
En diversas intersecciones de Bogotá, los conductores y peatones han observado cámaras instaladas en lo alto de los semáforos o en postes cercanos. Existe la creencia común de que estos dispositivos están diseñados para imponer comparendos, pero la Secretaría Distrital de Movilidad ha aclarado que su función principal es distinta.
Según la entidad, las cámaras que se ubican sobre los semáforos son videodetectores y “no son para detección electrónica”. Estos dispositivos forman parte del Sistema de Semaforización Inteligente de Bogotá (SSIB), que busca optimizar la movilidad en tiempo real y mejorar el flujo vehicular en la ciudad.
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Cuando los conductores se ubican cerca de la línea de pare, respetando el paso peatonal, los videodetectores realizan un conteo de la fila de automóviles en espera. Con esta información, el sistema ajusta automáticamente los tiempos de los semáforos, aumentando la duración de la luz verde cuando se detecta un mayor flujo de vehículos. Esto contribuye a reducir la congestión, especialmente en horas pico, y permite que los desplazamientos sean más eficientes y seguros.
Estas cámaras funcionan las 24 horas del día y los 7 días de la semana, monitoreando constantemente el tráfico. La Secretaría de Movilidad enfatiza que estos dispositivos no se utilizan para imponer sanciones, sino únicamente para regular el tránsito y mejorar la experiencia de movilidad de los ciudadanos.

Cantidad de semáforos en Bogotá
De acuerdo con la Secretaría de Movilidad, Bogotá cuenta con 1.730 semáforos, distribuidos principalmente en las localidades con mayor densidad vehicular:
- Kennedy: 192 semáforos
- Chapinero: 146 semáforos
- Engativá: 135 semáforos
La instalación de estos dispositivos responde a la necesidad de gestionar el tráfico en una ciudad que supera los 7 millones de habitantes, donde la movilidad eficiente es un reto constante para conductores, ciclistas y peatones. Los videodetectores forman parte de un sistema integrado que permite la coordinación de los semáforos en las avenidas principales y cruces estratégicos de la capital.
Cámaras de fotodetección: el tipo que sí genera comparendos
A diferencia de los videodetectores, las cámaras de fotodetección sí pueden generar fotocomparendos. Estas se instalan en zonas de alta siniestralidad donde los accidentes de tránsito son más frecuentes y se enfocan en infracciones graves.
Su objetivo es promover comportamientos seguros y reducir accidentes, especialmente en corredores donde la combinación de velocidad y volumen vehicular representa un riesgo mayor para los actores viales.

Las infracciones que detectan incluyen:
- Exceso de velocidad (C29)
- Faltar a la revisión técnico-mecánica (C35)
- No respetar el paso de peatones (C32)
- Conducir sin portar los seguros obligatorios (D02)
- Transitar por sitios u horarios no autorizados (C14)
Todas las cámaras de fotodetección deben contar con autorización del Ministerio de Transporte y señalización visible que advierta sobre su presencia, garantizando que los conductores sean conscientes de la vigilancia antes de ingresar a las zonas monitorizadas.
La ubicación exacta de estos dispositivos se puede consultar en el mapa de cámaras de fotodetección de Bogotá, donde se indica la dirección y el tipo de vigilancia que opera en cada punto.
Tipos de cámaras de fotodetección
La Secretaría de Movilidad clasifica estas cámaras en dos categorías principales:
- Automáticas: ubicadas en corredores principales, regulan la velocidad, el pico y placa, cruces de semáforo en rojo, revisión técnico-mecánica y SOAT.
- Semiautomáticas: instaladas sobre algunos semáforos, permiten monitorear novedades en la vía y sancionar bloqueos de calzada, incumplimiento de pico y placa, revisión técnico-mecánica, SOAT, no acatar órdenes de tránsito y dejar o recoger pasajeros en zonas no autorizadas.

Descuentos por comparendos
La Secretaría establece descuentos por pronto pago de comparendos:
- Comparendo impuesto en vía: 50% si se paga dentro de los 5 días hábiles; 25% entre el 6.º y 20.º día hábil.
- Comparendo por detección electrónica: 50% durante los 11 días hábiles posteriores a la notificación; 25% entre los días 12 y 26 hábiles.
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