
El presidente del Consejo de Estado, Luis Alberto Álvarez Parra, denunció el lunes 4 de agosto de 2025 la reciente decisión del Gobierno nacional de modificar la competencia sobre las tutelas contra el presidente de la República, Gustavo Petro, y la cual, entre otras cosas, ya no estarán a cargo de su despacho.
Álvarez Parra aludió al Decreto 799 de 2025, firmado por el ministro de Justicia, Eduardo Montealegre, el cual establece que “el máximo tribunal de lo contencioso-administrativo no será la instancia que conozca las tutelas contra el presidente de la República”. La nueva normativa asigna esa función a cualquier juez del circuito, aunque mantiene un control posterior por parte del alto tribunal.
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El Gobierno nacional justificó la medida como un mecanismo para “garantizar mayor imparcialidad y desconcentración en la administración de justicia”. Sin embargo, Álvarez Parra señaló la preocupación del alto tribunal ante lo que considera una erosión de los controles institucionales.
“A pesar de los ataques aleves, las amenazas constantes, la supresión de las competencias, como ocurrió recientemente en materia de tutelas que buscan debilitar los controles democráticos al poder público, aún (el Consejo de Estado) conserva vivo el sueño del libertador de que la República cuente con un cuerpo representativo de la nación integrado por personas de altas calidades merecedoras de la confianza pública”, aseguró el presidente del Consejo de Estado durante el Encuentro Regional de Justicia Abierta, Enfoque para una Justicia Preventiva, efectuado en Bucaramanga.
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Tutelas contra Petro ya no irán directamente al Consejo de Estado
El referido decreto, firmado por Petro y elaborado por el Ministerio de Justicia y del Derecho, eliminó la preferencia que tenía el Consejo de Estado para conocer en primera instancia las acciones de tutela contra el primer mandatario, y amplía la competencia a los jueces del circuito en todo el país.
Desde del 10 de julio, las acciones de tutela que se interpongan contra el presidente de la República ya no tendrán como destino preferente el Consejo de Estado, sino que serán conocidas en primera instancia por los jueces del circuito o de igual jerarquía, incluidas aquellas que se presenten en contra de decisiones adoptadas directamente por el jefe de Estado.
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El Ministerio de Justicia justificó la medida al afirmar que responde a la necesidad de “fortalecer la imparcialidad estructural del sistema judicial”, mediante un reparto más amplio y menos centralizado de estos procesos constitucionales. El decreto sostuvo que la intención es impedir que una sola instancia judicial, como el Consejo de Estado, concentre el conocimiento inicial de estas acciones.
El propio Petro defendió el ajuste al considerarlo un avance en la democratización de la justicia, pues abrió la posibilidad de que las decisiones sobre posibles vulneraciones de derechos no queden concentradas en manos de una alta corte, sino que puedan ser evaluadas por jueces de circuito en todo el país.
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“El presidente de la República, en tanto autoridad nacional, puede ser controlado en sede de tutela con los mismos criterios de distribución aplicables a otras autoridades”, señaló uno de los apartados del decreto.
Al respecto, Petro salió en defensa del ajuste del decreto. “El jefe de Estado debe ser tutelable por cualquier ciudadano o ciudadana ante cualquier juez de la República. Hay que evitar una elitización de la justicia y buscar su democratización plena”, indicó el presidente en X.
En esa misma línea, el ministro Montealegre afirmó que la decisión busca armonizar el principio de desconcentración funcional dentro del aparato judicial. Según el titular oficial de la cartera, “las acciones de tutela que se interpongan contra cualquier autoridad, organismo o entidad pública del orden nacional, así como las actuaciones del presidente de la República (...) serán repartidas, para su conocimiento en primera instancia, a los jueces del circuito o con igual categoría”.
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