
La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá declaró la nulidad de una sentencia condenatoria por el delito de acceso carnal con incapaz de resistir agravado, al concluir que la jueza de primera instancia utilizó de forma indebida herramientas de inteligencia artificial (IA) en la elaboración de la motivación del fallo.
La decisión, con ponencia del magistrado Jarol Estibens Echeverry Giraldo, fue adoptada el 2 de diciembre de 2025.
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Según el tribunal, la providencia anulada contenía referencias normativas, jurisprudenciales y doctrinales inexistentes o no verificadas, lo que comprometió la valoración de la prueba y vulneró el derecho al debido proceso.
Nulidad por indebida motivación

El tribunal explicó que, aunque la defensa no había planteado expresamente la nulidad, la Sala identificó irregularidades sustanciales en la motivación del fallo apelado. En su análisis recordó que “el deber de motivar las determinaciones judiciales no se cumple con la simple expresión de lo decidido, sino que es necesario que, con soporte en las pruebas y normas aplicadas en cada asunto, señale en forma clara, expresa e indudable la argumentación que lo llevó a proferir una decisión en un determinado sentido”.
Según la decisión, la sentencia de primera instancia se apoyó en jurisprudencia con numeraciones inexistentes, citas doctrinales apócrifas y afirmaciones que no correspondían al contenido real de las providencias mencionadas. Entre los ejemplos señalados, la Sala destacó referencias incorrectas sobre el principio de congruencia, decisiones inexistentes de la Corte Suprema de Justicia y obras doctrinales que no tienen soporte editorial verificable.
El tribunal indicó que estas inconsistencias implicaban defectos de motivación que afectan directamente la posibilidad de contradicción, lo que justificaba la nulidad de la sentencia, conforme a los criterios establecidos por la jurisprudencia de la Corte Suprema.
Uso indebido de inteligencia artificial

La Sala Penal analizó también el impacto del uso de herramientas de IA en la construcción del fallo de primera instancia. En el expediente, el Tribunal Superior de Bogotá encontró argumentaciones no verificadas y razonamientos ajenos a los hechos del caso, lo que llevó a concluir que la jueza “delegó en las herramientas de IA el análisis de los medios de conocimiento que fueron practicados en el debate probatorio”.
El fallo incluyó un desarrollo detallado sobre los riesgos del uso no supervisado de IA en decisiones judiciales, subrayando que, según la Sala, “cuando el juez delega la construcción de las providencias a la IA sin ejercer un control riguroso sobre su contenido, (…) compromete las garantías fundamentales de las partes e intervinientes”.
Asimismo, el tribunal analizó precedentes de derecho comparado, como un caso reciente en Argentina, donde se anuló una decisión judicial tras identificarse la incorporación literal de un texto generado por IA. Estos referentes, aunque no vinculantes, fueron considerados ilustrativos para entender la dimensión del riesgo.
En el caso concreto, la Sala encontró múltiples errores atribuibles a “alucinaciones” de IA, como citas normativas inexistentes, errores en la interpretación de artículos del Código Penal y afirmaciones sobre delitos sexuales que no corresponden al contenido real de las sentencias citadas.
Sustitución del juez natural y medidas adoptadas

En su decisión, la Sala enfatizó que la intervención de herramientas tecnológicas debe ser responsable y supervisada, al indicar que la justicia requiere un análisis humano verificable y racional. Por esta razón, ordenó anular lo actuado a partir de la sentencia condenatoria del 23 de octubre de 2025 y dispuso que el juzgado de primera instancia emita una nueva decisión basada exclusivamente en fuentes reales, verificables y ajustadas a los hechos.
Como medida adicional, el tribunal compulsó copias a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial ante la evidencia de múltiples aplazamientos y dilaciones durante el trámite, que podrían poner en riesgo la vigencia de la acción penal.

En medio de la discusión jurídica que ha generado esta decisión, el abogado José Mario de la Garza destacó la relevancia del pronunciamiento. En sus palabras: “Cuando un juez copia ‘alucinaciones’ como si fueran argumentos, no sólo comete un error: traiciona la estructura misma del debido proceso. No hay contradicción posible frente a normas que no existen. No hay apelación que funcione si la base es ficticia. La IA no sólo distorsionó el caso: ocupó el lugar del juez, desplazó la racionalidad humana y puso en riesgo la libertad de una persona con un razonamiento que jamás nació del análisis crítico, sino del azar de un algoritmo”.
Finalmente, señaló que “el tribunal respondió con firmeza: nulidad total y un recordatorio que ya es doctrina para esta era digital. La tecnología puede ser aliada, pero jamás sustituta; puede asistir, pero nunca decidir. La justicia requiere ojos humanos, conciencia humana y responsabilidad humana”.
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