
El Gobierno nacional oficializó la expedición del Decreto 0949 de 2025, con el cual se estableció la suspensión estricta de las exportaciones de carbón hacia Israel. La decisión se fundamenta en la violación del Derecho Internacional Humanitario y en la necesidad de evitar que recursos colombianos contribuyan al conflicto en la Franja de Gaza.
El anuncio se dio a conocer el 30 de agosto en Bogotá por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, con la firma de la ministra Diana Marcela Morales Rojas, la canciller Rosa Yolanda Villavicencio, el ministro de Hacienda y Crédito Público, Germán Ávila Plazas, y el ministro de Minas y Energía, Edwin Palma Egea.
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La medida, según el Gobierno colombiano, refuerza la política del presidente Gustavo Petro, orientada al respeto de los derechos humanos y a la protección de la población civil en medio del conflicto armado.
Detalles del decreto
El Decreto 0949 del 28 de agosto de 2025 modifica el Decreto 1047 de 2024 y prohíbe sin excepciones la exportación de carbón colombiano hacia Israel. La norma señala que desde el 18 de marzo de este año el Estado israelí intensificó sus operaciones militares en territorio palestino, lo que generó un nuevo escalamiento del conflicto.
En el documento se reporta que “en el periodo comprendido entre el 18 de marzo y el 17 de junio de 2025, se ha reportado que 680.000 palestinos han sido desplazados, 5.334 palestinos han sido asesinados y 17.839 han sido heridos como consecuencia de la ofensiva bélica adelantada por Israel. Entre el 7 de octubre de 2023 y el 18 de junio de 2025, al menos 55.637 palestinos han sido asesinados y 129.880 heridos por las acciones de Israel”. El texto también advierte que ha aumentado el número de personas víctimas al intentar acceder a suministros humanitarios de alimentos y bienes básicos.
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De acuerdo con el Gobierno colombiano, la restricción busca prevenir actos de genocidio contra la población palestina y evitar que los recursos naturales del país sean utilizados en cadenas de suministro que aporten a la maquinaria de guerra de Israel.
Previo a la expedición del decreto, el proyecto fue sometido a consulta pública entre el 28 de julio y el 15 de agosto. Durante ese periodo, la ciudadanía y los grupos de interés presentaron observaciones que fueron analizadas e incorporadas en la versión final de la norma. La prohibición se mantendrá vigente hasta que se cumplan las medidas provisionales ordenadas por la Corte Internacional de Justicia o hasta que cesen las condiciones que dieron origen a la decisión.
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Fundamentos de la medida

El decreto se sustenta en tres ejes principales: respeto a las normas imperativas del derecho internacional, protección de los derechos humanos y coherencia en el actuar internacional de Colombia.
En el primer punto, el Gobierno recuerda que las operaciones militares en Gaza han sido calificadas como una “grave transgresión” a normas de obligatorio cumplimiento, entre ellas la obligación de prevenir y sancionar el genocidio, la prohibición del uso de la fuerza y las disposiciones del Derecho Internacional Humanitario. Colombia, como firmante de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, reiteró su compromiso de cooperación para detener estas violaciones.
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El segundo pilar está enfocado en la salvaguarda de la vida, la dignidad humana y, de manera particular, en la protección de los derechos de la niñez y la adolescencia, considerados prevalentes sobre los demás.
En tercer lugar, el decreto responde a la necesidad de mantener coherencia en la política exterior del país. Colombia fue elegida miembro del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas para el periodo 2025-2027, lo que implica asumir compromisos en la defensa de los principios internacionales y en el fortalecimiento del sistema multilateral de derechos humanos.
En ese contexto, la ministra Diana Marcela Morales Rojas afirmó: “Esta decisión responde a un análisis exhaustivo y a la necesidad de evitar que el carbón colombiano contribuya a las actividades militares de Israel que, de acuerdo con organismos internacionales y como lo ha explicado el presidente Petro, vulneran principios y derechos fundamentales en la Franja de Gaza”.
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Cabe recordar que Colombia es parte de la Carta de las Naciones Unidas, que promueve medidas colectivas para prevenir y eliminar amenazas a la paz, y de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio. En el ámbito de la OMC, el país argumenta que la situación en Gaza justifica medidas excepcionales, ya que estas están permitidas en contextos de protección de la moral pública internacional y en circunstancias de guerra o de grave tensión internacional.
El decreto también contempla las disposiciones del acuerdo comercial bilateral, en el que se reconocen excepciones similares a las de la OMC, incluyendo la denominada excepción de seguridad nacional. De esta forma, Colombia sustenta jurídicamente la restricción de exportaciones hacia Israel sin incumplir sus compromisos internacionales.
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