Paciente murió poco después de realizarse una cirugía maxilofacial: el odontólogo y el anestesiólogo fueron enviados a la cárcel por homicidio culposo

Un juez los condenó por homicidio culposo. Según la Fiscalía, el procedimiento no contaba con los permisos requeridos por las restricciones establecidas durante la emergencia por covid-19

Mesa de acero con instrumental quirúrgico, placas ortopédicas, clavos, tornillos, bisturí, gasas blancas, jeringas con agujas y paño verde en primer plano. Fondo de quirófano.
La justicia condena a dos médicos por la muerte de una mujer tras una cirugía hecha en plena restricción sanitaria - crédito Imagen Ilustrativa Infobae
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Un juez de conocimiento de Bogotá condenó a 32 meses de prisión al odontólogo David Santiago Martínez Laverde y al anestesiólogo Luis Fernando Ortiz Laverde tras encontrarlos penalmente responsables, en calidad de coautores, del delito de homicidio culposo por la muerte de Laura Espinosa Barrero, una paciente que falleció días después de someterse a una cirugía maxilofacial realizada en junio de 2021.

La decisión judicial se produjo con fundamento en las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación, que durante el juicio oral acreditó que el procedimiento fue practicado desconociendo las restricciones sanitarias vigentes durante la emergencia ocasionada por la pandemia del covid-19.

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Según determinó la investigación, la intervención quirúrgica no tenía carácter urgente ni prioritario, razón por la cual no podía realizarse mientras estuvieran vigentes las medidas excepcionales establecidas por el Decreto Distrital 199 del 4 de junio de 2021, expedido por la Alcaldía Mayor de Bogotá para hacer frente a la emergencia sanitaria.

El fallo corresponde a una decisión de primera instancia, lo que quiere decir que aún no está en firme y puede ser apelado mediante los recursos previstos en la ley para que una instancia superior revise la sentencia.

El caso de Laura Espinosa da un giro judicial: la cirugía no autorizada en pandemia termina en condena - crédito Reuters
El caso de Laura Espinosa da un giro judicial: la cirugía no autorizada en pandemia termina en condena - crédito Reuters

La cirugía que terminó en tragedia

Los hechos ocurrieron el 9 de junio de 2021. Ese día, Laura Espinosa Barrero ingresó a una clínica ubicada en el norte de Bogotá para someterse a una cirugía maxilofacial.

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De acuerdo con la información presentada durante el proceso judicial, el procedimiento tuvo una duración aproximada de cuatro horas. Una vez concluyó la intervención, la paciente fue trasladada a la sala de recuperación posquirúrgica, donde inicialmente permaneció bajo observación médica.

Sin embargo, pocas horas después comenzaron a evidenciarse complicaciones, pues el equipo médico detectó un cuadro de origen neurológico que obligaba a remitir a la paciente a una institución hospitalaria con mayor capacidad para atender la emergencia.

No obstante, la remisión no pudo efectuarse de manera inmediata. Según expuso la Fiscalía, las restricciones que permanecían vigentes por la emergencia sanitaria dificultaron el traslado oportuno hacia otro centro asistencial, por lo que este solo pudo concretarse en horas de la noche.

Una cirugía no urgente terminó en condena en Bogotá - crédito EFE
Una cirugía no urgente terminó en condena en Bogotá - crédito EFE

A pesar de la atención médica recibida posteriormente, el estado de salud de Laura Espinosa continuó deteriorándose de manera progresiva. Finalmente, falleció el 16 de junio de 2021 como consecuencia del compromiso neurológico que presentó tras la intervención.

Lo que concluyó la Fiscalía durante el juicio

Durante el desarrollo del juicio oral, un fiscal de la Delegada para la Seguridad Territorial presentó los elementos probatorios con los que buscó demostrar que la cirugía fue realizada en contravía de las disposiciones adoptadas por el Distrito para controlar la pandemia del covid-19.

En particular, la Fiscalía sostuvo que el procedimiento desconoció las limitaciones establecidas en el Decreto Distrital 199 del 4 de junio de 2021, norma mediante la cual la Alcaldía Mayor de Bogotá restringió la realización de procedimientos médicos que no fueran urgentes o prioritarios mientras permanecieran vigentes las medidas excepcionales.

Según el ente acusador, la cirugía maxilofacial practicada a Laura Espinosa no reunía esas condiciones, motivo por el cual no debía haberse realizado durante ese periodo.

Dibujo a mano alzada en blanco y negro de una sala de operaciones. Se ven tres figuras con batas y mascarillas alrededor de una mesa de cirugía, y un monitor cardiaco plano.
Un juez de Bogotá halló responsables a dos profesionales de la salud por homicidio culposo, al concluir que el procedimiento realizado en junio de 2021 incumplió las normas distritales activas por el covid-19 - crédito Imagen Ilustrativa Infobae

Para la Fiscalía, esa circunstancia resultó determinante dentro del proceso penal y permitió acreditar la responsabilidad del odontólogo y del anestesiólogo en los hechos investigados.

Teniendo en cuenta las pruebas aportadas durante el proceso, el juez declaró penalmente responsables al odontólogo David Santiago Martínez Laverde y al anestesiólogo Luis Fernando Ortiz Laverde por el delito de homicidio culposo, en calidad de coautores.

Como consecuencia de esa decisión, ambos profesionales fueron condenados a cumplir una pena de 32 meses de prisión.

Más allá de las complicaciones médicas que se presentaron durante el procedimiento, el proceso penal giró en torno a la legalidad de haber practicado una cirugía que, de acuerdo con la investigación de la Fiscalía, no estaba autorizada por las medidas sanitarias que regían en Bogotá durante junio de 2021.

La secretaría de Salud del Meta y Villavicencio hicieron un llamado a la ciudadanía para que hagan uso del tapabocas, así como proteger a los más vulnerables como niños y adultos mayores - crédito Colprensa.
El ente acusador sostuvo en juicio oral que el procedimiento incumplió el Decreto Distrital 199 del 4 de junio de 2021, que limitaba actos no urgentes durante la emergencia sanitaria - crédito Colprensa.

En ese momento, Colombia aún enfrentaba uno de los periodos más complejos de la emergencia por covid-19 y varias entidades territoriales mantenían restricciones para disminuir la presión sobre el sistema hospitalario y limitar la realización de procedimientos médicos que no fueran indispensables.

Precisamente, la Fiscalía argumentó que la intervención realizada a Laura Espinosa Barrero incumplió esas disposiciones, lo que finalmente derivó en la condena de los dos profesionales de la salud.

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