
Las mujeres buscadoras de personas dadas por desaparecidas en Colombia emitieron un comunicado dirigido al presidente Gustavo Petro, cuyo reclamo se centra en la falta de implementación de la Ley 2364 de 2024, “por medio de la cual se reconoce y protege de forma integral la labor y los derechos de las mujeres buscadoras de víctimas de desaparición forzada”.
Según explicaron en la comunicación oficial, aunque la ley fue aprobada hace más de un año en el Congreso de la República, el Gobierno nacional se comprometió a reglamentarla en un plazo máximo de tres meses, pero la espera se ha prolongado mucho más allá de lo prometido.
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Indicaron, además, que el 23 de octubre de 2025, Día Nacional de las Mujeres Buscadoras, las expectativas que tenían de que se llevara a cabo un acto de justicia por parte de la administración Petro, que se autodenomina como “Gobierno del cambio”, quedaron insatisfechas.

“El 2025 se acaba y seguimos esperando. No más excusas. No más indiferencia. Cada día sin esa firma es una vida que se apaga en el silencio, una madre que muere sin verdad ni reconocimiento, empobrecida y sin la garantía de sus derechos”. En ese sentido, aseguraron que su exigencia es clara: el que se firme ya el decreto reglamentario de la Ley 2364 de 2024, que reconoce, reivindica y dignifica su lucha y sus derechos.
Advirtieron que cumplir con lo acordado “no es un favor”, es el pago de una deuda histórica que se tiene con las personas que han dedicado su vida a la búsqueda de personas dadas por desaparecidas en el país.
“Nosotras, las mujeres que buscamos a las personas desaparecidas forzadamente en el territorio nacional desde hace más de cuatro décadas, somos constructoras de paz y defensoras de derechos humanos. Somos la reserva ética de una sociedad que cada vez se vuelve más apática frente a las violencias estructurales que nos han victimizado”, indicaron.

El contenido de la ley que todavía no ha sido reglamentada
Según expusieron, en medio de su trabajo por encontrar a los desaparecidos han sufrido todo tipo de violencias no reconocidas, como discriminación, estigmatización y persecución. Esto, debido a sus esfuerzos por encontrar a sus familiares y seres queridos, pese al paso de los años sin tener información de ellos.
En la normativa en cuestión se indica, justamente, que el objeto de la ley es reconocer a las mujeres buscadoras de víctimas de desaparición forzada como constructoras de paz y como sujetos de especial protección constitucional.
La normativa establece acciones para garantizar la protección de derechos de las mujeres buscadoras y reconoce que son víctimas de vulneraciones por su trabajo. En ese sentido, indica que las ciudadanas deben ser tratadas con dignidad, con igualdad y sin discriminación, con integralidad y sin revictimización.

“La presente ley adopta medidas de reconocimiento del derecho a la búsqueda, sensibilización, información, formación, prevención, educación, vivienda, reparación, atención y protección de las mujeres buscadoras de víctimas de desaparición forzada respecto de las vulneraciones que sufren por razón o en ocasión de ser buscadoras”, se lee en el artículo 2 de la norma, que todavía no está reglamentada.
La ley determina que para el cumplimiento de estas medidas se debe tener en cuenta la corresponsabilidad del Estado, de la sociedad civil, del sector privado, de las comunidades y de las mismas mujeres buscadoras. Aunado a ello, responsabiliza al Gobierno de turno de garantizar su participación en el desarrollo de políticas de paz.
“Las mujeres buscadoras, sea de forma individual, o colectiva, tendrán lugar en los procesos de elaboración, implementación y evaluación de las políticas públicas de paz. El Gobierno nacional garantizará la participación efectiva de las mujeres buscadoras a través de las instancias y los mecanismos que considere más adecuados”, precisa la normativa.
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