Corte Constitucional propinó un duro revés a Héctor Carvajal por rechazar demandas contra la consulta popular de Petro

El alto tribunal sostuvo que tendrá que revisar las pruebas sobre la petición de inconstitucionalidad del ‘decretazo’ que impulsó el Gobierno nacional

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Corte Constitucional propinó un duro
Corte Constitucional propinó un duro revés a Héctor Carvajal por rechazar demandas contra la consulta popular de Petro - crédito Catalina Olaya/Colprensa y Corte Constitucional

El fallo de la Corte Constitucional de Colombia reabrió el debate sobre la consulta popular impulsada por el presidente de la República, Gustavo Petro, en junio de 2025, al revocar la decisión previa del magistrado Héctor Alfonso Carvajal Londoño que había rechazado más de 20 demandas contra el Decreto 639 de 2025.

La Sala Plena determinó que la complejidad del caso, sumada a la derogación del decreto y la existencia de demandas tanto en el Consejo de Estado como en la Corte, exige un análisis público y participativo, involucrando a la ciudadanía y al procurador general, Gregorio Eljach. De este modo, la Corte subrayó que no puede afirmarse de manera definitiva que carece de competencia para pronunciarse sobre el asunto, lo que representa un giro en el proceso y mantiene vivas cuatro de las demandas presentadas.

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El alto tribunal sostuvo que
El alto tribunal sostuvo que tendrá que revisar las pruebas sobre petición de inconstitucionalidad del ‘decretazo’ que impulsó el Gobierno nacional - crédito Corte Constitucional

En septiembre, la Sala Plena analizó si Carvajal debía retomar el estudio de las demandas, tras recibir recursos de súplica de cuatro demandantes y dos entidades gubernamentales: el Ministerio de Justicia y el Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre). El tribunal excluyó al Ejecutivo de la discusión, al considerar que solo los demandantes pueden presentar este tipo de recursos. No obstante, los magistrados reconocieron que los recursos planteaban un cuestionamiento relevante sobre la actuación de Carvajal como sustanciador.

El fallo de la Corte
El fallo de la Corte Constitucional de Colombia reabrió el debate sobre la consulta popular impulsada por el presidente de la República, Gustavo Petro - crédito Corte Constitucional

Finalmente, la Corte concluyó que, ante la duda sobre su competencia, debía privilegiarse la admisión de las demandas para que el pleno resolviera el fondo del asunto en sentencia, tras un debate público.

Así lo expresó el auto notificado el 4 de diciembre: “Siempre que existan dudas sobre la competencia de la Corte Constitucional para conocer una demanda de inconstitucionalidad, deberá privilegiarse la admisión, de tal forma que sea la Sala Plena quien, en sentencia y luego de haberse surtido un debate público, dirima dicha cuestión”.

El ‘decretazo’ de Petro y el rol de Héctor Carvajal

Petro amenazó con convocar una
Petro amenazó con convocar una consulta popular si no se aprobaban sus reformas en el Congreso - crédito @petrogustavo/X

El origen de la controversia se remonta a junio, cuando el presidente Petro, ante el bloqueo del Congreso a la reforma laboral, recurrió a un decreto para convocar una consulta popular con doce preguntas, buscando presionar al Legislativo. Tras la aprobación de la reforma por el Senado, el mandatario derogó el decreto, pero durante su vigencia se presentaron 24 demandas ante la Corte Constitucional. En ese contexto, Carvajal, elegido por el Senado en mayo y cercano a Petro —fue su abogado y enlace con el expresidente Álvaro Uribe en 2022—, asumió como magistrado el 3 de julio y recibió las acciones de constitucionalidad cuatro días después.

El 18 de julio de 2025, Carvajal firmó un auto de 68 páginas en el que argumentó que la Corte no tenía competencia para pronunciarse sobre el decreto, al tratarse de un acto administrativo cuya revisión correspondía al Consejo de Estado. Además, fundamentó su decisión en la derogación del decreto, afirmando: “Esta corporación no tiene competencia para analizar la constitucionalidad de normas derogadas”, y agregó que ninguna de las demandas explicaba posibles efectos vigentes de la normativa. La Sala Plena, sin la presencia de Carvajal, consideró que su razonamiento fue insuficiente y que la falta de certeza sobre la competencia debía resolverse colectivamente entre los nueve magistrados.

El revés para Carvajal se suma a otro episodio reciente: el 24 de noviembre, la Sala Plena lo apartó de la discusión sobre la reforma pensional, que enfrenta el riesgo de ser anulada en 2026. Carvajal había sido contratista de Colpensiones, la entidad que centralizaría las cotizaciones con la reforma, y participó en la defensa de la norma junto al Ministerio del Trabajo en tres de los 85 expedientes de la Ley 2381 ante la Corte. Su involucramiento motivó una recusación que prosperó, obligándolo a dejar el caso. En su salida, Carvajal dejó constancia de su desacuerdo, acusando al magistrado Jorge Enrique Ibáñez de inventar “un procedimiento no establecido en la ley” para apartarlo del proceso.