La muerte de una perrita llamada Paca, lanzada desde un quinto piso en Villa del Rosario, desató la furia de la comunidad y obligó a la Policía Metropolitana a intervenir para proteger al presunto responsable, quien ya se encuentra bajo custodia de las autoridades - crédito Cúcuta online / Facebook
Un caso de maltrato animal ocurrido en el edificio Manhattan, del municipio de Villa del Rosario, en Norte de Santander, generó indignación entre los vecinos del lugar. Un hombre arrojó a una perra llamada Paca desde un quinto piso.
Tras el hecho, la comunidad intentó agredir al hombre. Ante la tensión, la Policía Metropolitana intervino para evitar un linchamiento, retiró al señalado del lugar y luego lo entregó a las autoridades competentes.
El animal, de raza pincher, sufrió heridas graves por la caída y, a pesar de los intentos por salvarla, falleció horas después.
Según testigos, el hombre implicado habría actuado bajo el efecto de sustancias psicoactivas. La noticia se difundió rápidamente y generó una ola de rechazo en redes sociales, donde animalistas y ciudadanos exigieron justicia y sanciones ejemplares.
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La crueldad contra la perrita Paca, arrojada desde lo alto de un edificio en Villa del Rosario, provocó una ola de indignación vecinal y llevó a la intervención policial para evitar un linchamiento en el lugar - crédito Victor Caicedo / Facebook
Organizaciones defensoras de los animales han advertido sobre el aumento de agresiones contra mascotas en Cúcuta y municipios cercanos. El episodio ha impulsado a la comunidad a reclamar que se aplique la legislación vigente para castigar este tipo de crueldad, mientras las autoridades continúan las investigaciones.
Las reformas al Código Penal colombiano introducidas por la Ley 2455 de 2025, conocida popularmente como Ley Ángel, marcan un cambio relevante en la forma en que el país sanciona los delitos contra los animales. Las penas por causar la muerte de un animal ahora contemplan prisión de 32 a 56 meses, una medida que busca fortalecer la protección de los seres vivos en todo el territorio nacional.
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El marco normativo actualizado establece que, además del tiempo en prisión, quien incurra en este delito deberá afrontar multas económicas que oscilan entre 30 y 60 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Esta sanción económica se suma a la privación de la libertad, lo que representa un impacto considerable para quienes sean declarados responsables por la justicia.

Una consecuencia adicional es la inhabilitación especial. Quienes sean condenados por causar la muerte a un animal no podrán ejercer profesiones, oficios ni actividades comerciales vinculadas al cuidado, protección o contacto con animales durante un periodo que puede ir de dos a cinco años. Esta medida afecta especialmente a quienes trabajan en sectores veterinarios o de manejo animal, cerrando la posibilidad de reincidir en dicho entorno laboral.
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La restricción definitiva en la tenencia de animales es otra de las sanciones previstas. Los condenados pierden, de forma permanente, el derecho a adquirir, tener bajo su cuidado o refugiar animales, lo que busca evitar la reiteración de conductas violentas.
El artículo 339A del Código Penal es el apartado legal donde se tipifican las conductas y sanciones por actos de maltrato o muerte de animales. Esta disposición fue modificada específicamente por la Ley Ángel, que endureció tanto el rango de las penas de prisión como las sanciones accesorias.

Las penas pueden incrementarse si concurren circunstancias agravantes. El artículo 339B establece que la condena será mayor si el hecho se comete con sevicia, en lugares públicos, frente a menores de edad o si involucra actos sexuales con los animales. Estas circunstancias buscan proteger tanto a los animales como a la sociedad de conductas especialmente lesivas.
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Sanciones para el maltrato animal sin resultado de muerte
El artículo 339C de la Ley Ángel se refiere a los casos en los que no hay muerte, pero sí lesiones graves. La pena de prisión en estos casos se sitúa entre 20 y 42 meses (aproximadamente de 1 año y 8 meses a 3 años y 6 meses). Además, la multa puede ser de 15 a 30 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Quienes trabajan en profesiones relacionadas con el cuidado animal y resulten condenados por maltrato, aunque no causen la muerte del animal, también enfrentan inhabilitación profesional de uno a tres años. Este castigo pretende desalentar la reincidencia y garantizar que los entornos de trabajo vinculados a animales sean espacios seguros.
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