La senadora y precandidata presidencial María José Pizarro, del Pacto Histórico, se pronunció a propósito de la decisión del Tribunal Superior de Bogotá de concederle la libertad inmediata al expresidente Álvaro Uribe Vélez, revocando de esa manera la detención domiciliaria impuesta por la jueza Sandra Liliana Heredia
“El expresidente Álvaro Uribe Vélez sigue en estos momentos procesado y condenado por una jueza de la República por delitos gravísimos en contra de la justicia. En ese orden de ideas, tenemos que esperar a esta segunda instancia en el Tribunal Superior de Bogotá. Pero hasta el momento, Álvaro Uribe Vélez es culpable.”, aseguró Pizarro en un video publicado en su cuenta oficial de X.
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Desde esa red social, la precandidata complementó su reacción: “No confundan libertad con absolución. Álvaro Uribe Vélez sigue condenado, fue declarado culpable por grave delitos y eso no ha cambiado”, escribió.

Tribunal de Bogotá ordena la libertad inmediata del expresidente Uribe
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá resolvió la acción de tutela presentada por la defensa del expresidente contra la decisión del Juzgado 44 Penal del Circuito de Bogotá. En una decisión que marca un giro en el proceso judicial, el Tribunal ordenó expedir la boleta de libertad a favor de Uribe y dejó sin efecto la orden de detención inmediata, al menos hasta que se resuelva el recurso de apelación interpuesto por la defensa del exmandatario.
La Sala Penal del Tribunal amparó el derecho fundamental a la libertad individual del expresidente, quien había sido condenado a 12 años de prisión domiciliaria por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal
La decisión del Tribunal implica que el exmandatario podrá permanecer en libertad mientras se define su situación jurídica, dado que la defensa interpuso un recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada por la jueza Heredia. Este recurso será evaluado por la propia Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, que ahora asume la responsabilidad de revisar la legalidad y los fundamentos de la condena.

“DEJAR SIN EFECTO el numeral cuarto del fallo proferido el 1° de agosto de 2025, por el Juzgado 44 Penal del Circuito de Bogotá, en cuanto ordenó la privación inmediata de la libertad del ciudadano Álvaro Uribe Vélez; hasta tanto la correspondiente sala de decisión penal, de este Tribunal defina el recurso de apelación interpuesto contra esa determinación de primera instancia.”, se lee en el fallo.
¿Por qué se le concede la libertad a Uribe Vélez?
Durante la audiencia del 1 de agosto de 2025, la jueza Heredia había ordenado la detención domiciliaria inmediata de Uribe, argumentando la necesidad de enviar un mensaje claro a la sociedad colombiana sobre la aplicación de la justicia.
En esa diligencia, la jueza sostuvo: “Tenemos que la privación de la libertad inmediata resulta necesaria para asegurar la preservación de la convivencia pacífica y armónica entre los ciudadanos”. Además, la togada reconoció que Uribe asistió a todas las audiencias y colaboró con el proceso, pero consideró que su perfil público y sus conexiones internacionales facilitaban una posible evasión de la justicia.

El Tribunal, en su análisis, rechazó estos argumentos y subrayó que la conducta procesal del expresidente no justifica una medida tan restrictiva. Según el fallo, la jueza no puede fundamentar decisiones de esta naturaleza en percepciones subjetivas o en criterios abstractos.
“Al juez no le está dado motivar los proveídos en criterios subjetivos, genéricos o abstractos, lo cual impide un ejercicio adecuado de la contradicción, máxime cuando se restringen garantías fundamentales como la libertad”, subraya el fallo.
La decisión del Tribunal Superior de Bogotá obliga al Juzgado 44 Penal a expedir la boleta de libertad para Uribe, que permanecerá libre mientras se resuelve el recurso de apelación.
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