
La Procuraduría General de la Nación informó que le envió al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo sus observaciones al proyecto de decreto que modificaría el Decreto 1047 de 2024, por el cual se establece una prohibición a las exportaciones de carbón a Israel.
Según el Ministerio Público, la iniciativa vulnera normas constitucionales, legales y principios fundamentales.
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El ente de control señaló que el plazo de cinco días hábiles para la consulta pública, fue insuficiente, asegurando que eso llevó al incumplimiento del mínimo legal de quince días calendario, lo que afectó, según la Procuraduría, el derecho a la participación.
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El Ministerio Público advirtió que la propuesta desconoce situaciones jurídicas consolidadas al pretender suspender permisos y actos administrativos previamente otorgados, vulnerando, según la Procuraduría, los principios como la buena fe, la proporcionalidad y la razonabilidad.
Asimismo, refirió que el contenido del proyecto excede las competencias del Ejecutivo, al entrar en materias reservadas al Congreso de la República, como la intervención económica y los límites a la libertad de empresa; “sin aportar argumentos jurídicos que justifiquen esta asunción de competencias por parte del Gobierno”.
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“El documento enviado por la Delegada para Asuntos Ambientales, Minero Energéticos y Agrarios señala que el proyecto normativo sometido a consulta pública desconoce el marco constitucional y legal vigente, por lo que recomienda no expedir el decreto en los términos planteados”, precisó la Procuraduría General de la Nación.
Qué dice el decreto
El Gobierno nacional formalizó la decisión de interrumpir las exportaciones de carbón térmico a Israel, justificando esta medida en el deber de Colombia de cumplir con compromisos internacionales orientados a la prevención y sanción del delito de genocidio. Así lo indica el borrador del nuevo decreto, que surge como respuesta a la situación en la Franja de Gaza y la implementación de órdenes provisionales de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en el caso articulado por Sudáfrica contra Israel.
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La disposición oficial prohíbe completamente, sin excepciones, la exportación de hullas térmicas clasificadas bajo el código arancelario 2701.12.00.10 con destino a Israel.
Esta restricción supone una modificación del Decreto 1047 de 2024, actualizando el marco regulatorio y anulando los artículos dos y tres de la normativa previa, así como cualquier acto administrativo emanado de esas disposiciones. El decreto indica: “Suspender los actos administrativos que se hubieran concedido con fundamento en los artículos segundo y tercero del Decreto 1047 de 2024”.
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La entrada en vigencia se dará a los quince días contados desde el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial. El plazo de la prohibición se extenderá hasta que la CIJ confirme la ejecución total de las órdenes emitidas, o hasta tanto permanezcan las circunstancias que dieron origen a la disposición.
El texto gubernamental, firmado en Bogotá D.C. por el ministro de Relaciones Exteriores, enfatiza el alineamiento de esta decisión con los compromisos internacionales asumidos por Colombia en materia de derechos humanos y la coyuntura actual en Oriente Medio.
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La comunicación cifra la gravedad de la situación: entre el inicio de la ofensiva y junio de 2025, se han registrado 680.000 personas desplazadas, 5.334 palestinos fallecidos y 17.839 heridos, ambos datos derivados de la ofensiva militar israelí en Gaza. El total de víctimas mortales palestinas desde el 7 de octubre de 2023 hasta el 18 de junio de 2025 asciende a 55.637, y los heridos suman 129.880.
En relación con la infancia, se calcula que más de 7.300 niñas y niños han muerto en Gaza para abril de 2025, miles no han sido identificados y 17.000 quedaron sin sus padres. Unrwa advierte que “más de un millón de menores sufren las consecuencias de una hambruna provocada y cada vez más grave. Quienes sobrevivan se enfrentarán a graves riesgos que alterarán sus vidas, como el deterioro del desarrollo físico y cognitivo”.
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El decreto argumenta que la suspensión de exportaciones resulta proporcional, necesaria y razonable como herramienta para proteger los derechos humanos y cumplir las obligaciones internacionales del país. Sostiene que Colombia agotó las gestiones diplomáticas e intentó medidas previas menos restrictivas, pero estas resultaron insuficientes.
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