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Alistan ponencia del CNE para otorgar la personería jurídica al movimiento Defensores de la Patria de Abelardo de la Espriella

El grupo significativo de ciudadanos cumpliría con todos los requisitos constitucionales, legales y jurisprudenciales para obtener el reconocimiento legal

La Sala Plena del CNE tomará la decisión sobre la personería jurídica de Defensores de la Patria, de Abelardo de la Espriella - crédito Luisa González/Reuters
La Sala Plena del CNE tomará la decisión sobre la personería jurídica de Defensores de la Patria, de Abelardo de la Espriella - crédito Luisa González/Reuters
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El posible otorgamiento de la personería jurídica para el grupo significativo de ciudadanos Defensores de la Patria del presidente electo Abelardo de la Espriella ya estaría listo. Noticias RCN reveló la ponencia mediante la cual se propone aprobar dicha personería jurídica.

En el texto se indica que la solicitud fue radicada el 30 de junio de 2026 por el mandatario electo y el apoderado del grupo significativo de ciudadanos Nicolás Farfán Námen. En la petición que allegaron a la autoridad electoral se indica que el movimiento fue registrado ante la Registraduría Nacional del Estado Civil el 16 de julio de 2025, para respaldar la candidatura del hoy presidente electo Abelardo de la Espriella.

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De igual manera, precisa que el grupo significativo de ciudadanos recolectó un “número considerable” de apoyos, los cuales fueron presentados ante la Registraduría en su momento para garantizar la postulación del entonces aspirante.

Sala de reuniones vacía con logo del CNE en la pared. Mesa de madera oscura con sillas, iluminada por luz cenital, mostrando una laptop y una carpeta cerrada.
El magistrado Campo del CNE aseguró que el movimiento Defensores de la Patria cumple con los requisitos para tener personería jurídica - crédito Imagen Ilustrativa Infobae/VisualesIA ScribNews

En la primera vuelta de las elecciones presidenciales, llevada a cabo el 31 de mayo de 2026, De la Espriella y su fórmula vicepresidencial, José Manuel Restrepo, alcanzaron 10.336.143 votos válidos y, en la segunda vuelta presidencial, realizada el 21 de junio, logró 12.960.166 votos, verificados por el Consejo Nacional Electoral a través de los escrutinios.

En consecuencia, la ponencia resuelve: “Reconocer personería jurídica al partido político Defensores de la Patria (...). Inscribir en el Registro único de Partidos y Movimientos Políticos con Personería Jurídica -Rupym- de manera provisional al ciudadano Camilo Andrés Noguera Abello como director nacional provisional del partido político”.

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De acuerdo con Caracol Radio, el magistrado del CNE Alfonso Campo ya radicó la ponencia en la que se solicita el reconocimiento de la personería jurídica del movimiento. De acuerdo con el informativo, el togado argumentó que el grupo significativo de ciudadanos “cumple los requisitos constitucionales, legales y jurisprudenciales” para recibir ese reconocimiento legal. La Sala Plena del CNE tomará la decisión.

El artículo 2 del Decreto 2959 de 1997 establece que el certificado electoral deja de ser válido al elegirse un nuevo mandato o una corporación equivalente - crédito @Registraduria/X
En las elecciones del 21 de junio, De la Espriella logró 12.960.166 votos, verificados por el Consejo Nacional Electoral a través de los escrutinios - crédito @Registraduria/X

De acuerdo con el CNE, la personería jurídica se otorga cuando el grupo significativo de ciudadanos o movimiento obtuvo una votación no inferior al 3% de los votos emitidos válidamente en el territorio nacional en las elecciones de Senado o Cámara de Representantes. En este caso, Defensores de la Patria no participó en las elecciones legislativas del 8 de marzo de 2026 con una lista propia, por lo que su solicitud de la aprobación de una personería jurídica se sustentó en la sentencia SU-316 de 2021 de la Corte Constitucional, mediante la cual se otorgó dicho reconocimiento legal a Colombia Humana, el movimiento político del presidente Gustavo Petro, que en 2018 participó en las elecciones presidenciales y ocupó el segundo lugar con más de ocho millones de votos obtenidos en la segunda vuelta.

La Corte concluyó que hay un vacío en el acceso a la personería jurídica en los casos en los que los candidatos independientes participan en las elecciones presidenciales con el aval de grupos significativos de ciudadanos.

La Corte Constitucional avaló la personería jurídica del movimiento Colombia Humana de Gustavo Petro, pese a que no participó en las elecciones legislativas - crédit Sergio Reyes/AP
La Corte Constitucional avaló la personería jurídica del movimiento Colombia Humana de Gustavo Petro, pese a que no participó en las elecciones legislativas - crédit Sergio Reyes/AP

El respaldo popular significativo expresado en las urnas, concurre en el caso del Grupo Significativo de Ciudadanos Defensores de la Patria con una intensidad cuantitativamente superior a la que tuvo Colombia Humana en 2018, en tanto la votación obtenida por la fórmula ganadora no solo superó ampliamente el umbral del tres por ciento (3%) proyectado sobre la votación válida nacional, sino que representó la mayoría de dicha votación, confiriéndole el mandato constitucional de dirigir el Gobierno Nacional para el período 2026-2030”, argumentó el magistrado Campo en la ponencia, citado por El Tiempo.

El documento indica que es posible otorgar la personería jurídica al grupo significativo de ciudadanos porque cuenta con un acta de asamblea fundacional, un código de ética, estatutos, una plataforma ideológica y pragmática, una lista de afiliados fundadores, una prueba de designación de directivos y un régimen disciplinario.

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