A la cárcel odontólogo y anestesiólogo que causaron la muerte de Laura Espinosa tras cirugía realizada en plena pandemia y sin autorización

Un juez los condenó por homicidio culposo. Según la Fiscalía, el procedimiento no contaba con los permisos requeridos por las restricciones establecidas durante la emergencia por covid-19

Guardar
Google icon
Mesa de acero con instrumental quirúrgico, placas ortopédicas, clavos, tornillos, bisturí, gasas blancas, jeringas con agujas y paño verde en primer plano. Fondo de quirófano.
La justicia condena a dos médicos por la muerte de una mujer tras una cirugía hecha en plena restricción sanitaria - crédito Imagen Ilustrativa Infobae

Un juez de conocimiento de Bogotá condenó a 32 meses de prisión al odontólogo David Santiago Martínez Laverde y al anestesiólogo Luis Fernando Ortiz Laverde tras encontrarlos penalmente responsables, en calidad de coautores, del delito de homicidio culposo por la muerte de Laura Espinosa Barrero, una paciente que falleció días después de someterse a una cirugía maxilofacial realizada en junio de 2021.

La decisión judicial se produjo con fundamento en las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación, que durante el juicio oral acreditó que el procedimiento fue practicado desconociendo las restricciones sanitarias vigentes durante la emergencia ocasionada por la pandemia del covid-19.

PUBLICIDAD

Según determinó la investigación, la intervención quirúrgica no tenía carácter urgente ni prioritario, razón por la cual no podía realizarse mientras estuvieran vigentes las medidas excepcionales establecidas por el Decreto Distrital 199 del 4 de junio de 2021, expedido por la Alcaldía Mayor de Bogotá para hacer frente a la emergencia sanitaria.

Sin embargo, el fallo, que corresponde a una decisión de primera instancia, puede ser apelado mediante los recursos previstos en la ley.

El caso de Laura Espinosa da un giro judicial: la cirugía no autorizada en pandemia termina en condena - crédito Reuters
El caso de Laura Espinosa da un giro judicial: la cirugía no autorizada en pandemia termina en condena - crédito Reuters

La cirugía que terminó en tragedia

Los hechos ocurrieron el 9 de junio de 2021. Ese día, Laura Espinosa Barrero ingresó a una clínica ubicada en el norte de Bogotá para someterse a una cirugía maxilofacial.

PUBLICIDAD

De acuerdo con la información presentada durante el proceso judicial, el procedimiento tuvo una duración aproximada de cuatro horas. Una vez concluyó la intervención, la paciente fue trasladada a la sala de recuperación posquirúrgica, donde inicialmente permaneció bajo observación médica.

Sin embargo, pocas horas después comenzaron a evidenciarse complicaciones, pues el equipo médico detectó un cuadro de origen neurológico que obligaba a remitir a la paciente a una institución hospitalaria con mayor capacidad para atender la emergencia.

No obstante, la remisión no pudo efectuarse de manera inmediata. Según expuso la Fiscalía, las restricciones que permanecían vigentes por la emergencia sanitaria dificultaron el traslado oportuno hacia otro centro asistencial, por lo que este solo pudo concretarse en horas de la noche.

Una cirugía no urgente terminó en condena en Bogotá - crédito EFE
Una cirugía no urgente terminó en condena en Bogotá - crédito EFE

A pesar de la atención médica recibida posteriormente, el estado de salud de Laura Espinosa continuó deteriorándose de manera progresiva. Finalmente, falleció el 16 de junio de 2021 como consecuencia del compromiso neurológico que presentó tras la intervención.

Lo que concluyó la Fiscalía durante el juicio

Durante el desarrollo del juicio oral, un fiscal de la Delegada para la Seguridad Territorial presentó los elementos probatorios con los que buscó demostrar que la cirugía fue realizada en contravía de las disposiciones adoptadas por el Distrito para controlar la pandemia del covid-19.

En particular, la Fiscalía sostuvo que el procedimiento desconoció las limitaciones establecidas en el Decreto Distrital 199 del 4 de junio de 2021, norma mediante la cual la Alcaldía Mayor de Bogotá restringió la realización de procedimientos médicos que no fueran urgentes o prioritarios mientras permanecieran vigentes las medidas excepcionales.

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD