apuesta de alivio tributario y reactivación económica. “Con estos proyectos queremos aliviar el bolsillo de los hogares colombianos, reducir costos para quienes producen y generan empleo, y enviar un mensaje claro de confianza al sector productivo”, dijo.
Añadió que “institucionalizar el Día sin IVA y eliminar progresivamente el 4x1.000 son medidas que impulsan el consumo, la inversión y la formalidad”. También sostuvo que “ambas iniciativas van en la línea de la apuesta del Centro Democrático de disminuir impuestos e incentivar el sector productivo de nuestro país”.
Se espera que las iniciativas comiencen su discusión en las próximas semanas en el Congreso de la República. Aunque fueron presentadas de manera simultánea, cada una tiene un alcance distinto.
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Qué plantea el proyecto para institucionalizar el Día sin IVA
La iniciativa sobre el Día sin IVA busca convertir esa figura en una política de Estado permanente. El articulado faculta al Gobierno nacional para decretar hasta tres jornadas al año en las que ciertos bienes corporales muebles quedarían exentos del impuesto sobre las ventas. La exención aplicaría a ventas hechas en establecimientos físicos o por comercio electrónico dentro del territorio nacional. El proyecto indica que no habría derecho a devolución ni compensación del IVA.
El texto da prioridad a productos fabricados o ensamblados en Colombia o con contenido nacional igual o superior al 50%. Esa preferencia apunta a impulsar la industria, proteger el empleo y estimular el comercio.
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Entre las categorías cubiertas están:
- Vestuario y complementos del vestuario con precio por unidad de hasta 20 unidades de valor tributario (UVT), equivalentes a $1.047.480.
- Electrodomésticos, computadores y equipos de comunicaciones, elementos deportivos y bienes e insumos agropecuarios de hasta 80 UVT, equivalentes a $4.189.920.
- Juguetes y juegos de hasta 10 UVT, equivalentes a $523.740.
- Útiles escolares de hasta 5 UVT, equivalentes a $261.870.
Dentro de las definiciones aparecen, entre otros productos:
- Bicicletas y bicicletas eléctricas.
- Patinetas y patinetas eléctricas.
- Sóftware educativo.
- Semillas.
- Sistemas de riego.
- Cosechadoras.
- Medicamentos para animales.
Las cifras y el antecedente del Día sin IVA
El proyecto retoma una iniciativa impulsada antes por el asesinado senador Miguel Uribe Turbay durante su gestión entre 2022 y 2025. Ese texto fue aprobado por el Congreso en 2024, pero el Gobierno lo objetó por presunta inconstitucionalidad y por razones de conveniencia fiscal.
La Corte Constitucional se declaró inhibida en la Sentencia C-076 de 2025 y ordenó archivar el proyecto por un vicio procedimental. El texto precisa que el alto tribunal no resolvió de fondo si la iniciativa violaba o no el artículo 154 de la Constitución.
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No obstante, el nuevo diseño mantiene la medida como una facultad del Ejecutivo y no como una obligación automática. Además, condiciona su activación a que se demuestre la sustitución de la fuente que compense el impacto fiscal y a un concepto previo favorable del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).
De igual forma, la exposición de motivos sostiene que la economía colombiana creció 1,7% anual en el primer semestre de 2023. También señala una desaceleración de más de 8,5 puntos porcentuales (pp) frente al mismo periodo de 2022.
El documento recordó variaciones negativas en:
- Construcción: -3,6%.
- Agricultura: -0,3%.
- Comercio: -1,3%.
- Industria: -1,6%.
A la vez, destaca otras cifras llamativas, ya que el consumo de los hogares pasó de 13% en el primer semestre de 2022 a 2,2% en igual lapso de 2023.
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Para el panorama más reciente, el texto apunta un PIB de 0,6% en 2023, de 1,7% en 2024 y de 2,6% en 2025. Añade una proyección de 2,4% para 2026, tras una expansión de 2,2% en el primer trimestre, junto con una inflación de 5,1% en 2025 y una proyección de 6,4% para 2026.
Y en materia fiscal, el documento menciona un déficit del Gobierno Nacional Central de 6,4% del PIB en 2025 y una meta revisada de 6,6% del PIB para 2026, según el Consejo Autónomo de la Regla Fiscal (Carf). Más adelante también aparece otra referencia del Ministerio de Hacienda sobre la meta para 2026.
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La justificación económica también incluye los resultados de jornadas anteriores:
- Día sin IVA del 19 de junio de 2020: registró ventas cercanas a $5 billones, con aumentos de entre 30% y 70% en algunos comercios frente a 2019 y un crecimiento de 800% en plataformas electrónicas.
- Día sin IVA del 21 de noviembre de 2020: las ventas alcanzaron $5,8 billones.
