
La discusión sobre el salario mínimo y su incremento persiste en las redes sociales, donde políticos, expertos y líderes gremiales se han pronunciado, exponiendo sus posturas sobre las decisiones que ha tomado el Gobierno nacional en la materia. Esto, debido a que el Consejo de Estado ordenó la suspensión provisional del Decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025, a través del cual la administración estableció el incremento del 23,7% del salario mínimo para 2026.
El máximo jefe de la administración pública ordenó a las entidades demandadas (Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre)) expedir un nuevo decreto en el que “se fije el porcentaje transitorio de aumento del salario mínimo para 2026″. El documento indica que el Gobierno debe cumplir con criterios económicos y constitucionales para establecer ese aumento.
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La presidenta ejecutiva de la Cámara Colombo Americana (AmCham Colombia), María Claudia Lacouture, sacó una conclusión de este nuevo lío económico que tiene en aprietos a la administración del presidente Gustavo Petro. De acuerdo con su explicación, la evaluación que hizo el Consejo de Estado y la suspensión que ordenó dejan en evidencia la importancia de hacer un estudio más juicioso del salario mínimo al momento de definir su alza.
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“Reflexión: el salario mínimo no basta con “subirlo”; hay que poder sostenerlo y motivarlo conforme a las reglas establecidas”, precisó en una publicación en su cuenta de X.
Aclaró que el auto del Consejo de Estado muestra que es necesario establecer jurisprudencia sobre la fijación del salario, la cual debe hacerse según la normativa, cumpliendo requisitos técnicos y con una motivación verificable. El fin de esto es beneficiar a los trabajadores y a los empleadores.
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“Sin atajos que erosionen transparencia y seguridad jurídica, y con un objetivo claro: proteger el bienestar de los trabajadores sin poner en riesgo la viabilidad de las empresas que sostienen el empleo formal”, detalló.

En una anterior publicación, Lacouture explicó con detalle lo que implica la decisión del cuerpo judicial colegiado sobre el salario mínimo. Lo primero que aclaró es que la suspensión del incremento que hizo el Gobierno no aplica de manera inmediata; esta solo tendrá lugar cuando se expida el decreto transitorio con el nuevo porcentaje de aumento.
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De igual manera, indicó que lo que se determine en ese nuevo decreto debe tener una motivación técnica y tiene que estar debidamente sustentado en datos sobre la inflación, la productividad, el Índice de Precios al Consumidor (IPC), el Producto Interno Bruto (PIB), el ingreso nacional contrastado con los salarios, entre otros. Además, explicó que no afecta de ninguna manera lo que se pague antes de que se expida el decreto transitorio.
“El Consejo de Estado no fijó porcentaje: ordenó al Gobierno expedir el decreto transitorio en 8 días. Mientras tanto, sigue vigente el salario mínimo del Decreto 1469. Impacto en nómina: por ahora, ninguno; dependerá del nuevo decreto”, añadió.
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Gobierno da el primer paso para expedir el nuevo decreto
En cumplimiento de lo ordenado por el máximo juez de la administración pública, el ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, confirmó la fecha en la que el Gobierno nacional discutirá el tema para así expedir el decreto transitorio.
“Por instrucción del Presidente @petrogustavo he convocado este lunes 16 de febrero a las 10 am en @MintrabajoCol a la Comisión de Concertación de Políticas Salariales y Laborales para discutir sobre el decreto transitorio de salario mínimo, que debe ser vital y móvil como lo establece el artículo 53 de la Constitución Nacional, ordenado por el auto del Consejo de Estado”, indicó el funcionario en su cuenta de X.
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