
La Registraduría presentó la tarjeta electoral para la segunda vuelta presidencial del 21 de junio, en la que Colombia elegirá presidente y vicepresidente para el periodo constitucional 2026-2030.
Según la entidad, los votantes deben marcar una sola opción en todo el tarjetón; si seleccionan más de una alternativa, el voto será anulado.
De acuerdo con la Registraduría Nacional del Estado Civil, el orden de las dos fórmulas se mantendrá como quedó definido en el sorteo de la primera vuelta, en aplicación del artículo 6 de la Ley 163 de 1994.
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En la ubicación #1 aparecerá la fórmula de Iván Cepeda Castro y Aida Quilcué Vivas; en la ubicación #2, la de Abelardo de la Espriella y José Manuel Restrepo.
El tarjetón también incluirá la casilla de voto en blanco, según la Registraduría. La entidad pidió a los ciudadanos revisar con anticipación el diseño de la tarjeta electoral antes de acudir a las urnas el 21 de junio.
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La jornada electoral definirá quién ocupará la Casa de Nariño durante los próximos cuatro años, luego de que ninguno de los aspirantes alcanzara la mayoría requerida para ganar en primera vuelta. Los colombianos deberán escoger entre las dos fórmulas que obtuvieron la mayor votación el pasado 31 de mayo, en una contienda que se perfila como una de las más reñidas de los últimos años.
La autoridad electoral recordó que el diseño del tarjetón mantiene el mismo orden establecido previamente, con el fin de garantizar estabilidad y transparencia en el proceso. Asimismo, insistió en la importancia de que los ciudadanos se familiaricen con el documento para evitar errores al momento de ejercer su derecho al voto.
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La Registraduría también confirmó que los colombianos residentes en el exterior podrán participar en la segunda vuelta entre el 15 y el 21 de junio. A diferencia de lo que ocurre dentro del territorio nacional, donde la votación se realiza en una sola jornada, en los consulados habilitados alrededor del mundo el proceso se extiende durante una semana.
Según las cifras oficiales, 1.414.661 colombianos están habilitados para votar fuera del país, distribuidos en 253 puestos de votación ubicados en 67 países. Del total, 777.343 son mujeres y 637.318 son hombres. La entidad precisó que el censo electoral general para las elecciones presidenciales de 2026 asciende a 41.421.973 ciudadanos, de los cuales más de 40 millones podrán sufragar dentro de Colombia.
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Los resultados oficiales de la primera vuelta, divulgados por el Consejo Nacional Electoral, dejaron como finalistas a Abelardo de la Espriella, del movimiento Defensores de la Patria, y a Iván Cepeda, del Pacto Histórico. De la Espriella obtuvo el 43,73 % de los votos válidos, mientras que Cepeda alcanzó el 40,91 %, lo que obligó a realizar una nueva votación para definir al próximo mandatario.
La necesidad de una segunda vuelta está contemplada en el artículo 190 de la Constitución Política de 1991, que establece que un candidato solo puede ser elegido presidente en primera vuelta si obtiene más del 50 % de los votos válidos. Cuando ningún aspirante alcanza ese umbral, los dos más votados avanzan a una elección definitiva que debe celebrarse tres semanas después.
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En esta etapa ya no se exige mayoría absoluta. El ganador será simplemente quien obtenga más votos que su contendiente, independientemente de la diferencia que exista entre ambos resultados.
La Registraduría recordó además que el censo electoral utilizado en la primera vuelta será exactamente el mismo para la segunda. Esto significa que no podrán incorporarse nuevos votantes ni realizar modificaciones una vez concluido el período oficial de inscripción de cédulas.
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La entidad también aclaró que los ciudadanos inscritos para votar en Colombia no podrán hacerlo en el exterior si se encuentran temporalmente fuera del país por motivos de turismo, trabajo o negocios. Del mismo modo, quienes no quedaron habilitados antes del cierre del censo electoral tampoco podrán participar en la jornada definitiva.

Entre las personas excluidas del censo se encuentran los ciudadanos condenados con pérdida de derechos políticos, los integrantes activos de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, los ciudadanos fallecidos y quienes tengan sus documentos cancelados por situaciones como doble cedulación, falsa identidad o suplantación.
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Tampoco podrán votar los extranjeros residentes en Colombia, ya que la legislación vigente les permite participar únicamente en algunos procesos electorales de carácter local o regional. Asimismo, quedan por fuera quienes hayan renunciado formalmente a la nacionalidad colombiana y los jóvenes que alcanzaron la mayoría de edad después de la fecha límite establecida para integrar el censo electoral.
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