Ordenan arresto y multa al presidente de Colpensiones, Jaime Dussán Calderón, por desacato a fallo de tutela

El presidente de Colpensiones, Jaime Dussán Calderón, y el director de Historia Laboral, José Luis Santaella Bermúdez, fueron sancionados por no corregir la historia laboral de un afiliado

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Jaime Dussán Calderón, recibió una sanción de arresto y multa por desacato, tras no cumplir una orden judicial relacionada con la corrección de una historia laboral de un afiliado - crédito Colprensa
Jaime Dussán Calderón, recibió una sanción de arresto y multa por desacato, tras no cumplir una orden judicial relacionada con la corrección de una historia laboral de un afiliado - crédito Colprensa

El Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Marinilla, en el departamento de Antioquia, impuso una sanción de arresto por cinco días y una multa equivalente a cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes contra Jaime Dussán Calderón, presidente de Colpensiones, y José Luis Santaella Bermúdez, director de Historia Laboral de la entidad, tras declararlos en desacato a una orden judicial relacionada con la corrección de una historia laboral.

La decisión, contenida en el Auto Interlocutorio 661 del 7 de julio de 2026, se originó por el incumplimiento de una orden impartida por el Tribunal Superior de Antioquia que había instruido a Colpensiones a resolver de fondo una reclamación presentada por un afiliado sobre la corrección de sus semanas cotizadas.

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​​​Jaime Dussán durante su intervención en el Consejo de Ministros en Casa de Nariño, donde aseguró que  fondos privados deben trasladar dineros de afiliados que se cambiaron al régimen​ público. - crédito Andrea Puentes/Presidencia
​​​Jaime Dussán durante su intervención en el Consejo de Ministros en Casa de Nariño, donde aseguró que fondos privados deben trasladar dineros de afiliados que se cambiaron al régimen​ público. - crédito Andrea Puentes/Presidencia

La providencia judicial exigía que la entidad respondiera clara y motivadamente, con el origen detallado de las diferencias entre las semanas certificadas por Protección y las registradas en Colpensiones, y con la aclaración de si los aportes realizados entre 1982 y 1994 habían sido incluidos en la historia laboral.

El fallo indicó que, luego de vencer el plazo otorgado por el tribunal, el accionante promovió un incidente de desacato al considerar que la entidad no había dado cumplimiento a la orden.

Por su parte, desde Colpensiones se argumentó que sí había respondido al afiliado y explicó que los aportes reclamados ya figuraban en la historia laboral, y que existía un “hecho superado”.

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En la entidad también señalaron que se tramitaron gestiones ante el Ministerio de Defensa Nacional para verificar los tiempos laborados y que la certificación solicitada no era viable según la documentación expedida en 2001.

El traslado a Colpensiones suele favorecer a afiliados con más de 1.300 semanas cotizadas y salarios de cuatro o cinco salarios mínimos o más - crédito Procuraduría General de la Nación
Desde Colpensiones se afirmó que el cambio requerido ya se había realizado - crédito Procuraduría General de la Nación

No obstante, el juzgado concluyó que la conducta de la entidad no justificó el incumplimiento de la sentencia y determinó que tanto el presidente como el director de Historia Laboral incurrieron en desacato por no acatar la orden emitida el 20 de mayo de 2026.

La sanción impuesta contempla que la multa es de carácter personal y no podrá ser pagada con recursos institucionales. Además, el despacho remitió la decisión al Tribunal Superior de Antioquia para el trámite de la consulta obligatoria.

Usuarios reportan caída de plataformas de Colpensiones a días del cierre para el traslado de régimen pensional

A menos de diez días para el vencimiento de la Oportunidad de Traslado entre regímenes pensionales, cientos de usuarios han denunciado dificultades para realizar trámites en Colpensiones debido a la caída de sus sistemas tecnológicos.

La falla, confirmada por la entidad, se presentó durante un proceso planificado de fortalecimiento tecnológico y migración de infraestructura, que afectó la prestación de servicios entre el 3 y el 5 de julio.

El periodo de contingencia tecnológica coincide con la recta final para que los afiliados puedan optar por el cambio de régimen entre el sistema público y los fondos privados, un mecanismo habilitado por la reforma pensional que estará vigente hasta el jueves 16 de julio de 2026. Según cifras de Asofondos, hasta el 15 de junio más de 153.000 trabajadores ya habían realizado su traslado.

Andrés Velasco, presidente de Asofondos hace un llamado a acceder a la ventana de traslado dentro de las fechas establecidas - crédito Asofondos

Usuarios como Oliden Riaño Acelas, funcionario público de Bucaramanga, relataron que debieron acudir en varias ocasiones a los puntos de atención de Colpensiones, sin éxito para completar sus diligencias.

“He ido a Colpensiones el lunes de la semana pasada y me dijeron que estaban sin sistema”, explicó Riaño, quien solo recibió como alternativa un número de contacto para verificar la reactivación del servicio.

A través de redes sociales, el abogado especializado en pensiones Óscar Iván Palacio Tamayo manifestó su preocupación por la indisponibilidad digital en este periodo clave, resaltando que “Colpensiones SIN SISTEMA a días del plazo. Exijo respuestas por caída de plataformas. Esto es gravísimo porque hay un plazo perentorio para el cálculo actuarial”.

La información oficial de Colpensiones señaló que la migración tecnológica fue suspendida temporalmente para garantizar la continuidad de la atención y se retomaría bajo protocolos definidos para este tipo de intervenciones, pero hasta la fecha no se ha emitido un pronunciamiento específico sobre las fallas reportadas después del 5 de julio.

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