
La Corte Suprema de Justicia condenó al general (r) Rodolfo Palomino, exdirector de la Policía, por el delito de tráfico de influencias, tras la determinación del magistrado Jorge Caldas Vera, en la Sala de Primera Instancia.
El caso está directamente relacionado con entorpecer la captura del exintegrante de la Junta Directiva del Fondo Ganadero de Córdoba, Luis Gonzalo Gallo, hombre que fue señalado de tener nexos con paramilitares y ayudarlos a despojar tierras en ese departamento.
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La lectura del fallo será sobre las 2:30 p. m. del jueves 14 de agosto de 2025, de acuerdo con lo establecido en el documento de la Corte Suprema y como se tenía previsto con días de anterioridad.
“Superada la etapa de juicio oral, la Sala se apresta, acorde con los lineamientos previstos en el artículo 446 de la Ley 906 de 2004, a anunciar el sentido del fallo siguiendo los postulados del inciso final del artículo 7º del Código Procesal de 2004 y lo previsto en el artículo 381 ibidem, en el que se prescribe que para condenar se requiere el conocimiento más allá de toda duda, acerca del delito y de la responsabilidad penal del acusado, fundado en las pruebas debatidas en el juicio”.
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El máximo tribunal judicial se confirmó la culpabilidad, no obstante, no se confirma si se realizará de inmediato una captura, teniendo en cuenta el grado de complejidad y riesgo de este delito.
“Se debe determinar si la privación de la libertad del General retirado RODOLFO BAUTISTA PALOMINO LÓPEZ declarado penalmente responsable del delito de tráfico de influencias de servidor público es necesaria, sopesando las circunstancias de mayor o menor punibilidad, los subrogados penales, y otros elementos como el arraigo social, su comportamiento procesal, estado de salud y los antecedentes”.

Menciona que el comportamiento y la responsabilidad en el proceso en cuanto a su comparecencia serían los factores determinantes para la privación de la libertad del exdirector de la Policía.
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“La Sala resolverá si es necesaria o no la captura aforado en la sentencia, debido a que no encuentran razones que justifiquen hacerlo en esta audiencia de anuncio del sentido del fallo, teniendo en cuenta el comportamiento procesal del aforado, pues ha acudido puntualmente a las citaciones que se le han hecho con ocasión de este proceso, la ausencia de información que acredite un interés en evadir el cumplimiento de la sanción y, por último, se considera necesario agotar el trámite de lo previsto en el artículo 447 del Código de Procedimiento Penal”, estableció la Corte.
Por lo anterior, se determinó que por el momento Palomino gozará de libertad hasta la emisión del fallo condenatorio.

Vinculación al caso
La orden para que el general (r) fuera vinculado al proceso como uno de los responsables se dio en medio de una investigación que la justicia le realizaba a Vicente y Carlos Castaño, fundadores de las Autodefensas Unidas de Colombia, que se estimaba habría despojado a campesinos de más de 100 predios.
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Según el material recopilado por la Fiscalía, Palomino habría llevado hasta la vivienda de la fiscal encargada para intentar persuadirla de la captura del empresario Luis Gonzalo Gallo, uno de los presuntos autores de estos desplazamientos. En una grabación que la propia funcionaria adjuntó como material probatorio al proceso se escucha cómo Rodolfo la persuade para detener el proceso.
“Es amigo personal de Pastrana, amigo personal del presidente del Banco Mundial, el doctor Moreno. Eso tendría una connotación no solamente muy grave. Esta persona, si en algún momento pudo haber invertido en estos predios, lo haría no con el propósito de despojar. No sé cómo vea usted esto“, se escucha en la grabación.
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En vista de la negativa de la mujer, el exuniformado le habría sugerido que ante cualquier eventualidad el fiscal de la época, Eduardo Montealegre, y el ministro de Defensa, Juan Carlos Pinzón, intercederían.
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