
La solicitud de audiencias de imputación y medida de aseguramiento contra los exministros Ricardo Bonilla y Luis Fernando Velasco marcó un nuevo capítulo en el proceso judicial por el escándalo de corrupción en la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd).
La Fiscalía, bajo la dirección de la fiscal general de la Nación, Luz Adriana Camargo, presentó ante el Tribunal Superior de Bogotá la petición formal para que ambos exfuncionarios enfrenten cargos y, de ser aceptada la solicitud, permanezcan privados de la libertad en un centro carcelario mientras avanza el proceso.
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El equipo de fiscales delegados ante la Corte Suprema de Justicia, responsable de la macroinvestigación, atribuye a Bonilla y Velasco la presunta comisión de tres delitos: concierto para delinquir agravado, interés indebido en la celebración de contratos y cohecho por dar u ofrecer.
Según la Fiscalía, la gravedad de los hechos y la naturaleza de los delitos motivan la petición de una medida de aseguramiento restrictiva de la libertad.

En cuanto a las posibles consecuencias penales, Fabio Humar, socio director de Fabio Humar Abogados, explicó que, en caso de ser hallados responsables, los exministros podrían enfrentar penas superiores a los doce o quince años de prisión.
Humar precisó a los medios que “en este caso habría un concurso de delitos”, dijo a Asuntos Legales, lo que implica que la sanción no se determina sumando aritméticamente las penas de cada delito, sino aplicando las reglas de dosificación establecidas en los artículos 60, 61 y 62 del Código Penal colombiano.
Estas normas obligan a considerar factores como la gravedad de los hechos, la modalidad de concurso y la existencia de circunstancias agravantes o atenuantes.
El delito de concierto para delinquir, contemplado en el artículo 340 del Código Penal, prevé una pena máxima de ciento ocho meses (nueve años) de prisión en su modalidad básica.

Sin embargo, Juan Francisco Navarrete, socio de Navarrete Consultores, detalló que “cuando se trata de un concierto para delinquir relacionado específicamente con los delitos previstos en el inciso segundo, la pena puede alcanzar hasta doscientos dieciséis meses (dieciocho años), y aumentarse hasta en la mitad para quienes organicen, promuevan, dirijan, encabecen, constituyan o financien dicho concierto”, dijo el jurista al medio citado.
Además, Navarrete señaló que si intervienen servidores públicos o si el delito está vinculado al contrabando, la sanción puede llegar hasta ciento cuarenta y cuatro meses (doce años) de prisión. La legislación también contempla la imposición de multas de hasta treinta mil salarios mínimos legales mensuales vigentes.
La Fiscalía sostiene que la complejidad del caso y la multiplicidad de delitos imputados justifican la severidad de las medidas solicitadas, mientras los exministros Bonilla y Velasco se preparan para enfrentar un proceso judicial que podría derivar en largas condenas y sanciones económicas de gran envergadura.
Defensa de Ricardo Bonilla niega contratos irregulares en caso Ungrd

El abogado Mauricio Pava, defensor de Ricardo Bonilla, aseguró que el exministro de Hacienda no celebró ningún contrato en desarrollo de los proyectos gestionados por el Ministerio, según declaraciones a La FM.
Pava subrayó que la defensa se apoya en el testimonio de Alejandra Benavides, asesora del Ministerio, que, tras 50 horas de declaración ante la Corte, afirmó que “este no es un caso de maletines con dinero” ni de comisiones o contratos.
El abogado precisó que la medida de aseguramiento es un asunto independiente y que será la audiencia de imputación la que defina el alcance jurídico de los hechos atribuidos a Bonilla.
Añadió que el exministro entregó su pasaporte en diligencias de arraigo y debe permanecer en Colombia por motivos económicos y de salud. Además, la defensa solicitó que se investigue la transaccionalidad financiera de Bonilla para confirmar su situación patrimonial.
Respecto a los mensajes entre Bonilla y funcionarios de la UNGRD, Pava sostuvo que “él nunca preguntó por contratos” y que los chats se referían únicamente a proyectos, no a acuerdos contractuales.
Insistió en que “en el caso del profesor Bonilla no hay un solo contrato” y que el Ministerio tiene la obligación legal de verificar el avance de proyectos regionales, mientras que los congresistas pueden consultar sobre ellos conforme a la ley quinta.
Pava remarcó que la defensa diferencia entre debates éticos, disciplinarios o políticos y lo que corresponde al derecho penal, que solo juzga actos materiales.
Explicó que, si bien los proyectos estaban en trámite desde antes, la competencia para celebrar contratos recaía en la Ungrd y no en el Ministerio de Hacienda.
Sobre el financiamiento de la defensa, indicó que los honorarios provienen de pólizas de seguro que amparan a los servidores públicos bajo la presunción de inocencia, mientras se mantenga la condición legal del investigado.
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