La definición del nuevo salario mínimo y la entrada en vigor de la reforma laboral modificaton el panorama laboral para millones de trabajadores en Colombia.
Desde enero de 2025, el Gobierno nacional estableció un incremento en el salario mínimo del 9,54%, lo que representa $1.423.500 mensuales, mientras que el auxilio de transporte elevó la cifra total a 1.623.500 pesos.
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Esta decisión impacta directamente en el cálculo del valor por día y por hora, así como en la liquidación de recargos y prestaciones para quienes devengan el mínimo legal.
El salario mínimo, acompañado del correspondiente auxilio, determina que el valor de un día de trabajo para quienes reciben el mínimo en Colombia se ubica en 54.000 pesos, siempre que el trabajador tenga derecho a auxilio de transporte y sin contemplar descuentos por prestaciones o retenciones.

La cifra base, sin subsidios, es de 47.450 pesos diarios, según datos oficiales. Este monto representa un crecimiento respecto al promedio diario de 2024, que era de 43.333 pesos.
El cálculo del trabajo diario y por horas considera además los parámetros de la reforma laboral aprobada recientemente.
El Gobierno aclaró que la jornada laboral ordinaria se mantiene en 44 horas semanales, en línea con la Ley 2101 de 2021, vigente desde mediados del año pasado.
Cualquier tiempo extra o labor en horarios especiales debe liquidarse según los recargos legales, que también se ajustaron desde julio de 2025.
En lo relativo a recargos y horas extras, la normatividad establece valores específicos, tomando el salario mínimo mensual legal como referencia.
La hora extra diurna tiene un valor de 7.414 pesos, mientras que el recargo nocturno ordinario es de 8.007 pesos. El pago por hora extra nocturna se eleva a 10.379 pesos, mientras que el recargo dominical y festivo llega a 12.455 pesos.
La reforma laboral impulsada por la administración de Gustavo Petro modificó escalonadamente ciertos recargos. A partir del 1 de julio, el recargo por trabajo en domingos y festivos para aquellos a quienes les aplique se ubicó en 80%, con una proyección de aumento hasta alcanzar el 100% en 2027.

Autoridades laborales han enfatizado que estos cambios deben observarse en cada liquidación, pues impactan directamente el ingreso total de los trabajadores formales.
Los pagos de prestaciones sociales—como prima, cesantías e intereses de cesantías—no forman parte del ingreso diario o por hora, pero constituyen una obligación patronal que se suma al costo mensual de tener un trabajador formal.
El empleador debe también asumir la seguridad social y las correspondientes contribuciones parafiscales, adicionales al auxilio de transporte, que en 2025 suma 200.000 pesos mensuales (alrededor de 6.666 pesos diarios), un beneficio que se reconoce a quienes devengan hasta dos salarios mínimos.
Los valores por jornada diaria y hora ordinaria varían dependiendo de si se incluyen recargos por horas extras, trabajo nocturno o dominical.
Dicho esto, el valor que le deben pagar los empleadores, por día, a un trabajador que devengue el salario mínimo, incluidas las prestaciones sociales, ascendería a $60.666, esto por el costo del día que es de $54.000 y la seguridad social que es de $6.666 por día.

Según el Ministerio de Trabajo, “la liquidación debe ajustarse caso a caso, sumando los recargos y verificando el tope de la jornada semanal”. Esto significa que el monto real a recibir cada día puede incrementarse cuando se cumplen turnos adicionales.
Del mismo modo, la reducción de la jornada máxima semanal a 44 horas, que rige tras la aplicación escalonada de la Ley 2101 de 2021, ha impactado el cómputo de horas ordinarias y la oportunidad de acceder a recargos o jornadas complementarias.
Los trabajadores que laboren más allá de ese límite tienen derecho a los sobrepagos estipulados. El salario mínimo continúa siendo el parámetro central para todas estas liquidaciones, tanto del ingreso regular como para beneficios complementarios, de acuerdo con la normatividad vigente.
Los trabajadores interesados en calcular su equivalente diario u horario pueden consultar plataformas digitales del Ministerio de Trabajo, en las que se encuentran publicadas herramientas y tablas actualizadas.
Las entidades oficiales recomiendan verificar siempre los conceptos incluidos y considerar las variables individuales de cada contrato laboral, ya que el rango de beneficios puede modificarse en función de la cantidad de horas laboradas y la existencia de recargos.
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