- Para 2021, la Dian reportó más de $31 billones en las tres jornadas, con 12,5 billones solo en la última.
- En 2022, las jornadas del 11 de marzo y del 17 de junio dejaron ventas de $9,1 billones y $10,61 billones, respectivamente, por medio de más de 14 millones de facturas electrónicas conjuntas.
- Entre 2020 y 2022 se generaron cerca de $65 billones de pesos en ventas.
- El balance acumulado entre 2020 y 2024, según analistas y Fenalco citados en la exposición de motivos, arroja ventas promedio superiores a $8 billones por jornada. De ese total, cerca del 30% corresponde a bienes exentos y el 70% a bienes gravados, con un recaudo promedio de IVA de $532.000 millones por jornada.
- La Dian calcula un costo fiscal promedio de $148.333 millones por cada jornada.
- Si se decretaran tres en un mismo año, el impacto sería de $444.999 millones, mientras que el Ministerio de Hacienda presentó en el trámite anterior una estimación cercana a $631 millones para una vigencia.
El cronograma para desmontar el 4x1.000
El segundo proyecto plantea reducir de forma gradual el Gravamen a los Movimientos Financieros. Hoy la tarifa es de 4x1.000 (impuesto de Colombia donde se pagan $4 por cada $1.000 que se retiran, transfieren o se mueven desde una cuenta bancaria. Los bancos cobran este dinero de manera automática pero lo entregan por completo al Gobierno nacional) y la propuesta la baja en 0,5x1.000 por año hasta su eliminación.
El calendario fijado en el articulado arranca en 2028 con una tarifa de 3,5x1.000. Luego seguiría así:
- 3x1.000 en 2029.
- 2,5x1.000 en 2030.
- 2x1.000 en 2031.
- 1,5x1.000 en 2032.
- 1x1.000 en 2033.
- 0,5x1.000 en 2034.
- 0x1.000 desde 2035
El proyecto también dispone que desde el 1 de enero de 2035 queden derogadas las normas del Libro Sexto del Estatuto Tributario relativas al GMF.
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La exposición de motivos presenta el impuesto como una carga que encarece las transacciones, desincentiva el uso del sistema bancario formal y reduce la competitividad. Además, señala que la obligatoriedad de la factura electrónica elevó las transacciones electrónicas de muchas empresas y, con ello, sus costos operativos.
Sostiene que la eliminación gradual del GMF favorecería la inclusión financiera, la formalización y la bancarización. También la vincula con menor uso de efectivo, mayor transparencia y simplificación del sistema tributario.
Costo fiscal y críticas al gravamen
La exposición de motivos reconstruye el origen del tributo desde la emergencia económica de 1998, cuando nació como una contribución temporal del 2x1.000. Luego, la Ley 633 de 2000 lo convirtió en un impuesto permanente con tarifa de 3x1.000. Más tarde, la Ley 863 de 2003 elevó la tarifa al 4x1.000 entre 2004 y 2007. Después, otra disposición la dejó como permanente.
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El documento recuerda además intentos de desmonte en 2010, 2013 y 2014. También indica que la Ley 1819 de 2016 eliminó ese retiro gradual.
Para 2025, se proyecta un recaudo de $16,28 billones, equivalente al 5,53% del total recaudado ese año. Ese peso fiscal es uno de los argumentos que explican por qué el proyecto propone una reducción escalonada y no inmediata.
Con base en proyecciones oficiales del Ministerio de Hacienda, la pérdida fiscal sería de:
- $2,4125 billones en 2028.
- $5,1 billones en 2029.
Luego subiría a:
- $8,1375 billones en 2030
- $11,5000 billones en 2031
- $15,3125 billones en 2032
- $19,5000 billones en 2033.
- $24,1500 billones en 2034.
- $29,3000 billones en 2035.
El documento remarca un impacto diferenciado sobre las micro y pequeñas empresas y sobre personas naturales que ejercen una profesión u oficio. Señala que la exención de 350 UVT mensuales ($18.330.900) solo aplica para personas naturales y que las personas jurídicas no tienen ningún umbral de exención.
También indica que la deducción del 50% del GMF pagado solo compensa una parte del costo. Según la Comisión de Expertos en Beneficios Tributarios, para sociedades con tarifa general de renta del 32% eso equivale a un beneficio financiero del 16% de la obligación pagada, por lo que la carga efectiva sigue en 84%.
Dicha comisión afirmó que “el GMF es un impuesto distorsionante que desincentiva el ingreso de las empresas a la economía formal y disuade la inversión nacional y extranjera”. En otra recomendación recogida en el texto, planteó que “el impuesto podría cobijar los retiros en efectivo, en lugar de un Gravamen a los Movimientos Financieros por medios bancarios o digitales”.
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