
Las billeteras virtuales permiten realizar transferencias rápidas y recibir dinero de manera inmediata, pero en Colombia, la Ley 1819 de 2016 y la Ley 1943 de 2018 reformaron el Estatuto Tributario para ampliar la base gravable y reforzar el control sobre ingresos, patrimonio y consumos.
La DIAN considera que todos los ingresos, incluidos los provenientes de billeteras virtuales, deben estar soportados documentalmente para efectos de la declaración de renta. Movimientos frecuentes entre cuentas de Nequi y Daviplata sin un propósito económico claro pueden ser interpretados como ingresos no declarados.

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Expertos en tributación señalan que la falta de respaldo o justificación en estas transacciones puede generar requerimientos, ajustes de declaración y cobro de intereses o sanciones si la autoridad determina que hubo omisión.
Monitoreo de la DIAN sobre billeteras virtuales
La administración tributaria dispone de mecanismos de información exógena que permiten rastrear movimientos inusuales entre cuentas bancarias y billeteras digitales.
Se identifica que los movimientos superiores a 210,50 UVT ( $10.482.689,50 COP para 2025) en un mes o 65 UVT anuales ( $65.891.000 COP) pueden activar alertas automáticas.
En tales casos, la DIAN puede solicitar documentación que respalde el origen lícito del dinero y la finalidad económica de cada transferencia, incluyendo contratos, recibos o extractos de otras cuentas.

Aunque no existe una norma que prohíba expresamente mover dinero entre billeteras virtuales, la autoridad fiscal puede interpretar la ausencia de documentación como un ingreso no declarado.
Entre las posibles implicaciones se incluyen:
- Requerimientos de información: la DIAN puede solicitar soportes de todos los movimientos superiores a los topes establecidos.
- Ajustes en la declaración de renta: si se determina que hubo ingresos omitidos o no justificados.
- Cobro de sanciones e intereses: conforme al artículo 651 del Estatuto Tributario, en casos de subdeclaración.
- Auditorías tributarias: movimientos recurrentes sin respaldo podrían motivar revisiones más profundas.
Un especialista en tributación indica: “No es recomendable usar billeteras virtuales para mover dinero entre cuentas propias sin un soporte claro, porque cada movimiento puede ser considerado ingreso y generar requerimientos de la DIAN”.

Buenas prácticas para contribuyentes
Para reducir riesgos tributarios, los contribuyentes que utilizan Nequi, Daviplata u otras billeteras digitales deben:
- Registrar todos los ingresos, incluso los provenientes de amigos o familiares.
- Conservar soportes de cada movimiento, como facturas, contratos, recibos o extractos bancarios.
- Evitar movimientos frecuentes o de gran volumen sin finalidad económica clara, para no activar alertas de la DIAN.
- Declarar según los topes establecidos, considerando ingresos, patrimonio y consumos que generan obligación de declarar.
- Consultar con un contador o especialista tributario si realizan operaciones frecuentes entre diferentes billeteras digitales.
Reglamentación vigente
La Ley 1819 de 2016 y la Ley 1943 de 2018 contemplan que todos los ingresos, consumos y movimientos financieros deben ser declarados. Las plataformas digitales están obligadas a reportar operaciones que superen ciertos montos o que sean consideradas sospechosas.
En la práctica, transferencias entre Nequi y Daviplata no son prohibidas, pero pueden ser objeto de requerimientos por parte de la DIAN si no se puede demostrar el origen y la finalidad económica del dinero.
El cumplimiento de estas normas protege al contribuyente de sanciones, asegura la correcta presentación de la declaración de renta y garantiza transparencia frente a la autoridad fiscal.
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