
A pocos días de la instalación del nuevo Congreso de la República, el Consejo Nacional Electoral (CNE) deberá tomar una decisión que podría modificar la conformación de la Cámara de Representantes para el periodo 2026-2030.
Ante la autoridad electoral fueron radicadas solicitudes para revocar la inscripción de Anyela Viviana Guanga Marquínez y José Francisco Ibalde Ibarra, integrantes de la lista del movimiento Libres avalada por el Consejo Comunitario El Naranjo, quienes resultaron elegidos por la Circunscripción Especial Afro.
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La controversia gira en torno a una presunta inhabilidad constitucional relacionada con la celebración de contratos con entidades públicas dentro del periodo establecido por la ley para quienes aspiran a integrar el Congreso.
La decisión del CNE es determinante porque, de prosperar alguna de las solicitudes, podría alterarse la asignación de las dos curules afro en la Cámara de Representantes, una representación que ha sido objeto de disputa entre el movimiento Libres y el Partido Demócrata Colombiano.

Según informó El Heraldo, Libres sostiene que obtuvo más de 159.000 votos en todo el país, cifra que, a su juicio, le otorga el derecho a conservar ambos escaños de la Circunscripción Especial Afro.
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Sin embargo, el Partido Demócrata Colombiano considera que debe quedarse con la segunda curul, por lo que el desenlace del proceso electoral quedó sujeto al escrutinio definitivo y a las solicitudes de revocatoria presentadas contra los dos candidatos.
Las peticiones fueron sustentadas con base en el numeral tercero del artículo 179 de la Constitución Política, norma que establece que no podrán ser congresistas quienes hayan intervenido en la celebración de contratos con entidades públicas dentro del periodo señalado por la legislación.
Los promotores de las solicitudes argumentan que el debate dejó de ser exclusivamente político y debe resolverse bajo criterios estrictamente constitucionales, teniendo en cuenta los requisitos de elegibilidad para acceder al Congreso.
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En el caso de Anyela Viviana Guanga Marquínez, la solicitud señala que suscribió un contrato con la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E. el 29 de septiembre de 2025. El objeto del contrato era prestar servicios de apoyo a la gestión administrativa y asistencial en el área de Gestión del Riesgo en Salud.

De acuerdo con la documentación citada por el medio, el contrato inició su ejecución el 30 de septiembre de 2025 y posteriormente fue objeto de varias adiciones, extendiendo su vigencia hasta el 15 de enero de 2026.
Respecto a José Francisco Ibalde Ibarra, la controversia no se centra en el contrato original suscrito el 21 de marzo de 2025 con el Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal, sino en un otrosí firmado el 24 de septiembre del mismo año.
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Ese documento prorrogó la vigencia del contrato y amplió su ejecución hasta el 31 de diciembre de 2025, aspecto que, según los solicitantes, tendría efectos jurídicos frente al régimen de inhabilidades previsto para los aspirantes al Congreso.
Como soporte de sus argumentos, quienes promovieron las solicitudes aportaron contratos, registros del Sistema Electrónico para la Contratación Pública (Secop II), reportes Paco, cuentas de cobro y otros documentos relacionados con la ejecución contractual.
En el caso de Ibalde Ibarra también invocaron jurisprudencia del Consejo de Estado que, según sostienen, reconoce que determinadas prórrogas o modificaciones contractuales pueden constituir un nuevo acto jurídico para efectos del análisis de las inhabilidades electorales.
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El punto que ahora deberá resolver el Consejo Nacional Electoral consiste en establecer si esos contratos o sus modificaciones se encuentran dentro de las prohibiciones previstas por la Constitución y si, en consecuencia, procede la revocatoria de las inscripciones de los dos representantes electos.

En caso de que la autoridad electoral concluya que alguno de los candidatos incurrió en una causal de inhabilidad, deberá aplicar las consecuencias previstas en la legislación electoral para determinar quién ocupará legítimamente las curules correspondientes a la Circunscripción Especial Afro en la Cámara de Representantes.
Mientras esa definición avanza, el CNE convocó para este viernes 17 de julio una nueva audiencia pública con el propósito de continuar el proceso de escrutinio y declarar oficialmente la elección de la circunscripción especial afrodescendiente.
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La diligencia fue programada para las 9:00 a. m. en el Pabellón 1 de Corferias, en Bogotá, y hace parte del cronograma de escrutinios que adelanta la autoridad electoral antes de la instalación del nuevo Congreso.
La expectativa se mantiene porque la decisión del CNE podría definir no solo la validez de las candidaturas cuestionadas, sino también la composición definitiva de la representación afrodescendiente en la Cámara durante el próximo cuatrienio.
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