
El Consejo de Estado admitió una demanda de nulidad contra el Decreto 0030 de 2026 con el que el Gobierno nacional ordenó eliminar una prima que hacía parte de la remuneración de los congresistas, medida que comenzaría a regir a partir del 20 de julio.
El caso no solo involucra la reducción de los ingresos de los legisladores, sino que también tendría efectos directos sobre los salarios de magistrados, jueces, fiscales y otros funcionarios públicos cuyos ingresos dependen de esa base salarial.
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La decisión de admitir la demanda se dio luego de que el demandante, el abogado Sady Andrés Orjuela Bernal, subsanara los requisitos exigidos en una etapa previa del proceso. “ADMITIR la demanda de nulidad formulada por el señor Sady Andrés Orjuela Bernal contra La Nación – Presidencia de la República - Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP)”, señala el auto del 9 de abril de 2026, conocido por Infobae Colombia.
Impedimentos y traslado a conjueces
El proceso ha tenido particularidades desde su inicio. Los seis magistrados titulares de la Sección Segunda del Consejo de Estado se declararon impedidos para conocer el caso, argumentando que la decisión podría afectar sus propios ingresos. Esto se debe a que, por disposición legal, los salarios de los magistrados están atados a los ingresos de los congresistas.
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Ante esta situación, el expediente quedó en manos de conjueces, quienes asumieron el estudio del caso. El conjuez Héctor Santaella Quintero fue designado como ponente y lidera el análisis de fondo del proceso, que incluye tanto la validez del decreto como la solicitud de suspensión provisional presentada por el demandante.
El decreto en cuestión, expedido el 19 de enero de 2026, derogó una norma vigente desde 2013 que establecía una prima especial de servicios para los congresistas. Esta prima reemplazaba otros beneficios y, con los ajustes acumulados, alcanzaba actualmente cerca de 16 millones de pesos mensuales.
Argumentos de la demanda
El demandante sostiene que la eliminación de esta prima vulnera principios constitucionales y derechos laborales. En la demanda se argumenta que la medida constituye un retroceso en materia de derechos sociales. “El Decreto 0030 de 2026 constituye una medida regresiva en materia de derechos sociales y laborales, dado que reduce el nivel de protección alcanzado, sin que se hayan presentado razones justificadas”, señala el documento presentado ante el alto tribunal.
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Además, el abogado Orjuela Bernal afirma que el decreto fue expedido sin los estudios técnicos necesarios. “La medida adoptada por el Gobierno Nacional carece de un estudio técnico que justifique la necesidad de la derogatoria del Decreto 2170 de 2013”, indica la demanda, en la que también se menciona que no se presentaron evaluaciones económicas, sociales o jurídicas que respaldaran la decisión.
Otro de los puntos expuestos es la presunta afectación a derechos adquiridos. Según el demandante, la prima especial ya hacía parte del patrimonio de los funcionarios públicos beneficiados. “La derogatoria del Decreto 2170 de 2013 desconoce los derechos adquiridos por los congresistas, magistrados y demás empleados públicos, afectando la confianza legítima”, se lee en el documento.
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El escrito también advierte que el impacto de la medida no se limita al Congreso. “La eliminación de la prima especial de servicios reconocida a los congresistas genera de manera automática y directa la disminución de la base salarial (...) de los demás servidores públicos”, lo que implicaría una reducción generalizada en los ingresos de funcionarios de la rama judicial y organismos de control.
Respuesta del Gobierno y estado del proceso
Tras la admisión de la demanda, entidades del Gobierno han intervenido en el proceso. El Departamento Administrativo de la Presidencia de la República presentó un recurso de reposición contra el auto admisorio, argumentando presuntos errores en la identificación de la representación legal.
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Por su parte, el Ministerio de Hacienda se opuso a la solicitud de suspensión provisional del decreto. Según esa cartera, la medida fue adoptada conforme a la ley y responde a criterios de sostenibilidad fiscal. La discusión sobre la suspensión es clave, ya que determinará si el recorte salarial entra en vigor mientras se resuelve de fondo la demanda.
El auto que admitió la demanda también ordenó notificar a las entidades involucradas y correr traslado por 30 días para que presenten sus argumentos y aporten los antecedentes administrativos del decreto. Asimismo, se dispuso informar a la comunidad sobre la existencia del proceso a través de los canales oficiales del Consejo de Estado.
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Actualmente, el conjuez ponente evalúa tanto el recurso presentado por la Presidencia como la solicitud de suspensión provisional. De su decisión dependerá si el proceso continúa su curso o si se archiva en esta etapa inicial. Mientras tanto, el análisis de fondo sobre la legalidad del decreto quedará en manos del grupo de conjueces designado para el caso.
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