
El nombramiento de Cielo Rusinque como Superintendente de Industria y Comercio (SIC) se convirtió nuevamente en objeto de controversia; la funcionaria, abogada, docente y activista política cercana al presidente Gustavo Petro, fue retirada del cargo por el Consejo de Estado en marzo de 2026, pero su reincorporación motivó la preparación de una nueva demanda judicial.
El fallo del 19 de marzo de 2026 concluyó que Rusinque no cumplía con los requisitos técnicos y académicos exigidos para ocupar el cargo. La decisión señalaba que su experiencia era más política y docente que técnica en áreas de libre competencia y protección al consumidor.
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Además, uno de los puntos clave del fallo fue la verificación de un título obtenido en Francia, considerado por el Ministerio de Educación como un “título propio”, cuya equivalencia con un posgrado válido en Colombia debía analizarse con cuidado.
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La demanda inicial fue presentada por Samuel Ortiz Mancipe, que cuestionó la validez de los estudios de Rusinque y consideró que su hoja de vida no aportaba la preparación técnica necesaria para liderar la SIC.
Tras la renuncia de Rusinque el 26 de marzo de 2026, Diego Andrés Solano asumió provisionalmente la dirección de la SIC por una semana; sin embargo, el Gobierno reaccionó de inmediato.
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En abril de 2026, emitió el Decreto 0361 que flexibilizó los requisitos para el cargo, con el fin de ampliar la elegibilidad a perfiles con formación en Derecho Constitucional o Ciencia Política. Esta decisión permitió que Rusinque regresara al cargo,lo que desató un choque entre la institucionalidad judicial y la acción ejecutiva.
Abogado prepara nueva demanda contra Cielo Rusinque
Luego de esta reincorporación al cargo, Samuel Ortiz Mancipe confirmó que presentará una nueva demanda ante el Consejo de Estado, al alegar que el acto administrativo constituye un “desvío de poder”.
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Según él, en conversación con Caracol Radio, la decisión privilegia el interés particular del Gobierno por mantener a Rusinque en la superintendencia por sobre el interés general: “El Ejecutivo modificó los requisitos poco antes de la ejecutoria del fallo, habilitando artificialmente el nombramiento de la señora Rusinque”.
“Presentaremos una demanda contra el último nombramiento de la señora Cielo Rusinque al frente de la Superintendencia de Industria y Comercio. Esto porque se incurrió en una causal de nulidad de los actos administrativos que se llama desviación de poder”, señaló.
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Según Ortiz, esta situación vulnera los principios de imparcialidad y de interés general que deben regir en la administración pública, y por ello impugnarán el acto administrativo ante el Consejo de Estado.
Renuncia exprés y ley de garantías son los puntos de controversia legal
Ortiz explicó que la acción legal se fundamentará en el artículo 137 del Código Contencioso Administrativo (Cpaca), que establece la nulidad de actos cuando se comprueba que las decisiones se adoptan en beneficio de intereses particulares y no del interés público: “El gobierno privilegió su decisión de nombrar de nuevo a la señora Rusinque sobre el interés general, sin justificación válida”.
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“Días antes de la notificación de la nulidad del primer nombramiento, se ajustaron los criterios para ocupar la Superintendencia de Industria y Comercio, lo cual permitió que la señora Rusinque cumpliera con los requisitos”, explicó Ortiz para la cadena radial en mención.

Otro aspecto cuestionado es el momento del nombramiento en relación con la ley de garantías. El abogado Ortiz señaló que la designación no se realizó bajo las excepciones permitidas, como renuncia, fallecimiento o licencia del titular, lo que genera dudas sobre la legalidad del proceso.
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La renuncia de Rusinque, presentada días después de la sentencia del Consejo de Estado y aceptada rápidamente, también genera suspicacias. Según Ortiz, el Gobierno buscó “evadir y dilatar la ejecutoria del fallo”, evitando que la decisión en firme impidiera el nuevo nombramiento.
“Se apresuró a presentar la renuncia y esta fue aceptada en tiempo récord. Además, los términos judiciales no corrieron durante Semana Santa, y el fallo fue objeto de solicitud de aclaración”, explicó a la fuente citada.
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