
Un caso de maltrato animal que conmocionó al país en noviembre de 2025 derivó en la condena a 20 meses de prisión que un juez le impuso al ciudadano Fernando Alonso Oviedo Sánchez.
El acto generó indignación nacional tras viralizarse en redes sociales por medio de un video. Los hechos ocurrieron en el municipio de San Jacinto del Cauca, departamento de Bolívar, cuando Oviedo Sánchez fue grabado azotando brutalmente a su perro con un látigo, luego de que el animal se comiera un pedazo de carne.
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La investigación, liderada por el Grupo Especial para la Lucha contra el Maltrato Animal (Gelma) de la Fiscalía General de la Nación, determinó que Oviedo Sánchez inmovilizó al perro y le propinó una golpiza que le causó lesiones de consideración.
El ataque fue captado en video por un vecino, material que resultó clave para el desarrollo del proceso judicial, que en principio apuntaba al lugar de los hechos en el municipio de Sonsón, Antioquia, pero días después se aclaró que la agresión al can no se presentó allí.
Tras la difusión de las imágenes, el caso provocó una ola de rechazo en todo el país y reavivó el debate sobre la protección de los animales y las sanciones para los agresores.
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Según lo que resolvió el ente investigador en su comunicado, el procesado aceptó los cargos de lesiones que menoscaban gravemente la salud o la integridad física de un animal, en la modalidad agravada.
Sumado a todo lo anterior, la evidencia en video permitió a las autoridades demostrar la responsabilidad de Oviedo Sánchez, quien actuó con violencia tras descubrir que el perro había tomado la carne de un mesón.
Además de la pena de prisión, el juez impuso al condenado una multa equivalente a 15 salarios mínimos legales mensuales vigentes. También fue inhabilitado por 63 meses para adquirir, tener, cuidar o refugiar animales y por cinco años para ejercer derechos y funciones públicas.
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La difusión del video generó inicialmente confusión sobre el lugar exacto de los hechos. En un primer momento se creyó que el ataque había ocurrido en Yarumal (Antioquia), pero posteriormente las autoridades confirmaron que fue en el sur de Bolívar, específicamente en Montecristo. La reacción pública llevó a las autoridades a ofrecer una recompensa para dar con el responsable, lo que finalmente motivó que Oviedo Sánchez se presentara ante las autoridades.
Así fue el proceso judicial luego de que el hoy procesado entregó al perro que maltrató

En medio de la investigación preliminar, el hombre entregó un perro, y surgieron versiones que apuntaban a que el animal agredido había muerto y que el canino entregado era diferente.
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Sin embargo, la Fiscalía aclaró que se trataba del mismo perro, que logró sobrevivir a la golpiza.
Este episodio se presentó el 3 de noviembre de 2025, y el 12 de noviembre se conoció que Oviedo Sánchez fue imputado por la Fiscalía en Bolívar después de admitir que golpeó a su perro porque se comió un trozo de carne de su almuerzo.
El expediente quedó en manos de una fiscal del Gelma, de la Seccional Bolívar, luego de precisarse que los hechos ocurrieron en una finca.
La investigación reconstruyó que la agresión incluyó golpes con un látigo, que el perro fue lanzado al piso y que también recibió patadas, con lesiones graves en su cuerpo y su organismo.
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Este caso se suma a otros episodios de violencia contra animales que han provocado acciones judiciales y sociales en Colombia.
La condena representa un nuevo precedente en la aplicación de la ley de protección animal, que prevé sanciones penales para quienes atenten gravemente contra la vida y la integridad de los animales de compañía.

En qué casos si aplicaría la Ley Ángel que castiga el maltrato animal en Colombia
En este caso no se aplicó la Ley Ángel, aprobada por el Congreso de Colombia a finales de febrero de 2025 como una norma que eleva las penas de prisión y las multas por maltrato animal y que, tras su conciliación entre Cámara y Senado y la sanción del presidente Gustavo Petro, cambiará el tratamiento penal, policivo y pedagógico de las agresiones más graves contra los animales en el país.
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La nueva regulación fija multas de 15 a 30 salarios mínimos en casos de lesiones graves y de 30 a 60 salarios mínimos cuando el hecho cause la muerte del animal. También incorpora un procedimiento sancionatorio para los casos de maltrato que no constituyan delito y castiga el abandono.
La pena privativa de la libertad se aplicará para quien mate con dolo a un animal, lo lesione gravemente o lo someta a abuso sexual superará los tres años de prisión. Ese umbral implica que esas conductas dejarán de ser excarcelables.
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