
Una demanda presentada ante la Corte Constitucional de Colombia cuestiona la exclusión de personas con discapacidad de cargos en entidades estatales bajo regímenes especiales, como la Fiscalía General de la Nación, la Registraduría Nacional del Estado Civil y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).
El recurso pretende que dichas entidades cumplan con lo estipulado en la Ley 2418 de 2024, que amplió la inclusión laboral para esta población en el sistema general de la administración pública, según información revelada por El Espectador.
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Aunque la normativa garantizó ciertos cupos y la gratuidad de las inscripciones a concursos públicos para personas con discapacidad, el demandante sostiene que la cobertura quedó restringida al régimen general y no incluyó los regímenes especiales ni específicos de entidades.

El documento presentado a la Corte Constitucional, citado por el diario mencionado, afirma que existe “una omisión legislativa”, ya que la ley pretendía proteger a personas con discapacidades, pero omitió el régimen de contratación de funcionarios públicos en estas instituciones.
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Por ello, solicita que el alto tribunal revise y condicione la ley para que los beneficios laborales que ahora aplican en el sistema general alcancen también a quienes aspiran a ingresar a las denominadas “ías”.
Postura de las entidades
Este debate cobra relevancia porque, según el concepto enviado por la Dian a la Sala Plena del alto tribunal, la supuesta omisión legislativa no existe en sus procesos, ya que su normativa interna contempla mecanismos para “hacer extensivas las medidas de la Ley 2418 de 2024 a sus procesos de selección”.
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En ese sentido, la entidad tributaria afirma que el régimen especial bajo el cual contrata su personal ya prevé la protección para aspirantes con discapacidad, respondiendo así a la demanda presentada y desestimando la necesidad de una modificación de la ley en su caso particular, de acuerdo con la información suministrada a El Espectador.
La Fiscalía General de la Nación, por su parte, remarcó ante la Corte que establecer cupos obligatorios para ciertos grupos poblacionales “no exalta el mérito” y que el modelo de acciones afirmativas concebido en el sistema general no puede confundirse ni imponerse en los regímenes exceptuados como el de la Fiscalía.
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A criterio del ente investigador, “la aplicación de la norma no debe ser extensiva a los regímenes especiales, aunado al hecho de la especificidad con el que cuenta el ente investigador”.

Respaldo a la demanda
La acción judicial cuenta con el respaldo de la Procuraduría General de la Nación y el Ministerio de la Igualdad.
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Por un lado, el órgano de control señaló que, pese a las diferencias funcionales de los regímenes especiales, todos los aspirantes enfrentan requisitos de mérito, procesos competitivos y los mismos obstáculos estructurales si presentan alguna discapacidad.
De acuerdo con la postura de la Procuraduría, la ley 2418 de 2024 no garantiza adecuadamente “la igualdad, la protección reforzada y la inclusión laboral de esta población” porque su alcance no cubre el acceso a entidades regidas por regímenes especiales o específicos.
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Ante ello, la Procuraduría solicitó que los beneficios y protecciones consagrados en la ley para personas con discapacidad sean extendidos, con alcance a la Fiscalía, la DIAN, la Registraduría, la Rama Judicial y los distintos entes de control del Estado colombiano.

Entre tanto, la cartera de Igualdad argumentó ante la Corte Constitucional que la exclusión de regímenes especiales carece de “justificación objetiva ni razonable” porque las barreras de acceso que enfrenta la población con discapacidades son de índole estructural. Desde esa perspectiva, sostiene que la protección laboral no debe depender del tipo de régimen de carrera en el Estado, sino de la condición de vulnerabilidad de las personas.
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Hasta el momento, el análisis de la demanda se encuentra bajo la ponencia de la magistrada Natalia Ángel Cabo, quien lidera desde septiembre de 2023 la discusión sobre la pertinencia del artículo de la ley 2418 de 2024 que modifica el sistema de acceso y ascenso en la carrera administrativa estatal.
La decisión final recaerá en los nueve magistrados que integran la Sala Plena de la Corte Constitucional, quienes deberán determinar si la ley que emanó del Congreso excluye injustificadamente a funcionarios aspirantes por su discapacidad o si corresponde mantener la autonomía de los regímenes especiales en la administración pública.
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