
Los pensionados en Colombia reciben mensualmente una mesada que corresponde al valor de su pensión reconocida, según los requisitos establecidos por la ley.
Sin embargo, existe un pago adicional conocido como mesada 13, que funciona como una prima anual y se entrega durante el mes de diciembre a quienes cumplen con las condiciones legales.
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De acuerdo con cifras de Colpensiones citadas por Caracol Radio, hasta julio de 2025 la entidad contaba con más de siete millones de afiliados, de los cuales el 52,7 % son hombres y el 47,3 % mujeres. Entre ellos, cerca de tres millones son cotizantes activos que aportan de manera regular al sistema.

Este grupo de personas recibe 12 pagos ordinarios al año, pero durante diciembre obtienen un pago adicional equivalente al 100 % del valor de su mesada mensual, sin descuentos por salud ni otros aportes. Este beneficio fue concebido para garantizar un ingreso extra en temporada navideña, similar a la prima de servicios que reciben los trabajadores formales en junio y diciembre.
“Los pensionados por vejez o jubilación, invalidez y sustitución o sobrevivencia continuarán recibiendo cada año, junto con la mesada del mes de noviembre, en la primera quincena del mes de diciembre, el valor correspondiente a una mensualidad adicional a su pensión”, establece el artículo 50 de la Ley 100 de 1993.
El pago debe realizarse a más tardar durante la segunda semana de diciembre, aunque en algunos casos se adelanta para noviembre, dependiendo del tipo de régimen o de la entidad que administre la pensión.
En cuanto a los beneficiarios, todos los pensionados por vejez, invalidez o sustitución pensional tienen derecho a este pago, sin importar si están afiliados al régimen público (Colpensiones) o a un fondo privado. La única excepción son aquellos casos en los que la persona no alcanzó los requisitos de edad o semanas cotizadas y recibió una devolución de aportes, situación que no da lugar al reconocimiento de la mesada 13.

Respecto al cálculo, el valor corresponde exactamente al monto de la pensión mensual. Por ejemplo, si un beneficiario recibe un salario mínimo, que para el año 2025 equivale a 1.423.500 pesos, ese será el mismo valor que percibirá como mesada adicional en diciembre.
Para acceder a la pensión, los hombres deben tener 62 años y 1.300 semanas cotizadas. En el caso de las mujeres, el requisito actual es de 57 años y 1.300 semanas, aunque la reforma pensional que está en revisión ante la Corte Constitucional contempla una reducción gradual a 1.000 semanas para 2026.
Además de las condiciones de edad y semanas, es fundamental que los aportes estén al día y que los datos personales se encuentren actualizados en Colpensiones. El sistema utiliza esta información para programar automáticamente la mesada 13 junto con la del mes de noviembre, depositando el dinero en la cuenta bancaria inscrita por el pensionado.

Este ingreso representa un alivio económico durante las fiestas decembrinas, ya que permite cubrir gastos adicionales o adquirir bienes y servicios que no se incluyen en el presupuesto mensual. Por ello, Colpensiones recomienda verificar con antelación la información de las cuentas y mantenerse atentos al calendario de pagos publicado por la entidad.
El pago de la mesada 13 hace parte de los derechos adquiridos por los pensionados, y su cumplimiento es una obligación legal para todas las administradoras del sistema. La Superintendencia Financiera mantiene supervisión sobre el proceso de pago para garantizar que no se presenten retrasos ni errores en las consignaciones.
Los pensionados que consideren que no han recibido el valor correspondiente a la mesada 13 pueden presentar una reclamación formal ante Colpensiones o su fondo privado, anexando la certificación de pagos. Este trámite, según lo dispuesto por la ley, no tiene costo y puede realizarse de forma presencial o virtual.
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