Consejo de Estado ordena a Petro retractarse por llamar “criminal” al presidente de Keralty

El alto tribunal determinó que el presidente Gustavo Petro deberá rectificar en una alocución oficial sus afirmaciones sobre Joseba Grajales, directivo de Keralty

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Consejo de Estado - Gustavo
Consejo de Estado - Gustavo Petro | (Colprensa y AP)

El Consejo de Estado emitió una decisión en la que ordena al presidente Gustavo Petro rectificar de manera pública las expresiones utilizadas contra Joseba Grajales Jiménez, directivo del Grupo Keralty.

El fallo, conocido el 26 de septiembre, resolvió que las palabras del mandatario, pronunciadas durante una alocución presidencial el 15 de julio de 2025, vulneraron derechos fundamentales como el buen nombre y la presunción de inocencia del empresario, según informó El Tiempo.

Gustavo Petro - Presidente de
Gustavo Petro - Presidente de Colombia - Alocucion presidencial- crédito Ovidio González/Presidencia

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En dicha intervención, Petro calificó a Grajales como “criminal” y lo relacionó con un presunto “crimen” vinculado a la financiación de campañas políticas. La Sala consideró que esas afirmaciones no contaban con respaldo probatorio suficiente y ordenó que el jefe de Estado se retracte. El tribunal señaló que los señalamientos “carecieron de sustento probatorio suficiente y afectaron el buen nombre, la honra y la presunción de inocencia del señor Grajales”.

El presidente Petro acusó a
El presidente Petro acusó a Joseba Grajales de “engañar” a los afiliados a Keralty - crédito @RPaterninaBru/X

De acuerdo con el fallo, la rectificación no podrá hacerse a través de la cuenta personal de X, como ha ocurrido en otros casos donde el presidente ha debido corregir expresiones dirigidas a figuras públicas. En esta ocasión, deberá realizarla en su siguiente alocución oficial. El texto señala: “Retractarse de las acusaciones contra el solicitante referidas a las expresiones «crimen» y «criminal», por la supuesta financiación de campañas políticas. La anterior rectificación deberá realizarse, una vez notificada la presente decisión, en la inmediata y siguiente alocución presidencial”.

El Consejo de Estado resaltó que el presidente, al dirigirse al país mediante alocuciones, tiene un deber reforzado de veracidad y diligencia. Según la decisión, ese espacio oficial no puede ser utilizado para realizar imputaciones que comprometan derechos fundamentales sin contar con un respaldo fáctico verificable.

La determinación se enmarca en una serie de episodios en los que el mandatario ha tenido que retractarse por expresiones dirigidas a diferentes figuras políticas y empresariales. En el pasado, lo hizo con los Vargas Lleras y con el presidente de la Andi, Bruce Mac Master. Sin embargo, en esas ocasiones las rectificaciones se difundieron por sus redes sociales, mientras que ahora la orden es que se realice directamente en un espacio institucional transmitido a todo el país.

Bruce Mac Máster - crédito
Bruce Mac Máster - crédito Colprensa

La decisión del alto tribunal ampara los derechos de Grajales frente a expresiones que, según la Sala, fueron proferidas sin que existiera soporte que las justificara. El análisis jurídico concluyó que el señalamiento de un supuesto “crimen” carecía de evidencia suficiente y generaba un impacto negativo en la reputación y en la imagen del empresario.

El Grupo Keralty, al cual pertenece Grajales, es la compañía matriz de la EPS Sanitas, actualmente intervenida por el Gobierno. En semanas recientes, la organización había solicitado una reparación argumentando un “daño incalculable” derivado de la intervención, de acuerdo con lo publicado por El Tiempo. En ese contexto se produjeron las declaraciones del presidente, que posteriormente fueron cuestionadas en sede judicial.

El fallo también refuerza la idea de que los funcionarios públicos, y en especial el presidente de la República, deben ser cuidadosos en el uso de las plataformas oficiales. Según la Sala, la investidura presidencial exige un estándar superior de responsabilidad en el manejo de la información, sobre todo cuando esta involucra acusaciones que pueden afectar a particulares.

El Consejo de Estado dejó claro que no se trata de limitar la libertad de expresión del mandatario, sino de exigir que sus afirmaciones públicas se ajusten a criterios de veracidad y estén sustentadas en hechos verificables. En este caso, la falta de pruebas suficientes llevó al tribunal a ordenar la protección del derecho al buen nombre de Grajales.

La rectificación, una vez emitida, deberá referirse de manera específica a las expresiones cuestionadas, corrigiendo las afirmaciones y dejando sin efecto los señalamientos hechos en la alocución de julio. La Sala indicó que esa aclaración debe tener la misma difusión que la manifestación original, con el fin de que la reparación sea proporcional al alcance de las palabras que dieron origen al litigio.

Por ahora, el despacho presidencial no se ha pronunciado frente al fallo, ni se han dado a conocer detalles sobre cuándo se llevará a cabo la alocución en la que deberá emitirse la rectificación ordenada. La decisión, en todo caso, será de obligatorio cumplimiento una vez notificada al mandatario.

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