Colombia reservará el 7% de vacantes en empleos públicos para personas con discapacidad: conozca todos los detalles

Nuevos lineamientos permiten a quienes acrediten discapacidad postularse primero a vacantes reservadas, con procesos simultáneos y certificados requeridos solo al inscribirse

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El 58% de los ciudadanos con discapacidad interesados en cargos públicos ha participado en al menos un proceso de selección, según datos del Simo - crédito Infobae

La Comisión Nacional del Servicio Civil (Cnsc) emitió la Circular Externa 2025RS150437 con el fin de establecer directrices claras que permitan garantizar la adecuada inscripción de personas con discapacidad en los procesos de selección para empleos de carrera administrativa en Colombia, conforme a lo dispuesto en la Ley 2418 de 2024.

De acuerdo con datos oficiales del Sistema de Apoyo para la Igualdad, el Mérito y la Oportunidad (Simo), al primer semestre de 2025 se registra un total de 19.744 ciudadanos con discapacidad que manifiestan interés en obtener un cargo de carrera administrativa. De este grupo, el 58% ha participado en al menos un proceso de selección, mientras que el 42% aún no ha concursado. La entidad identificó como retos institucionales la necesidad de mejorar la accesibilidad en los procesos, ampliar la divulgación y orientar a los aspirantes con niveles de escolaridad adecuados para los empleos ofertados.

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La Ley 2418 de 2024 constituye un avance normativo importante al establecer que, en todos los procesos de selección —ya sean modalidad de ascenso o de ingreso abierto—, se debe reservar un 7% de las vacantes para personas con discapacidad. Este porcentaje complementa las disposiciones de la Ley 1960 de 2019, que contempla un 30% de vacantes para ascenso y 70% para ingreso general.

Más de 18.000 vacantes estarán disponibles en los 12 concursos programados por la Cnsc - crédito Cnsc
La inscripción preferente y la exención de pago buscan facilitar el acceso de personas con discapacidad a empleos de carrera administrativa - crédito Cnsc

La nueva circular de la Cnsc define una secuencia diferenciada de etapas para concursos de ascenso, con el objetivo de garantizar una inscripción efectiva de los aspirantes con discapacidad. Las personas en esta condición podrán postularse tanto a vacantes reservadas como a vacantes generales, siempre que reúnan los requisitos establecidos para cada cargo y respetando los porcentajes señalados por la normativa. Así, en los concursos de ascenso, el mínimo de vacantes para personas con discapacidad será del 7 % y el máximo por ley, del 30 %.

En la modalidad de concurso abierto, el proceso de inscripción será preferente para las personas con discapacidad; es decir, se abrirá una fase exclusiva para vacantes reservadas a esta población, y una vez concluida iniciará la etapa de inscripción para el resto de la ciudadanía. Las vacantes que resulten desiertas, o con menos aspirantes inscritos que plazas disponibles tras el cierre de las inscripciones en la fase preferente, se integrarán automáticamente a la Oferta Pública de Empleos de Carrera (Opec) general.

Con el fin de facilitar la participación, la Cnsc determinó que el certificado de discapacidad será exigido únicamente al momento de postularse a las vacantes reservadas, y no como requisito para el registro inicial en el sistema Simo. Este certificado debe cumplir con lo dispuesto en la Circular Externa 009 de 2017 de la Superintendencia Nacional de Salud y las Resoluciones 113 de 2020 y 1197 de 2024 del Ministerio de Protección Social. Por mandato de la Ley 2418, quienes acrediten discapacidad estarán exentos del pago de derechos de participación, tanto para concursos de ascenso como para ingreso general.

- crédito Cnsc
Las vacantes reservadas no cubiertas se integrarán a la oferta general de empleos públicos tras el cierre de inscripciones preferentes - crédito Cnsc

A partir de lo anterior, la Cnsc estableció los siguientes lineamientos clave para desarrollar la etapa de inscripciones:

  • En los concursos de ascenso, las inscripciones para vacantes reservadas a personas con discapacidad y para vacantes generales se tramitarán de manera simultánea. Si, al cierre, las vacantes reservadas quedan desiertas o con menos inscritos que plazas ofertadas, estas serán trasladadas a la Opec de ingreso abierto reservada para personas con discapacidad.
  • Para la modalidad de ingreso abierto, primero se abrirá la inscripción para las vacantes reservadas a personas con discapacidad. Las plazas no cubiertas pasarán posteriormente a la Opec general para el resto de ciudadanos.
  • La presentación del certificado de discapacidad es indispensable para la inscripción a empleos reservados y no se exige para el solo registro en Simo.
  • Las personas con discapacidad estarán exentas del pago de derechos de inscripción en procesos con plazas reservadas, siempre que acrediten su condición.
  • Las entidades públicas serán responsables de detallar la categoría de discapacidad permitida para cada cargo ofertado. Si un cargo admite discapacidad múltiple, el aspirante deberá verificar que por lo menos una categoría de las exigidas sea validada y acreditada por su certificado.
El certificado de discapacidad solo será exigido al postularse a vacantes reservadas, no para el registro inicial en el sistema Simo - crédito Cnsc
El certificado de discapacidad solo será exigido al postularse a vacantes reservadas, no para el registro inicial en el sistema Simo - crédito Cnsc

El propósito central de estos lineamientos es garantizar el derecho fundamental de acceso a los cargos públicos en condiciones de igualdad y bajo el principio de meritocracia. La Cnsc enfatizó que estas medidas no crean privilegios, sino que buscan remover barreras estructurales y adecuar la gestión de concursos para aumentar la participación de la población con discapacidad.

La Circular Externa 2025RS150437, expedida tras decisión de la Sala Plena de Comisionados el 9 de septiembre de 2025 y que modifica lineamientos establecidos en febrero del mismo año, reafirma el compromiso institucional con el acceso igualitario, la eficiencia administrativa y la optimización de los recursos públicos, promoviendo la participación del mayor número posible de aspirantes que cumplan con los requisitos de los empleos públicos en Colombia.

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