Una joven de aproximadamente 27 años murió y al menos nueve personas resultaron heridas tras una colisión ocurrida la noche del jueves 29 de enero en la carretera que conecta Duitama con Cerinza, según informaron las autoridades regionales.
El hecho involucró a un vehículo particular conducido por Rafael Ricardo Ramírez, presuntamente en estado de embriaguez, quien habría cruzado abruptamente al carril contrario e impactado de frente a un grupo de motociclistas que circulaba por la vía.
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La magnitud del choque quedó registrada en la escena: el automóvil quedó con el frente destruido y una de las motocicletas terminó incrustada en el baúl del vehículo, lo que refleja la fuerza del impacto ocurrido a un costado del estadio de Cerinza, ubicado a unos 30 minutos de Duitama y a dos horas de Tunja.
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Equipos de emergencia de la Defensa Civil Duitama y bomberos de Cerinza, Santa Rosa de Viterbo, Belén y Duitama acudieron al lugar, trasladando a los heridos al Hospital Regional, donde siete de ellos permanecen bajo atención médica. Algunos presentan politraumatismos graves y pronóstico reservado.

El alcalde de Cerinza, Luis Carlos Chía, señaló que el grupo de motociclistas transitaba normalmente cuando fue embestido por el automóvil: “El grupo de moteros transitaba por el lugar cuando al parecer fue embestido por el carro, lo que ocasionó el accidente”, declaró.
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En medio de la emergencia, varios motociclistas intentaron agredir al conductor, quien fue protegido por la Policía Nacional. Ramírez, conductor habitual de una buseta de servicio público en Belén, permanece bajo custodia en la estación de policía de Cerinza mientras avanzan las investigaciones. Las pruebas preliminares confirmaron un “alto grado de embriaguez” en el responsable.
La Fiscalía General de la Nación imputó a Ramírez por homicidio culposo y lesiones personales agravadas por el estado de embriaguez. Según la Agencia Nacional de Seguridad Vial (Ansv), los accidentes relacionados con alcohol siguen siendo una de las principales causas de siniestralidad en las carreteras colombianas.
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El marco jurídico que regula este tipo de conductas está determinado principalmente por la Ley 1696 de 2013, el Código Penal (Ley 599 de 2000) y las disposiciones del Código Nacional de Tránsito, que contemplan tanto sanciones administrativas como penales.
En un primer nivel, la respuesta estatal se da en el ámbito administrativo. De acuerdo con la normativa de tránsito, cuando un conductor es sorprendido manejando bajo los efectos del alcohol, las sanciones varían según el grado de alcoholemia detectado.
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Las multas para una primera infracción pueden representar varios salarios mínimos diarios legales vigentes y aumentan de manera considerable en caso de reincidencia.
Además, la ley contempla la suspensión de la licencia de conducción por un periodo mínimo de un año, que puede extenderse por varios años en situaciones graves, e incluso llegar a la cancelación definitiva del permiso en casos de reiteración o altos niveles de intoxicación. A esto se suma la facultad de las autoridades para inmovilizar el vehículo de manera inmediata.
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Cuando la conducción bajo los efectos del alcohol deriva en un accidente con víctimas, el proceso pasa al ámbito penal. Si el resultado es la muerte de una persona, como ocurrió en este caso, el delito que se configura es el de homicidio culposo agravado.
El agravante específico del consumo de alcohol permite incrementar la pena entre dos terceras partes y hasta el doble de la sanción base.

En términos generales, el homicidio culposo contempla penas que oscilan entre 32 y 108 meses de prisión, es decir, entre 2,5 y 9 años, pero con la agravante por embriaguez estas pueden alcanzar hasta 18 años de cárcel en los casos más severos.
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Si el siniestro deja personas lesionadas, se configura el delito de lesiones personales culposas, cuyas penas dependen de la gravedad de las heridas, e incluyen multas, privación del derecho a conducir y, en determinados casos, prisión.
La legislación también establece una clasificación precisa de los niveles de alcoholemia, medida en miligramos de alcohol por cada 100 mililitros de sangre. Estos niveles determinan tanto la severidad de las sanciones administrativas como la valoración de agravantes en el proceso penal, especialmente cuando hay heridos o víctimas fatales.
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