
El Ministerio de Salud expidió la Resolución 2068 de 2025, que adopta la Política Pública para la Prevención, Diagnóstico Temprano y Tratamiento Integral de la Endometriosis, reglamenta la operatividad del Registro de Pacientes con esta enfermedad y establece las condiciones y parámetros para el reconocimiento de la incapacidad laboral temporal o absoluta derivada de ella.
La medida, firmada por el ministro Guillermo Alfonso Jaramillo Martínez, fue publicada el 6 de octubre de 2025 y tiene alcance nacional, con aplicación obligatoria para todas las entidades del sistema de salud, incluyendo las Entidades Promotoras de Salud (EPS), las secretarías departamentales y municipales, y los prestadores de servicios públicos y privados.
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Abordaje integral de la endometriosis

De acuerdo con la resolución, el Ministerio de Salud adopta oficialmente medidas para garantizar el derecho a la salud de las personas con capacidad de menstruar. El documento parte de la Ley 2338 de 2023, que reconoció la endometriosis como una enfermedad crónica, progresiva y debilitante, y ordenó al Estado formular una política pública integral que incluya estrategias de prevención, atención oportuna, diagnóstico especializado, manejo interdisciplinario y acciones para eliminar barreras de acceso en el sistema de salud.
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El ministerio señaló que la política tiene como finalidad “promover la salud y el bienestar de las mujeres con presunción diagnóstica o con diagnóstico de endometriosis, a fin de prevenir mayores afectaciones a su salud y contribuir al tratamiento físico, mental y social”.
Entre los principios orientadores se incluyen la dignidad humana, la igualdad, la no discriminación y la atención con enfoque diferencial, de género, interseccional y de curso de vida. Esto implica que las acciones de salud deberán ajustarse a la edad, identidad de género, condición social, discapacidad o pertenencia étnica de cada paciente.
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Registro Nacional de Pacientes

Uno de los componentes operativos principales será el Registro de Pacientes con Endometriosis, que funcionará como un sistema permanente de información dentro del Sistema Integral de Información de la Protección Social (Sispro).
Según la Resolución 2068, el registro integrará los datos de los servicios de salud, prescripciones, registros de defunción y demás fuentes asociadas al sistema. Su actualización será semanal y automática, a partir de los reportes que hagan los profesionales y las entidades prestadoras mediante el Registro Individual de Prestaciones de Salud (Rips).
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El médico que realice una presunción o confirme un diagnóstico deberá registrarlo y dejar constancia de la autorización del paciente o de su representante legal. Esta información será usada para generar estadísticas nacionales, investigaciones y análisis sobre la enfermedad; sin embargo, el manejo de los datos deberá cumplir con la Ley 1581 de 2012 sobre protección de datos personales y sus normas complementarias.
El ministerio también publicará el listado de diagnósticos, sinónimos y códigos clínicos relacionados con la endometriosis, para estandarizar el reporte en el país.
Incapacidad laboral por endometriosis

El artículo 9 de la resolución establece los criterios para el reconocimiento de la incapacidad laboral temporal o absoluta por causa de endometriosis. Este reconocimiento deberá hacerse conforme a los parámetros del Decreto 780 de 2016 y las normas concordantes sobre incapacidades de origen común en el Sistema General de Seguridad Social Integral.
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El documento ordena respetar la autonomía médica y atender “los síntomas y lesiones que presente cada paciente”, de acuerdo con la evolución de la enfermedad. Para los casos de pérdida de capacidad laboral, el ministerio desarrollará protocolos médicos específicos y guías de calificación de incapacidad o invalidez por endometriosis, basadas en los criterios fijados por la Corte Constitucional en la Sentencia T-448 de 2023 y en los estándares de derechos humanos ratificados por Colombia.
La sentencia citada determinó que la endometriosis puede limitar de manera significativa la capacidad laboral y reconoció que quienes la padecen pueden encontrarse en “estado de debilidad manifiesta” debido al dolor crónico y sus repercusiones digestivas y reproductivas. La cartera del Gobierno deberá incluir estos lineamientos dentro del plan de acción nacional que desarrollará la política pública en los próximos seis meses, con metas, indicadores, presupuesto y responsables definidos.
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Implementación y seguimiento
El Ministerio de Salud será el encargado de liderar la implementación, seguimiento y evaluación de la política. Según la resolución, se realizará una primera evaluación a los cinco años y otra al finalizar el periodo de vigencia de la política, con base en los indicadores definidos en el Plan de Acción Nacional.
Las entidades territoriales de salud, las EPS y las instituciones prestadoras deberán garantizar la atención integral a las personas con endometriosis, conforme a los estándares de calidad, oportunidad, accesibilidad y seguridad definidos por la política.
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El documento también ordena la creación de mecanismos de cooperación intersectorial, capacitación al talento humano en salud y fortalecimiento de la atención primaria para la detección temprana. La resolución aclara que el término “mujer” incluye a niñas y adolescentes, y que la expresión “personas menstruantes” abarca a hombres transgénero, personas no binarias e intersexuales, o cualquier otra identidad con capacidad biológica de menstruar.
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