
El Tribunal Administrativo de Bolívar ordenó la suspensión provisional de la intervención de Coosalud EPS, medida que había sido dispuesta por la Superintendencia Nacional de Salud desde noviembre de 2024 y prorrogada en 2025. La determinación quedó consignada en el Auto Interlocutorio 072 de 2026, suscrito el 14 de abril por el magistrado Luís Miguel Villalobos Álvarez en Cartagena.
El proceso fue impulsado por Red Integrada de Prestadores de Servicios de Salud S. A. S. – Multiservicios OL S. A. S., junto con Jaime Miguel González Montaño y Natalia Largo González, quienes acudieron a la jurisdicción contencioso administrativa para solicitar la protección del derecho colectivo a la moralidad administrativa. En su demanda pidieron suspender los actos administrativos que ordenaron la intervención y su prórroga, así como el retorno de la administración de la EPS a las directivas anteriores al 22 de noviembre de 2024.
Revisión judicial sobre la intervención
Antes de adoptar la medida cautelar, el tribunal analizó los efectos de la intervención sobre el funcionamiento de la EPS y evaluó si su continuidad podía generar una afectación actual o inminente a derechos colectivos. El auto señala que, aunque la Superintendencia Nacional de Salud tiene facultades para intervenir entidades cuando detecta fallas administrativas, financieras o en la prestación del servicio, estas acciones tienen carácter excepcional y temporal.
En el caso concreto, la intervención de Coosalud fue adoptada con el objetivo de corregir problemas internos, garantizar la atención de los afiliados y estabilizar la operación. Sin embargo, el tribunal concluyó que “el plan de acción no mostró resultados satisfactorios” y que no se evidenció una mejoría en la gestión desde noviembre de 2024.
Los demandantes argumentaron que la medida se extendió sin alcanzar los resultados previstos y señalaron que hubo cambios constantes en la dirección de la EPS durante ese periodo. También cuestionaron que la Superintendencia justificara la intervención con base en la ejecución del 6% del plan de acción a julio de 2024, sin valorar otros avances reportados por la entidad.
Adicionalmente, en su solicitud afirmaron que la situación de los usuarios se habría deteriorado durante la intervención. Como soporte, mencionaron el incremento en las peticiones, quejas y reclamos, así como el aumento de acciones de tutela y de incidentes de desacato durante 2025.
Radiografía de la intervención: cifras que marcaron el periodo

Dentro del expediente, el tribunal recopiló varios indicadores relacionados con la operación de Coosalud durante el tiempo en que estuvo bajo control de la Superintendencia. Entre los datos destacados se encuentra que entre noviembre de 2024 y noviembre de 2025 fueron designados cinco agentes interventores distintos, en medio de cambios sucesivos en la dirección.
También se incorporó una actuación de la Procuraduría General de la Nación del 12 de marzo de 2026, en la que se reportaron hallazgos administrativos, financieros y jurídicos sobre la EPS durante la intervención.
En cuanto a la atención a los usuarios, el documento indica que las peticiones, quejas y reclamos alcanzaron las 107.252 a diciembre de 2025, con un aumento del 32% frente a 2024. De igual forma, las acciones de tutela pasaron de 16.771 en 2024 a 20.216 en 2025, lo que representó un incremento del 21%.

Otros indicadores incluidos en el análisis muestran variaciones en aspectos financieros y operativos. El nivel de siniestralidad subió del 115% en 2024 al 126% a noviembre de 2025, mientras que la liquidez descendió de 1,53 en 2023 a 0,70 al cierre de 2024. Asimismo, las cuentas por cobrar con más de 180 días aumentaron significativamente, pasando de $66.188 millones en 2023 a $274.700 millones en 2024.
El patrimonio de la entidad también presentó cambios, al pasar de $283.522 millones a un valor negativo de -$859.167 millones. Estos elementos fueron considerados dentro del análisis del tribunal sobre el impacto de la intervención.
El auto también hace referencia a la decisión del Procurador Delegado Disciplinario de Instrucción Tercero para la Vigilancia Administrativa, quien suspendió provisionalmente por tres meses al agente interventor Alexander Mesa Romero. Según el documento, esa determinación se fundamentó en informes que advertían afectaciones en la prestación de servicios, la situación financiera y la red asistencial de la EPS.
Suspensión de resoluciones y medidas de seguimiento

Con base en los elementos revisados, el Tribunal Administrativo de Bolívar ordenó la suspensión provisional de la Resolución No. 2024320030015228-6 del 22 de noviembre de 2024, mediante la cual se dispuso la toma de posesión de bienes, haberes y negocios de Coosalud EPS. Igualmente, suspendió la Resolución No. 2025320030011347-6 del 21 de noviembre de 2025, que había prorrogado la intervención por un año adicional.
Como parte de las disposiciones, el tribunal ordenó a la Contraloría General de la República ejercer vigilancia administrativa, financiera y técnica sobre el funcionamiento de la EPS. La misma instrucción fue impartida a la Procuraduría General de la Nación, cada una dentro de sus competencias.
El magistrado ponente precisó que esta decisión corresponde a una medida provisional y no resuelve el fondo del litigio. En consecuencia, la suspensión de la intervención se mantendrá mientras continúa el trámite de la acción popular presentada contra la Superintendencia Nacional de Salud y el agente interventor de Coosalud EPS.
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